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Pregunta multa

darioredin

calladit@
Hola a todos,

Este fin de semana estuvimos en el Palmar (Cadiz) y aparcamos la autocaravana el viernes noche y el sabado noche en una campa que hay a 200 metros de la playa. Uno que estaba aparcado nos dijo que por ahi no iba la policia. El domingo al volver de la playa nos encontramos una receta de 250 euros y el lunes llamamos al ayuntamiento de la zona y nos dijeron que tienen una ordenanza de no aparcar AC en todo el litoral. Esto es legal? Pago la multa y luego reclamo? O no pago nada.

Gracias
 
Hombre si existe señal de prohibido aparcar, pues puede que tengas que pagarla, pero si no existe señal reclama y no pagues.
 
Hola que fuete me parece, estoy con el compañero por estacionar multa, un saludo y suerte
 
Ponla en manos de una empresa especializada en recursos de multas ,o de tu propio seguro si lo contempla , hazles llegar una copia de la instruccion de trafico 08/v-74 y cersiorate de que en esa zona está permitido el estacionamiento de otra clase de vehiculos , y de que no existen limitaciones por peso o envergadura de vehiculos .

Lo mas facil es que lo ganes , pero te daran mucho por cu...o mientras .

Suerte , compañero...
 
Le informaron que había anuncio en el B.O.P. de Cádiz, de 27 de Mayo de 2005, referente a la Ordenanza Municipal de Regulación de Autocaravanas, que se sometía a información pública y apertura de un plazo de treinta días hábiles para sugerencias y reclamaciones, y finalizado dicho plazo se publicará y entrará en vigor.

La Ordenanza del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera permitía el estacionamiento de autocaravanas en la vía pública, cuando el peso o masa máximo autorizado -m.m.a.-, no exceda de 3.500 kg, siempre que no se utilice para habitar, alojarse o acampar en ellas y, por otro lado, queda prohibido el aparcamiento de las mismas en todo el litoral.


Saludos.
 
Le informaron que había anuncio en el B.O.P. de Cádiz, de 27 de Mayo de 2005, referente a la Ordenanza Municipal de Regulación de Autocaravanas, que se sometía a información pública y apertura de un plazo de treinta días hábiles para sugerencias y reclamaciones, y finalizado dicho plazo se publicará y entrará en vigor.

La Ordenanza del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera permitía el estacionamiento de autocaravanas en la vía pública, cuando el peso o masa máximo autorizado -m.m.a.-, no exceda de 3.500 kg, siempre que no se utilice para habitar, alojarse o acampar en ellas y, por otro lado, queda prohibido el aparcamiento de las mismas en todo el litoral.


Saludos.

Pues me temo que esto es totalmente ilegal según la instruccion de trafico , entre otras cosas porque está catalogada como vehiculo vivienda , por lo tanto apta para ser habitada ,y segun el articulo 2.2 de la directiva 2001/116/CE , las autocaravanas pueden efectuar la maniobra de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.... , siempre que no tengan desplegados elementos externos que superen el perímetro del propio vehículo en orden de marcha .
 
Pues me temo que esto es totalmente ilegal según la instruccion de trafico , entre otras cosas porque está catalogada como vehiculo vivienda , por lo tanto apta para ser habitada ,y segun el articulo 2.2 de la directiva 2001/116/CE , las autocaravanas pueden efectuar la maniobra de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.... , siempre que no tengan desplegados elementos externos que superen el perímetro del propio vehículo en orden de marcha .

Kiko, en primer lugar un saludo cordial..........yo no soy este............................

alcalde.jpg


ni he participado en la Ordenanza Municipal de Vejer.................................................................

Tantos cosas considero ilegales y que al vez "chocan" con las legales...............................

Feliz verano y espero que la feria haya sido total..............
 
VOLUSIA, que retrato mas chulo, ja,ja,ja,
 
Kiko, en primer lugar un saludo cordial..........yo no soy este............................

