Llevo un tiempo entrando en este foro, y tras registrarme, aprovecho la ocasión para presentarme y para comentaros una cuestión en referencia a la matriculación de caravanas de la que he tenido conocimiento esta semana, y me gustaría saber si alguien en el foro, sabía algo sobre esto.
Hasta ahora, podía matricularse una caravana sin problemas años después de su compra, teniendo la documentación (ficha técnica y anexos, factura de compra, etc.)
Pues bien, estoy interesado en la compra de una caravana que tiene un año y un mes de antigüedad, y su actual y primer propietario dispone de toda la documentación, pero no la había matriculado, hecha la consulta en tráfico (por si había cambiado algo) para su matriculación y transferencia, me informan de lo siguiente en la dgt:
Si la ficha técnica ha sido confecionada hace más de un año. En estos casos, junto con la ficha técnica es necesario que adjuntes lo siguiente:
"Habida cuenta del tiempo transcurrido entre la confección de la ficha técnica y la fecha de presentación para su matriculación, y, previa consulta con el Servicio de Industria de la Dirección General de Industria, se le comunica por parte de estas dependencias que para poder finalizar el expediente de matriculación se aporte nueva ficha técnica expedida por el Fabricante u órgano de la Administración que la expidió, según se trate de fichas tipo A; B ó D, o bien certificación del mismo donde figure expresamente que dicho vehículo cumple con todos los actos reglamentarios indicados en la columna de nueva matricula del anexo I del Real Decreto 2028/1986 en fecha de presentación."
Si tienes alguna duda ponte en contacto con nosotros,
¿Alguien tenía idea sobre esta novedad?
Saludos
Hasta ahora, podía matricularse una caravana sin problemas años después de su compra, teniendo la documentación (ficha técnica y anexos, factura de compra, etc.)
Pues bien, estoy interesado en la compra de una caravana que tiene un año y un mes de antigüedad, y su actual y primer propietario dispone de toda la documentación, pero no la había matriculado, hecha la consulta en tráfico (por si había cambiado algo) para su matriculación y transferencia, me informan de lo siguiente en la dgt:
Si la ficha técnica ha sido confecionada hace más de un año. En estos casos, junto con la ficha técnica es necesario que adjuntes lo siguiente:
"Habida cuenta del tiempo transcurrido entre la confección de la ficha técnica y la fecha de presentación para su matriculación, y, previa consulta con el Servicio de Industria de la Dirección General de Industria, se le comunica por parte de estas dependencias que para poder finalizar el expediente de matriculación se aporte nueva ficha técnica expedida por el Fabricante u órgano de la Administración que la expidió, según se trate de fichas tipo A; B ó D, o bien certificación del mismo donde figure expresamente que dicho vehículo cumple con todos los actos reglamentarios indicados en la columna de nueva matricula del anexo I del Real Decreto 2028/1986 en fecha de presentación."
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¿Alguien tenía idea sobre esta novedad?
Saludos