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Aprobación en Navarra del Decreto Foral que regula las áreas de pernocta del turismo itinerante

TITO

hablador
Turismo itinerante de autocaravanas, caravanas, furgonetas adaptadas (camper) y similares...

A ver cuando sale publicado el decreto para poder leerlo completo porque según veo se refiere a las áreas de pernocta con contraprestacion economica, es decir a las áreas privadas, y según la noticia, entre otros, "se excluyen las zonas de parada y estacionamiento autorizadas en vías públicas", lo que vendrían a ser las áreas de pernocta de los ayuntamientos.

 
Última edición:
Me parece increíble hasta donde se llegan a meter los políticos. ¿Estancias máximas con límite de horario de salida? Esto es como si le prohíben a un bar que un mismo cliente pueda ir más de un día a la semana a tomar café o a una peluquería que solo puede prestar el servicio al mismo cliente una vez al mes. Si son áreas privadas, este punto de la normativa la tumba el primer juez al que le llegue una denuncia por parte del propietari@ de un área. luego en las áreas públicas ellos son los primeros que no cumplen con sus normativas, dejando que algunos individuos estén semanas e incluso meses sin que las autoridades pertinentes hagan nada al respecto.
A ver el decreto final cuando salga...
 
Sillero sin haber leído la noticia, las horas máximas de estancia viene dada por las normativas de los ayuntamientos (tienen poder para hacerlo), va en el sentido de que exista una rotación mínima para poder compartir los espacios para aparcar, yo estuve muy implicado hace años en la consecución de áreas para ac, si te fijas en tu propio comentario das la razón a esa regulación cuando protestas de que algunos se pasen demasiado tiempo en un área como si fuera de ellos, la solución es denunciar esa práctica
 
Sillero sin haber leído la noticia, las horas máximas de estancia viene dada por las normativas de los ayuntamientos (tienen poder para hacerlo), va en el sentido de que exista una rotación mínima para poder compartir los espacios para aparcar, yo estuve muy implicado hace años en la consecución de áreas para ac, si te fijas en tu propio comentario das la razón a esa regulación cuando protestas de que algunos se pasen demasiado tiempo en un área como si fuera de ellos, la solución es denunciar esa práctica
Cormorán, estamos hablando de "áreas privadas", no de las públicas. En las públicas si que todas tienen estancias limitadas y me parece muy bien la medida. Pero limitar a una empresa privada el tiempo que puede prestar sus servicios a un cliente, pues que quieres que te diga...
 
Sillero fíjate que empiezo diciendo "sim haber leidola noticia....", no me dio tiempo, cuando lo tenga poder ser mas preciso, aun así si es para las privadas aqui en Galicia las equiparan a los campings y si lees bien la normativa de estos también tienen limitaciones temporales, justo para evitar los asentamientos, ya se tampoco se cumplen pero esa es la intención
 
Sillero fíjate que empiezo diciendo "sim haber leidola noticia....", no me dio tiempo, cuando lo tenga poder ser mas preciso, aun así si es para las privadas aqui en Galicia las equiparan a los campings y si lees bien la normativa de estos también tienen limitaciones temporales, justo para evitar los asentamientos, ya se tampoco se cumplen pero esa es la intención
Y en Cataluña también hay limitación para los camping, pero en la noticia habla de limitaciones de 48h hasta 96h, no de meses como ocurre en los campings. ¿si un cliente quiere estar 2 semanas en un área privada de Navarra no va a poder hacerlo porque se lo prohíbe la ley? ¿el empresario de turno se va a callar y permitir ese abuso y exceso de competencias por parte de las autoridades? Por el mismo motivo, a los hoteles, campings, albergues, pisos turísticos, pensiones etc deberían ponerles la misma limitación, ya que lo equiparan. De todos modos, esperemos a ver que resulta finalmente de todo esto..
 
Me parece increíble hasta donde se llegan a meter los políticos. ¿Estancias máximas con límite de horario de salida? Esto es como si le prohíben a un bar que un mismo cliente pueda ir más de un día a la semana a tomar café o a una peluquería que solo puede prestar el servicio al mismo cliente una vez al mes. Si son áreas privadas, este punto de la normativa la tumba el primer juez al que le llegue una denuncia por parte del propietari@ de un área. luego en las áreas públicas ellos son los primeros que no cumplen con sus normativas, dejando que algunos individuos estén semanas e incluso meses sin que las autoridades pertinentes hagan nada al respecto.
A ver el decreto final cuando salga...

No sé de que te estás alarmando tanto.
En Cataluña ya está vigente esa norma desde hace cuatro años:

Artículo 213-21 y 24


Y lo veo de lo más lógico.
 
