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Pregunta Acampada libre España

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an09

calladit@
Hola soy nuevo en esto y quería informarme un poco antes de lanzarme .. pues eso sabéis si todavía quedan zonas en donde este permitida la acampada libre? Gracias!
 
Antes de nada, bienvenido. También podrías presentarte un poco, de donde eres o algo así, bueno al caso...

La acampada libre no está permitida pero sí la acampada, con condiciones.

Hay Comunidades Autónomas donde están reguladas las acampadas, por ejemplo Aragón ver decreto 61/2006 http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/B ... 6311654040 (aunque necesitaría confirmación de que sigue en vigor)

Están reguladas las modalidades de acampada: itinerante, de alta montaña, científica, etc... y con sus condiciones, por ejemplo para la itinerante:

1. Se considera acampada itinerante aquella que, respetando los derechos de propiedad y uso del suelo, se efectúe fuera de los cámpings o de las acampadas en casas rurales aisladas, por grupos integrados por un máximo de tres tiendas, caravanas, albergues móviles u otros medios de guarecerse, sin que en ningún caso pueda exceder de nueve el número de campistas, con una permanencia en el mismo lugar no superior a tres noches. La distancia mínima entre grupos será de un kilómetro.

2. No podrá realizarse una acampada itinerante a menos de cinco kilómetros de un camping o acampada en casa rural aislada, ni a menos de un kilómetro de núcleos urbanos, lugares de uso público o zonas habitualmente concurridas.

3. La realización de una acampada itinerante requerirá la comunicación previa al órgano competente. En el caso de que la acampada se desarrolle en territorio perteneciente a más de una Comarca, los promotores efectuarán las comunicaciones previas a los órganos competentes de cada una de dichas Entidades Locales.

4. La comunicación se efectuará ante el órgano competente indicándose expresamente, junto con la identificación del promotor de la acampada, los lugares de celebración de la misma, sus fechas de inicio y final, el número de unidades de acampada y de campistas previsto, y la autorización del titular del terreno.

Y en esta web http://www.comarcaaltogallego.es/es/men ... antes.aspx podéis ver el formulario de solicitud.

Nota: en Asturias, por ejemplo, es necesario constituir un seguro, tener monitores de tiempo libre en número adecuado al número de campistas, etc... https://sede.asturias.es/portal/site/As ... ccionado=1
 
Hola Freber, soy de Madrid. gracias por la info. he leído en otros foros que igual está permitida la acampada nocturna en la mayoría de los sitios sólo para pasar la noche y luego por la mañana quitarla pero tampoco me queda claro si es totalmente legal... agradezco cualquier información al respecto! gracias
 
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