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ni he participado en la Ordenanza Municipal de Vejer.................................................................

Tantos cosas considero ilegales y que al vez "chocan" con las legales...............................

Feliz verano y espero que la feria haya sido total..............

El saludo igual para tí , y efectivamente , sé de buena fé que lo que haces no es mas que transmitir lo ya dictaminado por otros , que nada tienes que ver con ello , y a su vez , yo solo trato de colaborar en la medida que esté en mi conocimiento para que este compañero pueda intentar paliar su situacion .

Son leyes complicadas de entender , y en muchas ocasiones erróneas , ya es hora de luchar contra ellas .

Vejer ??? , en materia de turismo itinerante un CERO patatero , y para su alcalde... , bueno , me lo reservo , ojalá él pudiera leer esto , y se imaginara lo que deseo para él .

Saludos compañero , nos vemos en el campo de batallas...
 
VOLUSIA, que retrato mas chulo, ja,ja,ja,

Que más quisiera, tener el pelo del Alcalde................jejejejej

Saludos Seni y siempre es un placer saber que andas por aquí.

De acuerdo con tu comentario, Kiko..............este fin de semana habré visto, por decir una cifra, mil autos en el Parque Natural de los Pirineos Franceses.................D,aspen, Tourmalet, Oubisque, etc. no he visto a nadie mal estacionado, es decir molestando y como mucho con dos sillas fuera.................no te puedes imaginar la cantidad que había.................para mi todo correcto, después de 35 años de campista, dicho sea de paso, es otro mundo.

Saludos Kiko y lo mismo, un placer.

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Te voy a decir lo que haría yo.
De ninguna de las maneras recurriría, porque con el nuevo procedimiento sancionador del 2009 en el momento en que alegues ya no te puedes acoger al 50% de descuento en la multa.
El recurrir la multa no te va a servir nada más que para dilatar el pago de la misma o bien tener suerte y se les traspapele y no cumplan los plazos de notificación que establece la ley (cosa que en estos momentos de crisis los ayuntamientos no pasan una)
Te lo digo por propia experiencia y las empresas estas quita multas no son efectivas.
Desde luego si decides alegar es pensando en que tendrás que acabar en un contencioso administrativo contra el Ayuntamiento y tienes todas las de perder porque la jurisprudencia respeta el ámbito normativo de los ayuntamientos no por la restricción de la norma sino cuando contraviene la ley de tráfico (cosa que no creo que sea en este caso).
Por mi ojala fuera tan fácil como hacer un recurso y ya está, pero me creo que no lo es.
Es una pena que los Ayuntamientos no dediquen sus esfuerzos en otro tipo de menesteres que ir persiguiendo a gente que va turismo y que como mal mayor lo que hacen es consumir y dejar ingresos economicos a sus habitantes.
 
Hola a todos,

Este fin de semana estuvimos en el Palmar (Cadiz) y aparcamos la autocaravana el viernes noche y el sabado noche en una campa que hay a 200 metros de la playa. Uno que estaba aparcado nos dijo que por ahi no iba la policia. El domingo al volver de la playa nos encontramos una receta de 250 euros y el lunes llamamos al ayuntamiento de la zona y nos dijeron que tienen una ordenanza de no aparcar AC en todo el litoral. Esto es legal? Pago la multa y luego reclamo? O no pago nada.

Gracias
hola amigos, soy nuevo de por aqui y tengo caravana desde hace años, e leido lo de la multa que te pusieron ninguna ordenaza de ayuntamiento te puede prohibir aparcar tu vehiculo sea coche autocaravana o un autobus, pues pagas un impuesto de circulacion entonces no pueden denunciar ni hacer nada, recurrela veras como esos 250 se vuelven 0, espabilaos hay en todos lados y muchos pagan y callan
 
Recurrir....... . o morir .



