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circular legalmente caravanas de menos de 750Kg

NOMADARIES

timid@
¡hola ! Primero saludos a todos , que me he iniciado en esta web, hace un rato, aunque ya la tengo en mis favoritos desde hace tiempo, consultadola en muchas cosas, ya que campista de gran iglu con carro....etc, queremos remotar a la compra de una caravana en breve, o cuando la ocasión nos lo permita, ya hemos hecho algunos intentos pero fallidos.
Despues de esta pequeña presentacion , si pudierais aclarar
mi pregunta va en relación con una que hay en el foro y que en una determinada pagina encontré referida a los documentos legales que debe llevar una caravana de menos de 75okg, ....comentaba que para la circulación de este tipo de caravanas era necesario un permiso que expide la jefatura de tráfico para el conjunto remolque-veh.tractor, exclusivo para ese vehículo.....mi pregunta¿ es esto
así?....¿para ello hay que pagar el impuesto de transmisiones y lugo legalizar este documento? O por el contario basta llevar la ficha tecnica solamente con el contrato de habela comprado?

Muchas gracias por vuestra paciencia , ya que no sido capaz de resumirlo.
Saludos. Nomadaries
 
Para remolcar caravanas o remolques de menos de 750 kg de PMA ya no es necesario ningún tipo de permiso de Tráfico.

Solo necesitas llevar la ficha técnica que entregan con el propio remolque/caravana y el contrato o factura de compra venta.

En las ventas entre particulares estos remolques solo precisan el contrato de compraventa y que el vendedor entregue al comprador la ficha técnica que te menciono.

Los remolques/caravanas de menos de 750 kg de PMA tampoco están obligados a pasar ITV y muchas aseguradoras los incluyen en el seguro del propio vehículo tractor, aunque suelen limitarse a cubrir la responsabilidad civil por daños causados por la caravana y en algunos casos también la asistencia en viaje, no cubren reclamación de daños a la caravana hechos por un tercero y a veces tampoco la asistencia en viaje para cuando se avería solo la caravana (no el vehículo tractor).

Otra ventaja de las caravanas de menos de 750 kg PMA es que pueden ser remolcadas práctiamente por cualquier vehículo, por lo alto no tienen limitación, la puedes llevar con un todoterreno sin problemas de pesos, por lo bajo el límite está en lo que el coche tenga homolgada una capacidad de remolque mínima de 750 kg.

:wave:
 
Lo dicho por Kiyo:

Ficha técnica (la verde, como la del coche) y contrato de compra / venta (aunque luego algunos dicen que no es necesario llevarlo...).

La "autorización de circulación de tractor remolque" dejó de expedirse en 1992 (creo) y de tener validez a partír de 1999.

Se puede "legalizar" una CV que tenga esa autorización pero es bastante lioso.

Un saludo
 
Nosotros hemos comprado hace 1 mes una caravana de menos de 750kg y solo nos ha hecho falta la ficha tecnica de la caravana. No hay que pagar nada a Hacienda ni a nadie.No hace falta contrato de compraventa ya que no supera los 750 kg.Esta es la normatina del Pais Vasco.
 
No hace falta contrato de compraventa ya que no supera los 750 kg.Esta es la normatina del Pais Vasco.

Entonces, si te paran y te piden la documentación ¿cómo demuestras que es tuya y que no procede de un robo?

:wave:
 
con la ficha tecnica es suficiente.
Pero como cualquier cosa que compramos de segunda mano, tener un contrato privado, nunca viene mal.
Aunque no es necesario para circular

Antes de contestar a este post he bajado al garaje y mirado la FICHA TECNICA, lo mismo de la CV que del coche
y NO VIENEN A NOMBRE DE NADIE, solo trae especificaciones tecnicas y Nº de bastidor.
El que si trae el propietario es el permiso de circulacion que te dan en trafico cuando la matriculas, que no es el caso ya que de 750 o menos no se matricula con lo cual si no te dan documento de compra solo con la ficha tecnica no demuestras ser el propietario.

Un saludo
 
efectivamente MacLula, la ficha tecnica no demuestra que eres el propietario, pero consultando el tema con la GC, incluso cuando me han parado con la CV puesta, al ir a dar el cotnrato... me dijeron que no lo necesitan para nada y que no es obligatorio llevarlo...

yo llevo el portatil en el cohe y tampoco llevo la factura
 
Yo la tengo de menos de 750 Kg, solo llevo la ficha tecnica de la caravana y la factura de la casa suelo llevarla, pero nunca te la piden los agentes cuando te paran, solo la tarjeta de inspección teccnica como las de los vehiculos.Un salud cordial desde Badajoz.
 
Reglamento General de vehículos:

Artículo 26. Documentación de los vehículos.

1. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:

a. El permiso de circulación o licencia de circulación en el caso de ciclomotores. El permiso de circulación podrá ser sustituido por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que surtirá los mismos efectos.

b. La tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas en el supuesto de ciclomotores.

c. En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente.

2. Los documentos a que se refiere el apartado 1 de este artículo serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias si están debidamente cotejadas.


Eso es lo único obligatorio, ya que del seguro, nos olvidamos, pues los remolques de menos de 750 kg, no están obligados a suscribirlo.

Todo esto es para comprobar que el vehículo está autorizado para circular, es indiferente demostrar la propiedad del mismo, por eso no hace falta llevar, nada de ello, el que quiera que lo lleve...

nota: si le pedimos el coche a un primo nuestro, un vecino, que debemos llevar?, el coche está puesto a nombre de otra persona que no somos....

nota2: el impuesto de tracción mecánica del ayuntamiento, tampoco hace falta llevarlo, que muchos lo llevamos...

