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Objetivo: conductores que usan el móvil al volante y/o no se ponen el cinturón de seguridad

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Empezamos con la hipótesis de un adelantamiento y el regreso al carril de la derecha, luego vamos a tres carriles, y, como hay autopistas de cuatro... y así, hasta el infinito. Pero pese a que algunos ya han ido a consultar la legislación y no han encontrado donde se "obliga" a poner el intermitente derecho para regresar al carril derecho, seguimos inventando normas o lo que es peor, apoyando afirmaciones en "tengo entendido". Pues... lo que tengo entendido, al menos yo, es que cuando se obtiene el "apto" en un examen se da por entendido, que se conoce el Código de Circulación.

Como dice el del anuncio... "permítame que insista": El conductor del vehículo que se dispone a hacer un adelantamiento, sea en carretera normal, o en autopista de dos, tres, cuatro o más carriles, forzosamente, va a salir de su trayectoria normal, vaya por el carril que vaya. Evidentemente, siempre se ha de salir al carril que esté libre y por la izquierda. A partir del momento en que se dispone a hacer la maniobra tiene que avisar a los que vengan detrás, que se sale de la trayectoria, mediante el intermitente izquierdo. Creo que hasta aquí lo que estoy tratando de decir está claro y nítido.

La cuestión es: ¿Hasta cuándo el intermitente izquierdo ha de estar en funcionamiento? Sin la menor duda, ha de estar en funcionamiento mientras el vehículo que está adelantando no concluya la maniobra de adelantamiento, pues en todo ese tiempo, el vehículo está fuera de la trayectoria normal. ¿Cuándo concluye la maniobra de adelantamiento? Cuando el vehículo recupera su trayectoria normal situándose en el carril derecho. Por lo tanto en todo ese tiempo tiene que estar funcionando el intermitente izquierdo. Los dos intermitentes ya sabemos que no funcionan simultáneamente.

Esto en un adelantamiento normal. Si es una autopista de varios carriles, dependiendo del carril por el que circulen el vehículo que se dispone a hacer el adelantamiento y el adelantado, siempre se hace tal cual he descrito. Otra cosa es que en donde hay varios carriles y un conductor quiera pasar a uno de los carriles que tenga libre a su derecha (para tomar una salida, por ejemplo) venga obligado a avisar de su intención con el intermitente derecho.

Lo que me pueda decir un "comercial" o un "cuñao" no puede ser diferente a lo que diga el Código de Circulación.
 
Pues no lo pongas, hombre, que se gasta.
A mi en carretera me da mas miedo el resto de ususarios que lo que yo pueda hacer, así es que mejor ser bien visible y que se percaten de cualquier maniobra que realice, sea obligatorio o no el que tenga que señalizarla.
 
Cocodrilo feliz;n4063642 dijo:
Empezamos con la hipótesis de un adelantamiento y el regreso al carril de la derecha, luego vamos a tres carriles, y, como hay autopistas de cuatro... y así, hasta el infinito. Pero pese a que algunos ya han ido a consultar la legislación y no han encontrado donde se "obliga" a poner el intermitente derecho para regresar al carril derecho, seguimos inventando normas o lo que es peor, apoyando afirmaciones en "tengo entendido". Pues... lo que tengo entendido, al menos yo, es que cuando se obtiene el "apto" en un examen se da por entendido, que se conoce el Código de Circulación.

Como dice el del anuncio... "permítame que insista": El conductor del vehículo que se dispone a hacer un adelantamiento, sea en carretera normal, o en autopista de dos, tres, cuatro o más carriles, forzosamente, va a salir de su trayectoria normal, vaya por el carril que vaya. Evidentemente, siempre se ha de salir al carril que esté libre y por la izquierda. A partir del momento en que se dispone a hacer la maniobra tiene que avisar a los que vengan detrás, que se sale de la trayectoria, mediante el intermitente izquierdo. Creo que hasta aquí lo que estoy tratando de decir está claro y nítido.