muerte_excrementos.jpg
 
La Playa de El Palmar pertenece al término municipal de Vejer de
la Frontera, Municipio que desde el 25 de octubre del 2005 aplica una
Ordenanza Municipal, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cádiz número 247, que restringe el uso de las Autocaravanas en sus vías​
públicas.
Esta Ordenanza Municipal ha sido recurrida sin éxito por parte de
entidades comprometidas con la regulación de este sector, lo que dificulta
enormemente la interlocución con los responsables municipales. Por otra
parte la Playa de El Palmar está declarada zona de protección
medioambiental según BOJA núm. 57 (Página núm. 144) publicado el 21
de marzo 2007, además de estar incluida en la citada Ordenanza
Municipal.
La Playa de El Palmar está restringida al acceso con
Autocaravanas debido al prolongado abuso por parte de usuarios que,
durante años, han utilizado este espacio como zona de acampada libre e​
incontrolada.
Solo nos queda recordar un párrafo incluido en el Plan Rector de Uso y
Gestión del Parque Natural del Estrecho, al que deberíamos prestar
especial atención con objeto de evitar que nuestro comportamiento dé
lugar a su aplicación:​
“​
[FONT=Arial,Italic][FONT=Arial,Italic]La Consejería competente en materia de medio ambiente
podrá limitar, condicionar o someter a autorización, de forma
cautelar e inmediata, por un tiempo determinado o de manera
permanente, el desarrollo de cualquier tipo de actividad en un

determinado lugar, cuando existan razones justificadas.

Esto lo he sacado de un comunicado de la asociación andaluza de caravanistas, que según dicen ya lo han recurrido y al ser una zona protegida tiene un ambito especial de aplicación.
Yo sigo pensando que sería la mejor opción el acogerte al 50 por cien de descuento.
[/FONT][/FONT]
 
Recurrir....... . o morir .



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recurrir es ilegal completamente si la autocaravana tiene seguro hasta el impuesto de circulacion es problema del dueño pero estos han cojido una perra con no dejarles vivir que es para morirse y mientras no se unan y planten cara siguen con denuncias ilegales solo para llenar arcas quien calla y paga ese tenemos quien recurre los sentimos y la quitamos
 
La Playa de El Palmar pertenece al término municipal de Vejer de​

la Frontera, Municipio que desde el 25 de octubre del 2005 aplica una
Ordenanza Municipal, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cádiz número 247, que restringe el uso de las Autocaravanas en sus vías
públicas.
Esta Ordenanza Municipal ha sido recurrida sin éxito por parte de
entidades comprometidas con la regulación de este sector, lo que dificulta
enormemente la interlocución con los responsables municipales. Por otra
parte la Playa de El Palmar está declarada zona de protección
medioambiental según BOJA núm. 57 (Página núm. 144) publicado el 21
de marzo 2007, además de estar incluida en la citada Ordenanza
Municipal.
La Playa de El Palmar está restringida al acceso con
Autocaravanas debido al prolongado abuso por parte de usuarios que,
durante años, han utilizado este espacio como zona de acampada libre e
incontrolada.
Solo nos queda recordar un párrafo incluido en el Plan Rector de Uso y
Gestión del Parque Natural del Estrecho, al que deberíamos prestar
especial atención con objeto de evitar que nuestro comportamiento dé
lugar a su aplicación:



