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Cuantos pescadores de caña y orilla estamos por aqui?

Charli63

timid@
Hola,abro este tema porque no lo he visto por ningún lado y creo que los que somos pescadores,buscamos un buen camping con un buen sitio para pescar.
Animaros y contad vuestras experiencias con la caña.
Saludos
 
Con la caña?Caña-cerveza.jpgTe podria contar muchas.
:cervezas:
Hola charli63,yo de pesca poco,ya lo sabes.Y por alli por Oropesa cada vez menos pesca,Edgar ya ni se lleva las cañas.
Saludos
 
Hola Óptimo en Oliva es un paraiso.Allí hemos visto sacar unas doraditas mu guapas q con tu cervecita deben de estar de muerte.
 
Hola,abro este tema porque no lo he visto por ningún lado y creo que los que somos pescadores,buscamos un buen camping con un buen sitio para pescar.
Animaros y contad vuestras experiencias con la caña.
Saludos


Para pescar, no sé...

Pero por nombre... Deberíais de quedar en el cámping "Refugio de pescadores", en Soria... Jajajaja

Yo de cañaS, orillado a la barra...

Como la que ha puesto el compi Optimo...


Saludeteeees
 
Buenas

En Francia he estado en varios campings con lago y posibilidad de pescar.
Como tambien soy aficionado a la pesca alquna vez me he quedado a mirar si cogian algo y la verdad que no he visto nunca sacar nada...
 
muy buenas, la pesca la verdad es que esta chunga, yo voy ha pescar por tarragona y poca cosa si tienes suerte algún sardo o doradita pero es extraño.
y un buen sitio es el camping Riu en san pere pescador, en el mismo camping pasa el rio fluvia y desemboca ha unos 600 m al mar y entran peces rio arriba, yo no me lo creía y se pesca bastante, en una mañana cogimos con tres cañas 14 doradas en unas dos horas, tambien he sacado una lubina de un kilito y una lisa de 1700g. y si vas por la noche pican anguilas.
 
Aquí otro aficionado a la pesca. La cosa está muy floja, suelo ir a el prat de llobregat.
Este verano aprovechando que estaba en el eurocampind de sant antoni de calonge salí unas cua tas noches a los espigones y no fue mal la cosa....

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Otro pescador pero de agua dulce jeje

la verdad nunca e probado el mar aqui le pegamos a la trucha y para pelear los famosos sirulos del ebro
 
Una consulta, yo tengo la licencia de pesca normal y pone aguas marítimas y continentales.
Con esta licencia se puede pescar en río?
Hay gente que me dice que si y otra que no
 
Por aquí otro que intenta pescar de vez en cuando.

Vazquezsvc, supongo que, como siempre, dependerá de cada comunidad autónoma. En Galicia tenemos licencias diferentes para mar y para aguas continentales.

Yo soy de mar.

Saludos,
 
Una consulta, yo tengo la licencia de pesca normal y pone aguas marítimas y continentales.
Con esta licencia se puede pescar en río?
Hay gente que me dice que si y otra que no

Con la licencia de mar no puedes pescar en aguas continentales (río). Todas las Comunidades tienen transferidas las competencias de pesca continental y todas expiden su propia licencia. Se habla, se dice, que pronto entrará en vigor una especie de convalidación entre las licencias de algunas comunidades. Pero está por ver.
Las competencias de la costa marítima y aguas interiores (entre cabos) corresponde al Estado Central, pero todas las comunidades expiden también su propia licencia de pesca marítima. Para evitarse follones es habitual que la licencia de pesca marítima de una comunidad habilite para pescar en las limítrofes.

Ya que estamos, yo también soy pescador. Mosquero empedernido en el río y rapalero en el mar.
 
Una consulta, yo tengo la licencia de pesca normal y pone aguas marítimas y continentales.
Con esta licencia se puede pescar en río?
Hay gente que me dice que si y otra que no

Creo que ya se por qué unos te dicen que sí y otros que no. Tienes que leerte la normativa de Cataluña de los siguientes enlaces que te pongo (a mí a lo mejor se me escapa algo), entiendo que tienes una licencia de pesca de esa comunidad. La pesca en aguas continentales está permitida con licencia de pesca en las zonas de pesca libre sin muerte. En las zonas de pesca controlada hay que tener, además de la licencia un permiso de pesca.

http://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Llicencia-de-pesca-recreativa-de-superficie-00002

http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?documentId=230583&action=fitxa

Decreto:
Article 1
S’estableixen els tipus de llicència següents per a la pràctica de la pesca no professional a Catalunya:
a) Llicència de pesca recreativa.
b) Llicència de pesca recreativa subaquàtica.
c) Llicència de pesca recreativa col·lectiva.
Article 2
2.1 La llicència de pesca recreativa autoritza el seu titular a pescar en superfícies a les aigües continentals i marítimes.

http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_can...documentId=530562&language=ca_ES&action=fitxa