No sé de que te estás alarmando tanto.
En Cataluña ya está vigente esa norma desde hace cuatro años:

Artículo 213-21 y 24


Y lo veo de lo más lógico.
Carlos, estamos en lo mismo, esa regulación afecta "solo" a las áreas públicas, no las privadas. En Cataluña las áreas privadas no tiene limitaciones de estancia, al menos no de 48h. Aquí puedes estar en una área tantas noches como estés dispuesto a pagar.
 
Carlos, estamos en lo mismo, esa regulación afecta "solo" a las áreas públicas, no las privadas. En Cataluña las áreas privadas no tiene limitaciones de estancia, al menos no de 48h. Aquí puedes estar en una área tantas noches como estés dispuesto a pagar.

Creo que estás confundido.

El "a cambio de contraprestación económica" del 213-21 y el "Durante su estancia las autocaravanas pueden desdoblar toldos y utilizar elementos portátiles, como mesas y asientos, para su uso dentro de la parcela donde estacionen" del 213-23 lo dejan bien claro.
 
Leido por encima y sinceramente es la noticia de siempre, quien la dice y quien la escribe lo tienen poco claro, mas bin diría que quien menos claro lo tiene es el periodista y me da l impresión que es un decreto que deberá desarrollar a posteriori con mas precisión.

Si afecta a las áreas públicas (condicional) es lo que pienso que ponen los limites de tiempo para evitar que la gente se apalanque en ellas, ademas se olvidan, por fin, del todo gratis y ademas ponen unas superficies bastante buenas, veremos como va en el tiempo.

Eso y es algo que pienso yo lo que no quiere decir que sea así, algo de influencia de los campings hay
 
Creo que estás confundido.

El "a cambio de contraprestación económica" del 213-21 y el "Durante su estancia las autocaravanas pueden desdoblar toldos y utilizar elementos portátiles, como mesas y asientos, para su uso dentro de la parcela donde estacionen" del 213-23 lo dejan bien claro.
Estaré confundido, pero que las áreas que tienen estancia limitada en Cataluña son las públicas y no las privadas, eso te lo puedo asegurar.
 
Bueno, al principio he dicho que para áreas privadas pero que también puede ser para áreas de pago de ayuntamientos, sin ir más lejos el área de Valtierra, cerca de Tudela, en la que hemos estado a finales de Enero de este año, que todavía es gratuita pero en su momento será de pago, me da ahora la impresión de que estaban esperando a que saliese este Decreto de la Comunidad Foral por si tenían que retocar algo...

IMG_20240128_103304.jpg

Está bien situada, en la parte de arriba del mismo pueblo, buenas vistas sobre el valle del Ebro (cuando no hay niebla como el día de la foto), cuenta con casi todo lo que piden, vallado perimetral, cámaras de videovigilancia, iluminación nocturna, las plazas tal vez no den los 32 metros cuadrados que piden pero eso lo pueden arreglar fácil repintando y quitando alguna plaza para que salgan de 8x4, lo que solo tienen es dos enganches de luz y ahí si que tendrán que aumentar enchufes si quieren entrar en las características que pide el decreto y poner la barrera , el pago se hará a través de la app PVerde donde ya está incluida aunque de momento sale "Acceso libre hasta nuevo aviso"...
 
Bueno, al principio he dicho que para áreas privadas pero que también puede ser para áreas de pago de ayuntamientos, sin ir más lejos el área de Valtierra, cerca de Tudela, en la que hemos estado a finales de Enero de este año, que todavía es gratuita pero en su momento será de pago, me da ahora la impresión de que estaban esperando a que saliese este Decreto de la Comunidad Foral por si tenían que retocar algo...

Ver el archivos adjunto 4143564

Está bien situada, en la parte de arriba del mismo pueblo, buenas vistas sobre el valle del Ebro (cuando no hay niebla como el día de la foto), cuenta con casi todo lo que piden, vallado perimetral, cámaras de videovigilancia, iluminación nocturna, las plazas tal vez no den los 32 metros cuadrados que piden pero eso lo pueden arreglar fácil repintando y quitando alguna plaza para que salgan de 8x4, lo que solo tienen es dos enganches de luz y ahí si que tendrán que aumentar enchufes si quieren entrar en las características que pide el decreto y poner la barrera , el pago se hará a través de la app PVerde donde ya está incluida aunque de momento sale "Acceso libre hasta nuevo aviso"...
Yo he pensado lo mismo, que se refiere a áreas públicas de pago, pero en el artículo habla de empresas privadas, habla de subvenciones para pymes, por lo tanto, empresas privadas. Lo cual me parece un despropósito y exceso de competencias por parte de la administración limitando el servicio que una empresa privada puedo ofrecer a su clientela.
 
