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La báscula del peaje de Irún

Duda, entonces si mi CV tiene una MMA de 1200 Kg y llevo 1400 no me pueden denunciar por que no es un remolque destinado al trasporte de mercancías, entonces a eso como se le denomina: exceso de peso o pasarse con el peso:dontknow:

A mi modo de ver, que puede estar equivocado, podrían sancionarte, pero no con arreglo a las tablas de transporte de mercancías. Salvando las distancias, es como si robas un coche y cuando te pillan te denuncian por no llevar el coche a tu nombre.
 
Para aclararme un poco, entiendo que al autor de este hilo le multaron por exceder el peso máximo del conjunto por encima de lo permisible. Es decir con el B puedes llevar un conjunto de 3500 kilos supongamos que la suma de los dos coche+caravana dan esa cifra mágica de 3500 kilos pues con el 6% de exceso puedes llevar hasta 3710 kilos de peso real no de mmas sin que te multen. Puesto que le pesaron el conjunto. Si el conjunto pesa mas del 6% te la clavan, por supuesto si la suma de las mmas es menor el exceso se calculará con esa suma, supongamos vehículo de 2100 de MMA + caravana de 800 kilos de MMA son 3000 kilos + el 6% 3180 kilos, más allá de eso multa que te crió.

No sé por qué le multaron, pero la báscula no tiene que ver con el carnet. Que lo se lo digan a los camioneros que tienen el C2E, que no tiene limite de peso, pero les multan igualmente si llevan 32.000 kilos en un remolque que solo permite 30.000
 
Entiendo que le multaron por pasar el 6%. Sus mmas suman 3420 y llevaba 3750 kilos por encima del 6% que serian 3625 kilos.
Salud
 
Entiendo que le multaron por pasar el 6%. Sus mmas suman 3420 y llevaba 3750 kilos por encima del 6% que serian 3625 kilos.
Salud

No hay margen en los carnets, o puedes llevarlo, o no puedes.

El margen es en la báscula. En los papeles pone que debe pesar 3420kg como mucho y llevaba 3750. Ahí sí quieren puede aplicar el margen, pero no tiene que ver con el carnet.

Piensa esto, en el coche pone que es de 5 plazas y llevas 6 personas. Si te multan ¿por qué te multan? por que te pasas de lo que admite el coche, no de lo que admite el carnet, que no tiene que ver.
 
No he dicho nada que contradiga lo que dices. Digo que con 3420 va legal con el b por papeles y en bascula no pueden multarlo si su conjunto pesa 3625 porque no supera el 6%. En su caso si porque lo supera. Al igual que te multan con una furgona por exceso de carga no por necesitar otro carnet si es de 3500 su mma y supera el margen del 6%.
 
Yo creo que todo esta discusion de si sí o si no se solucionaria con una prueba empirica.
Analicemos todos los supuestos, llamamos a los de trafico que vengan con una bascula, y así salimos de dudas.
Son buena gente...no creo que se nieguen.
Voluntarios?????
 
No he dicho nada que contradiga lo que dices. Digo que con 3420 va legal con el b por papeles y en bascula no pueden multarlo si su conjunto pesa 3625 porque no supera el 6%. En su caso si porque lo supera. Al igual que te multan con una furgona por exceso de carga no por necesitar otro carnet si es de 3500 su mma y supera el margen del 6%.

En un articulo de internet hace alusión al tema del exceso de peso. Creo haberlo visto referenciado en otros post de webcampista.El enlace es el siguiente:
www.notasracing.com/2014/03/05/tabla-de-multas-por-exceso-de-peso-en-remolques-y-vehiculos/
Salud
 
A ver si sale Siguaraya y nos cuenta algo............jejejejej....................yo no le "he visto" desde el 2010............jjejejeje

Saludos.
 
si la sancion la imponen exclusivamente en atencion al art 14.1 del RGV (sin hacer referencia expresamente a los extremos sobre esa infraccion contemplados en la LSV) puedes alegar-recurrir que esa disposicion no es una norma sancionadora, porque no lo es, sino un reglamento (reserva de ley) relativo a condiciones de los vehiculos, pero no contempla infracciones, sanciones, graduacion de las sanciones, extincion de la responsabilidad, prescripcion de las infracciones, de las sanciones...

 
A ver si sale Siguaraya y nos cuenta algo............jejejejej....................yo no le "he visto" desde el 2010............jjejejeje

Saludos.

No creo que salga.

Yo le conozco personalmente.
No es muuuu amigo de dar explicaciones.

Lo que sí te puedo asegurar es que es un tío, cuando menos, particular, a la vez que una grandísima persona.

Saludos.
 
LO veis ???

Os lo estoy diciendo...pasaos a las tiendas de campaña . que a esas no las pesa nadie....


Bueno , yo tanía hasta hace unos meses una Ace 450 Champs LSD , con documentación de 750 kilos . Menos mal que nunca pasé por la vascula , pues ya de por sí , en vacío pesaba segun fabrica más de 900 Kg .

Bueno , quien me la compró era consciente de ello . Yo ya me escapé...


a mas de uno le pesan el coche con la tienda y con todo... y podría haber sorpresas....

Especialmente a la manera de llevar la carga En la comunidad de madrid, los fines de semana realizan muchas inspecciones visuales de bicicletas, con multaca a todos los que no llevan debidamente sujetada la bicicleta.

Un saludo
el menda.,
 
Ten paciencia......Latum....................este igual.............te contesta esta noche.........................jejejejej

Saludos.
 
Joer, Volusia, es verdad, el hilo original es de 2008...

Jejejej................al ver a Kiko y a Badún..................me dije................j.........er...............cuenta historia..............jejejejej

Saludos.
 
Dirección General de Trafico, competencias Ley Seguridad Vial (LSV)
Fomento, competencias Ley Organica de Transportes Terrestres por carretera mercancías y viajeros (LOTT):banghead::banghead::banghead:

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No. Se ha hablado en bastantes ocasiones.

Solo es para vehículos ligeros de mercancias eléctricos o a gas que debido a su elevada tara les resta capacidad competitiva de carga.
 
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