La cuestión es: ¿Hasta cuándo el intermitente izquierdo ha de estar en funcionamiento? Sin la menor duda, ha de estar en funcionamiento mientras el vehículo que está adelantando no concluya la maniobra de adelantamiento, pues en todo ese tiempo, el vehículo está fuera de la trayectoria normal. ¿Cuándo concluye la maniobra de adelantamiento? Cuando el vehículo recupera su trayectoria normal situándose en el carril derecho. Por lo tanto en todo ese tiempo tiene que estar funcionando el intermitente izquierdo. Los dos intermitentes ya sabemos que no funcionan simultáneamente.

Esto en un adelantamiento normal. Si es una autopista de varios carriles, dependiendo del carril por el que circulen el vehículo que se dispone a hacer el adelantamiento y el adelantado, siempre se hace tal cual he descrito. Otra cosa es que en donde hay varios carriles y un conductor quiera pasar a uno de los carriles que tenga libre a su derecha (para tomar una salida, por ejemplo) venga obligado a avisar de su intención con el intermitente derecho.

Lo que me pueda decir un "comercial" o un "cuñao" no puede ser diferente a lo que diga el Código de Circulación.

En mi coche viene un botón rojo con un triángulo rojo que si le doy, se ponen a funcionar simultáneamente los intermitentes derecho e izquierdo, pero ciertamente no son los dos intermitentes, en realidad son los 6. Consta de dos delanteros, dos traseros y dos laterales que van en las aletas delanteras.

No sé si vendría de serie en el coche, o los pagaría como opción...porque en realidad el coche me gustaba, y no pensé tampoco mucho en todo lo que "calzaba". Todavía estoy en período de aprendizaje con tanta tecnología de última generación.
 
Quiero citar a hunagui, pero no lo hace... Y ahora a mi mismo y tampoco.... Aish

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Cocodrilo feliz;n4063642 dijo:
Empezamos con la hipótesis de un adelantamiento y el regreso al carril de la derecha, luego vamos a tres carriles, y, como hay autopistas de cuatro... y así, hasta el infinito. Pero pese a que algunos ya han ido a consultar la legislación y no han encontrado donde se "obliga" a poner el intermitente derecho para regresar al carril derecho, seguimos inventando normas o lo que es peor, apoyando afirmaciones en "tengo entendido". Pues... lo que tengo entendido, al menos yo, es que cuando se obtiene el "apto" en un examen se da por entendido, que se conoce el Código de Circulación.

Como dice el del anuncio... "permítame que insista": El conductor del vehículo que se dispone a hacer un adelantamiento, sea en carretera normal, o en autopista de dos, tres, cuatro o más carriles, forzosamente, va a salir de su trayectoria normal, vaya por el carril que vaya. Evidentemente, siempre se ha de salir al carril que esté libre y por la izquierda. A partir del momento en que se dispone a hacer la maniobra tiene que avisar a los que vengan detrás, que se sale de la trayectoria, mediante el intermitente izquierdo. Creo que hasta aquí lo que estoy tratando de decir está claro y nítido.

La cuestión es: ¿Hasta cuándo el intermitente izquierdo ha de estar en funcionamiento? Sin la menor duda, ha de estar en funcionamiento mientras el vehículo que está adelantando no concluya la maniobra de adelantamiento, pues en todo ese tiempo, el vehículo está fuera de la trayectoria normal. ¿Cuándo concluye la maniobra de adelantamiento? Cuando el vehículo recupera su trayectoria normal situándose en el carril derecho. Por lo tanto en todo ese tiempo tiene que estar funcionando el intermitente izquierdo. Los dos intermitentes ya sabemos que no funcionan simultáneamente.

Esto en un adelantamiento normal. Si es una autopista de varios carriles, dependiendo del carril por el que circulen el vehículo que se dispone a hacer el adelantamiento y el adelantado, siempre se hace tal cual he descrito. Otra cosa es que en donde hay varios carriles y un conductor quiera pasar a uno de los carriles que tenga libre a su derecha (para tomar una salida, por ejemplo) venga obligado a avisar de su intención con el intermitente derecho.

Lo que me pueda decir un "comercial" o un "cuñao" no puede ser diferente a lo que diga el Código de Circulación.
Pues si molestas en leer el artículo 109 del código de circulación, igual dejas de hacer el "cuñao". Y mi coche también puedo accionarle los dos intermitentes (izquierda y derecha) al mismo tiempo, con un botón rojo con un triángulo serigrafiado. Debe de ser un extra también...

