Webcampista.com

mucho más que un foro

Acampada libre

¿Alguien me puede indicar en qué lugares de España se puede hacer acampada libre? Y en Francia, ¿Se puede hacer acampada libre? Gracias
 
En España no se puede hacer acampada libre.

Solo se puede hacer en zonas acotadas.
 
La cosa no es tan simple ni tan taxativa como indica Algorfa, el fin de semana pasado 28 caravanas y autocaravanas del Club Aire Libre Sevilla estuvimos de acampada libre, y a fin de mes tendremos otra.
Si entendemos por acampada libre el hacerlo fuera de los campings, en algún terreno más o menos habilitado (en nuestro caso áreas recreativas dentro de parajes naturales) se puede hacer solicitando los correspondientes permisos.
Si por el contrario a lo que llamamos acampada libre es a ver un lugar, llegar con la tienda o caravana y acampar, en principio está prohibido:
"La acampada libre se prohibe expresamente en los Decretos de ordenación de algunas Comunidades Autónomas (Aragón, Galicia, Madrid), pero la mayor parte de las Comunidades Autónomas regulan la acampada libre, definiéndola como aquella acampada que, respetando los derechos de propiedad y uso del suelo, se practica fuera de los campamentos de turismo autorizados, y estableciendo limitaciones al ejercicio de la misma consistentes en que ha de realizarse por un número máximo tiendas de campaña, por un número máximo de personas, y con una determinada distancia de separación, tanto de otro grupo de acampada como de los núcleos de población, zonas concurridas y de los lugares donde exista un campamento autorizado de turismo. Estas limitaciones también son distintas, en cuanto a la concreción del número máximo de tiendas, personas y distancias, en las reglamentaciones de cada Comunidad Autónoma".

Decreto 164/2003 de Andalucía:
Artículo 3.- Prohibición de la acampada libre.
1. Se prohíbe la práctica de la acampada libre entendida, a los efectos del presente Decreto, como la instalación de albergues móviles, caravanas, tiendas de campaña u otros elementos análogos fácilmente transportables o desmontables fuera de los campamentos de turismo regulados en el presente Decreto y siempre que no se trate de uno de los supuestos previstos en el artículo 1.4 del presente Decreto.
2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, únicamente se permitirá la acampada de autocaravanas en las zonas específicamente habilitadas por los Municipios al efecto, en el marco de lo establecido en la normativa de carreteras. Asimismo, se adoptarán las medidas medioambientales necesarias para asegurar la adecuada conservación y protección del lugar en que se ubiquen.
3. Mediante Orden de la Consejería de Turismo y Deporte se desarrollarán los dos apartados anteriores, pudiendo establecerse de manera motivada excepciones a la prohibición general fijada en el apartado primero de este artículo. En todo caso, el ejercicio de la acampada libre estará condicionado, entre otros requisitos, a la previa autorización del Municipio en cuyo término municipal se desarrolle, sin que pueda tener lugar en los terrenos establecidos en el artículo 5 apartados 1 y 2 del presente Decreto.
La citada Orden será conjunta con la Consejería de Medio Ambiente cuando las excepciones afecten a espacios naturales protegidos o terrenos forestales.
(Como véis en el punto 3 el decreto andaluz da potestad a los municipios a autorizar acampadas libres, aunque si el municipio está o la zona está en espacios naturales potegidos se necesita también la autorización de la Consejería de Medio Ambiente).
Como podéis deducir el que un Club Campista pueda organizar 6 u 8 acampadas libres al año no está exento de dedicación, trabajo y papeleo por parte de los miembros de sus juntas directivas.
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com