Donde lo pone? yo no lo he visto,El la revista de autoescuelas lo pone claro
Necesitamos el titulin
Vale.... mañana vuelvo a la autoescuela, le paso la informacion y a ver si ellos se informan mejor,En la pagina 17 y 18
Tienes razon, y con dos frases lo explicas muy bien. Tendre que esperar a que los de los autoescuela se informen tambien....No le deis mas vueltas al asunto
en el caso que se conduzca un conjunto de vehiculos con un remolque de +750kg y supere los 3500kg de MMC(masa maxima conjunto), necesitamos el E o el titulin B-96 y si pasa de los 4250KG de mma solo es valido el E.
R.G. CONDUCTORES 08/12/2009
SE PUDE LLEVAR CON CARNET B
Automóviles: MMA menor de 3500k, nº asíentosss menor de 9 lncl. conduct.,con remolques menor de 750K MMA,
Conjunto de vehículos compuesto por un vehículo tractor de Los. que autoriza el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima EXEDA de 750 Kg. Siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250Kg.
Triclclos y cuatrlclclos de motor. motos de hasta 125,21 años para triciclos con potencia máxima> 15 kW.
Vhcs especiales no aqrlcolas o sus conjuntos cuya v.max.exceda de 40 y su m.m.a no exceda de 3.5 t.
Y en negrita te dejo marcada la diferencia más importante. Con el B solo no se pueden conducir conjuntos no ligeros que superen los 3500 kg de MMA.e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.