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk
 
No discutais... aquí los del RACE lo explican detalladamente.

https://www.race.es/seguridadvial/formacion-race/en-carretera/uso-correcto-del-intermitente.
De todas formas, los que tenemos coches "buenos" (mi BMW y mi Picanto), están dotados de dos formas de activas los intermitentes, una con un suave toque que provoca simplemente unos tres o cuatro intermitencias y luego se desconecta solo y otro dándole más a fondo que no se desconecta hasta cambiar de dirección....

Es que algunos tenéis coches "muy malos"......
 
Carlos ha puesto la norma en la que se habla de que se debe indicar cada cambio de trayectoria.

Pero bueno, ya sabemos que da igual lo que se diga, que cada uno va a pensar lo que le dé la gana. Los conjuntos son más seguros a 100 que a 80, hala, búscame una norma que diga eso.
 
Heima;n4063648 dijo:
Ya tienes tu tocho... En fin...

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk

Procedo a darme un par de besos por lo visionario que soy. Y añado más, a pesar del articulo 109 y demas cosas que se han expuesto, incluido el libro de autoescuela de mi hijo donde enseñan claramente este supuesto, auguro que se diga lo que se diga, se va a seguir erre que erre, faltaría más, a ver quienes os creeis que sois...
 
hunagui;n4063671 dijo:
Procedo a darme un par de besos por lo visionario que soy. Y añado más, a pesar del articulo 109 y demas cosas que se han expuesto, incluido el libro de autoescuela de mi hijo donde enseñan claramente este supuesto, auguro que se diga lo que se diga, se va a seguir erre que erre, faltaría más, a ver quienes os creeis que sois...

El otoño es muy aburrido...a veces...

Todo vale...

Y lo vas a ver...y leer...

Me autocitaré...
 
Veamos si doy la razón a todos, o a ninguno.

El amigo Cocodrilo, está centrado en la maniobra de adelantar en vías fuera de poblado, y efectivamente tiene toda la razón, con dar el intermitente a la izquierda ya es suficiente, dado que por obligación, tanto si es carretera de doble dirección como autopista de múltiples carriles, estamos obligados a volver al carril de la derecha (cosa que por desgracia desconoce el 90% de los conductores).

Otra cosa es el circular en ciudad o en aglomeraciones por autopista, entonces los intermitentes, sirven para indicar giros a izq. y dcha. o cambios de carril. Y si damos los 4 a la vez… para lo que nos dé la gana...
 
Mavard;n4063686 dijo:
Veamos si doy la razón a todos, o a ninguno.

El amigo Cocodrilo, está centrado en la maniobra de adelantar en vías fuera de poblado, y efectivamente tiene toda la razón, con dar el intermitente a la izquierda ya es suficiente, dado que por obligación, tanto si es carretera de doble dirección como autopista de múltiples carriles, estamos obligados a volver al carril de la derecha (cosa que por desgracia desconoce el 90% de los conductores).

Otra cosa es el circular en ciudad o en aglomeraciones por autopista, entonces los intermitentes, sirven para indicar giros a izq. y dcha. o cambios de carril. Y si damos los 4 a la vez… para lo que nos dé la gana...
¿Y en qué parte del Código hace esa distinción? ¿Artículo?
 
hunagui;n4063695 dijo:
¿Y en qué parte del Código hace esa distinción? ¿Artículo?

Como de todos es sabido, el código de la circulación y las leyes en general, tienen múltiples "lagunas"... y así nos luce el pelo.
 
Mavard;n4063696 dijo:
Como de todos es sabido, el código de la circulación y las leyes en general, tienen múltiples "lagunas"... y así nos luce el pelo.
Ah, vale, entonces esa es la razón de una aseveración así. No sé si eso cuela, pero ya puestos...
 
Pues que queréis que os diga, yo me sigo quedando con el artículo que ha puesto Heima, que es el "oficial".

No dejo de sorprenderme con que haya gente que exija datos, documentos, leyes, normativas, etc para todo y para todos, excepto para cuando escriben ellos, claro.

Hay un interviniente en este hilo que un día escribió algo así como: " hay foreros que quieren un código de circulación especial para ellos". Curioso que hoy se haya convertido en uno de ellos, y ya le joderá, por qué creyéndose como se cree, alguien excepcional...