[FONT=Arial,Italic][FONT=Arial,Italic]La Consejería competente en materia de medio ambiente
[FONT=Arial,Italic]
[FONT=Arial,Italic]podrá limitar, condicionar o someter a autorización, de forma[/FONT]
[FONT=Arial,Italic]cautelar e inmediata, por un tiempo determinado o de manera[/FONT]
[FONT=Arial,Italic]permanente, el desarrollo de cualquier tipo de actividad en un[/FONT]
[FONT=Arial,Italic]determinado lugar, cuando existan razones justificadas.[/FONT]
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Esto lo he sacado de un comunicado de la asociación andaluza de caravanistas, que según dicen ya lo han recurrido y al ser una zona protegida tiene un ambito especial de aplicación.
Yo sigo pensando que sería la mejor opción el acogerte al 50 por cien de descuento.
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la playa de el palmar sigue siendo españa, no el pueblo de mi señora que es belem de para brasil, aqui hay unas normas de circulacion por encima de alcaldes concejales y demas miembros de la orporacion, que no me permitan parar a mi que llevo una de menos de 750 kg sin matricular me parece bien y aun no tengo derecho a descansar 24 horas en un municipio, pero denunciar una caravana matriculada o un autocaravana se estan metiendo en el ajo, porque abusan que para poder joder esa normativa tienes que tener dinero abogados y darles caña por lo contecioso administrativo es de decir 8 años de pleitos teneiendo suerte que no sean 12, por 250 euros

 
Muchas gracias

Muchas gracias

Muchas gracias por todos los consejos que me habéis dado. La multa es exactamente de 300 euros no doscientos y pico.
Hace 2 fines de semana estuvimos en el municipio de Barbate y le contamos el caso tanto a la municipal como a la guardia civil y alucinaron tanto por la multa en si como sobre todo por la cantidad. Uno de ellos nos dijo incluso que no la pagáramos porque probablemente no lleguen. Nosotros lo que vamos a hacer es recurrirla aunque perdamos el derecho al 50% de descuento porque creemos que lo que no debemos hacer es pagar y callar. Además creemos que si hacemos un frente común de denuncia, a través de una asociación contra el Ayuntamiento de Conil y ganamos, puede que se consiga eliminar la misma normativa en otros lugares con el mismo problema. Esta ley aparece exactamente en el BOP247 del 25-10-05 en las páginas 18 y 19. En el texto se recita literalmente “no podrán establecerse campamentos en terrenos situados sobre una zona de 100 metros, medida tierra adentro desde el limite interior de la ribera del mar.”
Para empezar nosotros no estábamos acampados porque no teníamos ni una ventana abierta.
Y si alguien sabe cual es la “medida tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar” que por favor nos lo diga porque nos hará falta para el recurso.

Además si en alguna ley se establece que no se puede aparcar en todo el litoral, nos hemos puesto en contacto con una organización que nos define litoral como:
“El término "litoral" es más bien geográfico y ecológico y no estipula una distancia concreta ya que depende de factores ambientales. La Ley de Costas establece la definición de varios elementos dentro de lo que geográficamente se denomina litoral (que sería la zona de transición de un sistema terrestre a uno marino):

Zona Marítimo Terrestre: el área comprendida entra la línea de marea baja y el límite hasta donde alcanzan las olas en los mayores temporales conocidos o si lo supera la línea máxima de marea alta. Incluye las marismas, marjales, albuferas y en general todos los terrenos bajos que se inundan por acción de las mareas o de las olas.

Dominio Público Marítimo Terrestre: incluye la zona marítimo terrestre, las playas, las dunas, zonas de depósito de materiales... Es un bien público”.
 
Te deseo constancia, paciencia y mucha suerte, salu2
 
Hola a todos,

Este fin de semana estuvimos en el Palmar (Cadiz) y aparcamos la autocaravana el viernes noche y el sabado noche en una campa que hay a 200 metros de la playa. Uno que estaba aparcado nos dijo que por ahi no iba la policia. El domingo al volver de la playa nos encontramos una receta de 250 euros y el lunes llamamos al ayuntamiento de la zona y nos dijeron que tienen una ordenanza de no aparcar AC en todo el litoral. Esto es legal? Pago la multa y luego reclamo? O no pago nada.

