Carlos, no veo la comparación que quieres relacionar, no la entiendo... pero es la propia definición la que se pone la zancadilla a sí misma:
"En el caso de un remolque de eje central o*semirremolque, la masa remolcable máxima autorizada será la masa REAL máxima del remolque*menos su carga real vertical sobre el punto de acoplamiento, es decir, la masa correspondiente a*la CARGA SOPORTADA por los ejes del remolque."
Por otro lado, tan especializadas están las unidades de tráfico del ayuntamiento de Madrid como las de guardia civil, aunque en ámbas había dudas sobre que fuera denunciable. Buscando en la legislación es complicado encontrar el precepto en el que adecuar la denuncia, puesto que la propia definición se contradice. No sé si a alguien le han denunciado por esto o sabe que artículo podría aplicarse al caso. Y ante la duda, un agente de la autoridad no debe denunciar (en teoría claro). Pasaba algo parecido antes con las gruas de arrastre, las cuales no encajaban en ninguna definición y podían conducirse con el B y arrastrar (no remolcar) vehiculos hasta 3500 kg, desconozco si se ha cambiado este tema.
Paneke, no sé si se pesa enganchado o no, sería bueno saberlo, según la definición parecería que tendría que ser enganchado, aunque en este caso parece que indica que además la masa real superaría la MMR del coche por lo que no habría escapatoria...
Un saludo