En fin, para mí ya ha quedado claro el asunto del hilo.
 
Goitatael;n4063703 dijo:
El titulo del hilo no dice nada de los intermitentes, solo movil y cinturones.

Tienes toda la razón del mundo,...... a que esperas para escribir sobre ello?? jaja

No te esfuerces, todos los hilos se diluyen en varios temas, pero eso no tiene porque ser malo, en general, para el foro...
 
Supongo, porque ya dudo de todo, que el texto completo del artículo 109 del Código de Circulación es este:

Artículo 109. Advertencias ópticas.

1. El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias ópticas se efectuarán con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra, y, si son luminosas, permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquélla.

2. A los efectos del apartado anterior, deberá tenerse en cuenta, además, lo siguiente:

a) El desplazamiento lateral será advertido utilizando la luz indicadora de dirección correspondiente al lado hacia el que se va a realizar, o el brazo, en posición horizontal con la palma de la mano extendida hacia abajo, si el desplazamiento va a ser hacia el lado que la mano indica, o doblado hacia arriba, también con la palma de la mano extendida, si va a ser hacia el contrario.

En las maniobras que impliquen un desplazamiento lateral, es éste el que exclusivamente se avisa, por lo que la advertencia deberá concluir tan pronto como el vehículo haya adoptado su nueva trayectoria.

b) La marcha hacia atrás será advertida con la correspondiente luz de marcha atrás, si dispone de ella, o, en caso contrario, extendiendo el brazo horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.

c) La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos.

Cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, se deberá señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia, si se dispone de ella, y, en su caso, con las luces de posición.

Si la inmovilización se realiza para parar o estacionar deberá utilizarse, además, el indicador luminoso de dirección correspondiente al lado hacia el que vaya a efectuarse aquélla, si el vehículo dispone de dicho dispositivo.

3. Con la misma finalidad que para las acústicas se señala en el artículo siguiente y para sustituirlas podrán efectuarse advertencias luminosas, incluso en poblado, utilizando en forma intermitente los alumbrados de corto o de largo alcance, o ambos alternativamente, a intervalos muy cortos y de modo que se evite el deslumbramiento.


Heima, yo no soy ningún "cuñao". Este artículo que has citado es la base de mi argumentación. Mientras el vehículo que adelanta no regresa al carril de donde ha partido la maniobra no concluye, y por lo tanto, el vehículo que adelanta tiene que mantener el aviso de que está fuera del carril de origen, al que tiene obligatoriamente que regresar. En el momento que ha regresado, termina la maniobra y apaga el intermitente izquierdo.

No obstante y como te han salido a "jalear" algún "palmero" que otro, en lo que a mi respeta asumo algo que ya es elemental: cada cual aplica las normas a su conveniencia, convencido de que lo hace bien. Los demás somos tontos o nos creemos que somos los más listos del mundo mundial. Y lo más grave: No tenemos derecho a discrepar ni a expresar nuestros criterios.

Sí, eso de que se pueden accionar los dos intermitentes te lo podías haber ahorrado, pues también está contemplado en el referido artículo 109, cuando se refiere a detener la marcha y encender las luces de emergencia. Luces de emergencia no es lo mismo que pretender poner en marcha los dos intermitentes a la vez para avisar de un adelantamiento.

Mavard: Me he centrado en la circulación por carretera porque es el incidente que plantea Kafka. En todo caso quiero agradecerte que le hayas echado (etc) diciendo que comprendes mi argumentación... Es que te estás jugando la yugular...

Goitatael: Es cierto que el hilo tiene un título pero Kafka se ha referido a que más del 80% de vehículos que le adelantaron en un viaje, no señalaron con el intermitente derecho a regreso al carril de origen.
 
Goitatael;n4063703 dijo:
El titulo del hilo no dice nada de los intermitentes, solo movil y cinturones.

Que vamos a hacer.........ya está la burra en el trigo............pero vamos..........esto es un foro................y yo con el rosario de al tarde.

Saludos y Feliz semana..........muy corta...........pero semana.............
 
Cocodrilo feliz;n4063721 dijo:
Supongo, porque ya dudo de todo, que el texto completo del artículo 109 del Código de Circulación es este:

Artículo 109. Advertencias ópticas.