Saludos
 
ampliando lo que dice michel,
sobre el tema del seguro, y por experiencia propia, y cuando llevamos una CV de menos de 750 kg. es bueno que el seguro tenga constancia de que arrastramos dicho semiremolque, sobre todo a la hora de necesitar una grúa para la CV (nos paso en Julio),
ya que tiene que solicitar una grua a traves del seguro (asistencia en carretera) que este preparada para llevar la CV en la plataforma superior,
la asistencia en viaje y los daños a terceros echos por nuestra CV estan cubiertos por el seguro del vehículo
 
ampliando lo que dice michel,
sobre el tema del seguro, y por experiencia propia, y cuando llevamos una CV de menos de 750 kg. es bueno que el seguro tenga constancia de que arrastramos dicho semiremolque, sobre todo a la hora de necesitar una grúa para la CV (nos paso en Julio),
ya que tiene que solicitar una grua a traves del seguro (asistencia en carretera) que este preparada para llevar la CV en la plataforma superior,
la asistencia en viaje y los daños a terceros echos por nuestra CV estan cubiertos por el seguro del vehículo


Por supuesto Rocinante, me refiero a que no hace falta llevar el recibo, o que conste en las condiciones particulares del seguro del coche (si no viene en las generales), ya que como bien apuntó el amigo onlyhouse en otro hilo, ya no es obligatorio suscribir seguro, y claro si ya no es obligatorio tenerlo, menos aún presentarlo (aunque lo tengas)

Un saludo
 
En el tema de las caravanas de menos de 750 klg. hay muncho que rascar la mayoria de estas caravanas pesan mas de 750 klg aunque en la documentacion diga que su peso es este ,yo no lo tendria tan claro.En algunas comunidades la policia te manda a la bascula y denuncia al canto mas inmovilizacion de la caravana hasta que le saques todo el peso que sobra de 750 klg.Asi que ojo con esto pues he visto caravanas de 750 klg de tres ambientes y hasta 4.90
 
hola soy nuevo en esto de la cv y del foro, quiero preguntar una cosa, quiero comprar una cv pero solo tiene el permiso de circulacion espedido por trafico necesito algo mas para circular con ella, el que y como conseguirlo si el propietario no lo tiene, muchisimas gracias de antemano
 
hola soy nuevo en esto de la cv y del foro, quiero preguntar una cosa, quiero comprar una cv pero solo tiene el permiso de circulacion espedido por trafico necesito algo mas para circular con ella, el que y como conseguirlo si el propietario no lo tiene, muchisimas gracias de antemano
:blob5:
Bueno, el permiso de circulación expedido por tráfico es uno de ellos si la caravana pesa más de 750 kg, pero el documento más importante a la hora de poder circular todos los vehículos, es lo que se concoce como la ficha técnica, donde constan todos los datos en este caso de la caravana en concreto que llevas, Y ES LA QUE TE PERMITIRÁ HACER LAS DEMÁS GESTIONES PARA PODER CIRCULAR.

ESPERO HABERTE SIDO UTIL. SALUDOS
 
pepito 1963, también creo que te ayudaría a entender algunas custiones relacionadas con este tema las distintas respuestas que me enviaron compañeros de la wed.
nuevamente.SALUDOS
 
Nomadaries yo tenia un carro tienda que se considera un remolque semipesa como una cv de -750 me paro la gc circulando con el me pidio la ficha tecnica al presentarle el contrato de compra venta me dijo que no era necesario pero yo le insiste en que lo rebisara para que se asegurara de que ese carro yo le compre y le comente que eso era necesario para evitar los robos no se deve dejar la ficha tecnica en el semirremolque pero si te descuidas un dia y te lo pispan como lo demuestras en cuanto al seguro notificalo que te lo agregaran por un precio modico o gratis y asegurate de lo que te cubre no tengas avaria y no te entre la asistencia del remolque o roces con la cv a otro vehiculo y en cuanto al permiso de circulacion conjunto me comentaron en trafico que ya no era necesario si pesaba - de 750 espero que lo entiendas todo un saludo y a disfrutar de cv
 
Nomadaries yo tenia un carro tienda que se considera un remolque semipesa como una cv de -750 me paro la gc circulando con el me pidio la ficha tecnica al presentarle el contrato de compra venta me dijo que no era necesario pero yo le insiste en que lo rebisara para que se asegurara de que ese carro yo le compre y le comente que eso era necesario para evitar los robos no se deve dejar la ficha tecnica en el semirremolque pero si te descuidas un dia y te lo pispan como lo demuestras en cuanto al seguro notificalo que te lo agregaran por un precio modico o gratis y asegurate de lo que te cubre no tengas avaria y no te entre la asistencia del remolque o roces con la cv a otro vehiculo y en cuanto al permiso de circulacion conjunto me comentaron en trafico que ya no era necesario si pesaba - de 750 espero que lo entiendas todo un saludo y a disfrutar de cv

:blob5::toothy7: HOLA PUCELA,(Casi seguro tiene que ver con Valladolid.Personalmente si es así me encantaron muchas cosas de esta ciudad).
Estoy de acuerdo con lo que comentas, si bien en al post anterior a pepito 63, quería hacerle ver que es precisamente el documento que te acredita en esa caravana, y si esta es superior a los 750 Kg, la que te permitirá poder diligenciar en tráfico el permiso de circulación con su matrícula....
 
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