Article 5 Dret a pescar
El dret a pescar en aigües continentals correspon a totes les persones que no es trobin incapacitades ni inhabilitades específicament per a l'exercici de la pesca i que tinguin la llicència de pesca i el permís de pesca pertinents.Article 26
Refugi de pesca
1. Un refugi de pesca és el curs, el tram de curs o la massa d'aigua en què habiten de manera habitual o predominant poblacions d'espècies protegides, el qual és necessari per a protegir i conservar les poblacions d'espècies aqüícoles, tant de flora com de fauna.
2. En els refugis de pesca està prohibit pescar-hi.
3. Els refugis de pesca poden ésser temporals o tenir una durada indefinida.
4. Els refugis de pesca han d'ésser establerts pel Pla d'ordenació de la pesca en aigües continentals. Els instruments de planificació hidrològica i del territori els han d'incloure i respectar.
Article 27
Zona de pesca lliure sense mort
1. Una zona de pesca lliure sense mort és el curs, el tram de curs o la massa d'aigua en què la pràctica de la pesca s'ha de fer amb la condició de retornar immediatament a les aigües de procedència, de la manera menys lesiva possible, tots els exemplars capturats, llevat dels casos de competicions esportives i de la resta d'excepcions establertes per aquesta llei.
2. L'únic requeriment per a pescar en les zones de pesca lliure sense mort és estar en possessió de la llicència pertinent.
3. Les zones de pesca lliure sense mort han d'ésser establertes pel Pla d'ordenació de la pesca en aigües continentals. Se n'ha de garantir una presència efectiva suficient, tant en nombre com en extensió, en tots els cursos, trams de cursos o masses d'aigua que no tinguin la consideració de refugis de pesca.
Article 28
Zona de pesca controlada
1. Una zona de pesca controlada és el curs, el tram de curs o la massa d'aigua en què es limita la pesca per a contribuir a desenvolupar un model d'aprofitament sostenible dels recursos pesquers basat principalment en l'autoregeneració natural de les poblacions d'espècies.
2. En les zones de pesca controlada es pot practicar la pesca sense mort o amb mort.
3. En les zones de pesca controlada, la pràctica de la pesca requereix, a més de la llicència corresponent, l'obtenció del permís de pesca pertinent.
4. Per a permetre l'autoregeneració dels cursos i les masses d'aigua, s'ha de procurar que els trams situats immediatament per sobre o per sota dels límits d'una zona de pesca controlada es classifiquin com a zones de pesca lliure sense mort o com a refugis de pesca.
5. L'aprofitament pesquer de les zones de pesca controlada es pot dur a terme per mitjà de la concessió o de qualsevol altra figura jurídica administrativa que es determini per via reglamentària. Els requisits i les condicions de les diverses formes d'aprofitament s'han d'establir per reglament.
6. Els criteris i el mecanisme per a determinar el nombre de captures permeses en les zones de pesca controlada s'han d'establir per reglament.

En Galicia tenemos dos licencias diferenciadas para pesca marítima y fluvial (de hecho las emiten distintas Consejerías) y en las desembocaduras de los ríos valen ambas. Además, dentro de la pesca fluvial para pescar dentro de un tramo acotado o en régimen especial hay que tener un permiso adicional a la licencia de pesca.

Saludos,
 
Creo que ya se por qué unos te dicen que sí y otros que no. Tienes que leerte la normativa de Cataluña de los siguientes enlaces que te pongo (a mí a lo mejor se me escapa algo), entiendo que tienes una licencia de pesca de esa comunidad. La pesca en aguas continentales está permitida con licencia de pesca en las zonas de pesca libre sin muerte. En las zonas de pesca controlada hay que tener, además de la licencia un permiso de pesca.

http://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Llicencia-de-pesca-recreativa-de-superficie-00002

http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?documentId=230583&action=fitxa



http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_can...documentId=530562&language=ca_ES&action=fitxa



En Galicia tenemos dos licencias diferenciadas para pesca marítima y fluvial (de hecho las emiten distintas Consejerías) y en las desembocaduras de los ríos valen ambas. Además, dentro de la pesca fluvial para pescar dentro de un tramo acotado o en régimen especial hay que tener un permiso adicional a la licencia de pesca.

Saludos,
Un diez por la info,
Así que con la licencia de Catalunya vale para los dos sitios ríos y mar. Y para cotos pedir permiso al responsable de esos cotos de pesca.
 
Otra cosa os cuesta muy cara la licencia?
Aquí sale 4 años 47€
Yo creo que es carísimo, Mas que nada por lo poco que se saca,y lo poco que cuidan el mar.
 
En cataluña si no me equivoco hay una para mar y otra para interior...y sí, es carísimaaaaa

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3,60 € al año la de mar. La de río no sé porque no tengo pero creo que es más cara.
 
Otro pescador de agua dulce, aunque cada vez la cajo menos. Por aquí por Extremadura son muchos los camping cercanos a los ríos para echar las cañas. El que se lleva la palma es el Camping de Orellana, justo al lado del pantano de Orellana, famoso por sus grandes capturas en lucios, blac-bass y carpas. Por aquí hay varias empresas dedicadas a organizar días de pesca, ya sea desde orilla lo desde embarcación
 
En cataluña si no me equivoco hay una para mar y otra para interior...y sí, es carísimaaaaa

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Según el artículo que han puesto arriba se puede pescar en río también.
Creo entender.
Es lo que me pas que unos me dicen si y otros que no.
Pero según ese artículo pone en río sin muerte.
Y en los pantanos, son considerados ríos?
 
Los pantanos también son aguas continentales, en el caso de la normativa catalana estaría dentro de la definición "massa d'aigua"
 
Aqui hay que sacarse licencia y muchos tramos son cotos hay que pagar aparte (los mejores) y los que quieran sacarsela tienen que hacer examen y ahora

nos an puesto ya tambien permisos para las setas no todos pero ya hay que pagar en varios al fin y al cabo pagar y pagar
 
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