Gracias
Yo a parte de lo que te dice Kiko1 comprobaria solo una cosa, si la zona es zona protegida (parque natural, depende de costas o algo asi) y si es asi lo tendras mas dificil, pero si es por una OMM de Veje de la FRontera, pues como te dice Kiko1, la instrucción y la normativa de la CEE, dejandoles muy claro que una normativa de un atuntamiento nunca es superior a la ley
 
Una cosa es la carretera del estado, de la comunidad, la diputacion, etc.. y otra la via publica del municipio.
El ayuntamniento puede regular el aparcamiento en la via pública de su competencia.
Dicta la ordenanza municipal, la publica en el BOP, abre los plazos para que se pueda alegar, y una vez hecho todo el proceso de forma correcta la aplica.
Esta norma contradice otra de rango superior? Pues habrá que denunciarlo, pero hay que tener en cuenta que el ayuntamineto tiene su servio juridico y antes de tomar una decision de este tipo seguro que lo ha valorado.
Estoy con lo que dice Severino.
Y esto es solo empezar....
 
Una pregunta, ¿hay señales de prohibido aparcar?, si las hay hemos aparcado en una zona donde está prohibido autocaravanas aunque contradiga la Ley y si no hay señales de prohibido aparacar como sabemos que allí no se puede aparacar, aunque sepamos que en esa zona no se puede aparacar en el litoral, ¿que línea delimita ese litoral?

De todas formas si todos hiciesemos lo mismo en vez de pagar, seguramente cambiaría la cosa, pero por no andar de lios casi todos pagamos y lo dejamos correr.
 
Ponla en manos de una empresa especializada en recursos de multas ,o de tu propio seguro si lo contempla , hazles llegar una copia de la instruccion de trafico 08/v-74 y cersiorate de que en esa zona está permitido el estacionamiento de otra clase de vehiculos , y de que no existen limitaciones por peso o envergadura de vehiculos .

Lo mas facil es que lo ganes , pero te daran mucho por cu...o mientras .

Suerte , compañero...
kiko esta muy bien lo que dices, pero creo recordar este año fui en mayo y ponia una placa claramente prohibido el estacionamiento de cv y ac, no es por nada mi hermana se quizo ir el año pasado en la misma playa del palmar y se tubo que ir por lo mismo, creo que al final tendra que pagar la multa.
 
Sobre la definición de litoral, no estoy seguro que sea igual en todas las autonomías, pero en Asturias el PORNA (Plan de Ordenación de los Recursos Naturales) lo define como aparece en la Ley de Costas (y aquí los mayores temporales llegan muuuyyy arriba) y no se permite hacer nada a menos de 500 m de esa zona. Hay barrios enteros en peligro de derribo.

Por otro lado, los Ayuntamientos tienen unas potestades muy amplias dentro de su ámbito de influencia y el permitir o no pernoctar entra dentro de ellas (si no hay una ley de ámbito superior que lo regule, que no parece ser el caso) y más si cabe dentro de una zona protegida como parece que es esa playa.

Me da la impresión de que es posible que "pierdas" el 50% de descuento más los gastos que todo el contencioso administrativo ocasionará.
 
Otra cosa que puedes hacer es ponerte en contacto con alfuna asociación de autocaeavanistas Andaluza, a ver si ellos pueden aconsejarte, con Asandac por ejemplo
 
la playa de el palmar sigue siendo españa, no el pueblo de mi señora que es belem de para brasil, aqui hay unas normas de circulacion por encima de alcaldes concejales y demas miembros de la orporacion, que no me permitan parar a mi que llevo una de menos de 750 kg sin matricular me parece bien y aun no tengo derecho a descansar 24 horas en un municipio, pero denunciar una caravana matriculada o un autocaravana se estan metiendo en el ajo, porque abusan que para poder joder esa normativa tienes que tener dinero abogados y darles caña por lo contecioso administrativo es de decir 8 años de pleitos teneiendo suerte que no sean 12, por 250 euros

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Este es el problema el poder luchar contra un Ayuntamiento una persona sola por 150 €, digo esta cantidad que es la que corresponde al 50%; al citado organismo le importa un bledo porque paga los gastos con dinero publico y sin embargo un particular si recurres te cuesta los dineros de tu bolsillo, duele pero la vida es así.
 
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