Mirando un poco mas a fondo el Nevo Reglamento General de Condutores,
yo entiendo que queda super claro que para poder llevar mas de 3500 kg con el B, hay que realizar unas pruebas especiales aparte de las generales para obtener el B, cito:
"Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg y la masa máxima autorizada del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5, deberán realizar la maniobra I) anterior y la M) del punto 7."
"Los aspirantes a la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg a la que se refiere el artículo 5.5, deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración, marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y desacoplamiento del remolque y estacionamiento.
"
Mi duda esta en que todo a lo que se refiere en el Reglamento, es para la obtencion de nuevos permisos, es decir, si te vas a sacar el carnet ahora te puedes sacar el B pelao, o solicitar las autorizacion de los 4250 y realizar unas pruebas especiales aparte, entonces que pasa con los que ya tenemos el B y queremos solicitar la autorizacion de mas de 3500 kg, ¿ es aqui donde entrara lo de la sustitucion por una formación especifica ?