Estaré confundido, pero que las áreas que tienen estancia limitada en Cataluña son las públicas y no las privadas, eso te lo puedo asegurar.
Serán los dos tipos entonces pero si se hace la vista gorda como con los seis meses de estancia máxima en campings...
 
Yo he pensado lo mismo, que se refiere a áreas públicas de pago, pero en el artículo habla de empresas privadas, habla de subvenciones para pymes, por lo tanto, empresas privadas. Lo cual me parece un despropósito y exceso de competencias por parte de la administración limitando el servicio que una empresa privada puedo ofrecer a su clientela.
Desde el desconocimiento, ¿en un área pública de pago se pueden desplegar toldos y sillas?
 
Desde el desconocimiento, ¿en un área pública de pago se pueden desplegar toldos y sillas?
Dependerá, de la legislación local, como casi todo...
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En este caso, como del toldo no dice nada, libre interpretación, y polémica servida.
 
Pero ahí no indica si son áreas públicas o privadas.

Un restaurante es un establecimiento público pero es de gestión privada.
Si, un restaurante es un establecimiento público de gestión privada pero no hay ninguna normativa que impida a ese restaurante dar dos veces de comer al mismo cliente en el mismo día, semana o mes. Por lo que la "obligatoriedad" de este decreto a no poder permanecer en un área privada no mas de 48h o 96h, así como tener que marcharse antes de las 10 am, me parece poco menos que un despropósito.
 
Si, un restaurante es un establecimiento público de gestión privada pero no hay ninguna normativa que impida a ese restaurante dar dos veces de comer al mismo cliente en el mismo día, semana o mes. Por lo que la "obligatoriedad" de este decreto a no poder permanecer en un área privada no mas de 48h o 96h, así como tener que marcharse antes de las 10 am, me parece poco menos que un despropósito.

Quizá haya que mirarlo desde un punto de vista 'solidario'
Cuando la pandemia todos recordamos el cupo de algunos productos por persona que se podian comprar en los supermercados dada su escasez por mucho dinero que se tuviese, pues esto algo similar.

Si el apellido en la denominación de área es de tránsito o pernocta, es que es para eso para lo que está concebida.

Para apalancarse quince dias en un sitio con la mesita y copita de vino al atardecer, ya están los campamentos de turismo o coloquialmente llamados campings.
 
Quizá haya que mirarlo desde un punto de vista 'solidario'
Cuando la pandemia todos recordamos el cupo de algunos productos por persona que se podian comprar en los supermercados dada su escasez por mucho dinero que se tuviese, pues esto algo similar.

Si el apellido en la denominación de área es de tránsito o pernocta, es que es para eso para lo que está concebida.

Para apalancarse quince dias en un sitio con la mesita y copita de vino al atardecer, ya están los campamentos de turismo o coloquialmente llamados campings.
Ok, te compro el argumento. En mi caso no me afecta, ya que utilizo muy, pero que muy poco poco las áreas y menos las de pago, porque para lo que me ofrecen la mayoría de ellas, mejor una pública y para apalancarme prefiero un camping. Pero viéndolo desde el punto de vista del empresario, pues lo que ya he dicho varias veces a lo largo del hilo, creo que la administración no es nadie para decidir cuanto tiempo puede quedarse o no un cliente en mi establecimiento.
 
Pero ahí no indica si son áreas públicas o privadas.

Un restaurante es un establecimiento público pero es de gestión privada.

Tiene importancia? La norma es para "todos", no ?

Restaurantes de propiedad publica, haberlos hailos, aunque sean minoría.

Al igual que hay area privadas, aunque sean minoría.

Como ejemplo, para conocimiento:

Área de propiedad publica en ciudad Real con permiso de instalar mesas y sillas fuera:

1709812670167.png
Area de servicio Autocaravana- La Solana · Av. de la Paz, 5, 13240 La Solana, Ciudad Real, Spanien
 
Ok, te compro el argumento. En mi caso no me afecta, ya que utilizo muy, pero que muy poco poco las áreas y menos las de pago, porque para lo que me ofrecen la mayoría de ellas, mejor una pública y para apalancarme prefiero un camping. Pero viéndolo desde el punto de vista del empresario, pues lo que ya he dicho varias veces a lo largo del hilo, creo que la administración no es nadie para decidir cuanto tiempo puede quedarse o no un cliente en mi establecimiento.

Pero es que como empresario, habiendo demanda que es por lo que se regula esto al igual que aquello de la pandemia, vas a vender lo mismo, sea a uno quince pernoctas que a quince una pernocta, igual que en el 2020 los huevos del Mercadona o el papel higiénico del Carreful, porque no creo que fuera por iniciativa propia de estas empresas aquel detalle.
 
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