1. El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias ópticas se efectuarán con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra, y, si son luminosas, permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquélla.

2. A los efectos del apartado anterior, deberá tenerse en cuenta, además, lo siguiente:

a) El desplazamiento lateral será advertido utilizando la luz indicadora de dirección correspondiente al lado hacia el que se va a realizar, o el brazo, en posición horizontal con la palma de la mano extendida hacia abajo, si el desplazamiento va a ser hacia el lado que la mano indica, o doblado hacia arriba, también con la palma de la mano extendida, si va a ser hacia el contrario.

En las maniobras que impliquen un desplazamiento lateral, es éste el que exclusivamente se avisa, por lo que la advertencia deberá concluir tan pronto como el vehículo haya adoptado su nueva trayectoria.

b) La marcha hacia atrás será advertida con la correspondiente luz de marcha atrás, si dispone de ella, o, en caso contrario, extendiendo el brazo horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.

c) La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos.

Cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, se deberá señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia, si se dispone de ella, y, en su caso, con las luces de posición.

Si la inmovilización se realiza para parar o estacionar deberá utilizarse, además, el indicador luminoso de dirección correspondiente al lado hacia el que vaya a efectuarse aquélla, si el vehículo dispone de dicho dispositivo.

3. Con la misma finalidad que para las acústicas se señala en el artículo siguiente y para sustituirlas podrán efectuarse advertencias luminosas, incluso en poblado, utilizando en forma intermitente los alumbrados de corto o de largo alcance, o ambos alternativamente, a intervalos muy cortos y de modo que se evite el deslumbramiento.


Heima, yo no soy ningún "cuñao". Este artículo que has citado es la base de mi argumentación. Mientras el vehículo que adelanta no regresa al carril de donde ha partido la maniobra no concluye, y por lo tanto, el vehículo que adelanta tiene que mantener el aviso de que está fuera del carril de origen, al que tiene obligatoriamente que regresar. En el momento que ha regresado, termina la maniobra y apaga el intermitente izquierdo.

No obstante y como te han salido a "jalear" algún "palmero" que otro, en lo que a mi respeta asumo algo que ya es elemental: cada cual aplica las normas a su conveniencia, convencido de que lo hace bien. Los demás somos tontos o nos creemos que somos los más listos del mundo mundial. Y lo más grave: No tenemos derecho a discrepar ni a expresar nuestros criterios.pues también está contemplado en el referido artículo 109, cuando se refiere a detener la marcha y encender las luces de emergencia

Sí, eso de que se pueden accionar los dos intermitentes te lo podías haber ahorrado,. Luces de emergencia no es lo mismo que pretender poner en marcha los dos intermitentes a la vez para avisar de un adelantamiento.

Mavard: Me he centrado en la circulación por carretera porque es el incidente que plantea Kafka. En todo caso quiero agradecerte que le hayas echado (etc) diciendo que comprendes mi argumentación... Es que te estás jugando la yugular...

Goitatael: Es cierto que el hilo tiene un título pero Kafka se ha referido a que más del 80% de vehículos que le adelantaron en un viaje, no señalaron con el intermitente derecho a regreso al carril de origen.

Lo siento mucho pero eso no está tipificado en el CC.........por lo menos en el mío.......................

c) La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos.

Los de los indicadores de dirección simultáneos..........se utilizan de forma general.............para malos usos...........es decir.........solamente están para lo que están............y su utilización correcta está tipificada claramente.

Solo para tener la ideas claras y no confundir................


CONDUCIR ¿Sabes usar los cuatro intermitentes? (y otras cinco dudas razonables)


Las costumbres al volante no siempre se ajustan al Reglamento General de Circulación. Un repaso a algunas normas que no están claras.

SERGIO AMADOZ 16 OCT 2017 [IMG2=JSON]{"data-align":"none","data-size":"full","src":"https:\/\/motor.elpais.com\/wp-content\/uploads\/2017\/10\/2017_10_02_intermitentes.jpg"}[/IMG2]
Una imagen muy habitual (e innecesaria) en un atasco.

Unos cien metros más adelante, el tráfico parece atascarse de pronto y un conductor se ve obligado a frenar de pronto; en un gesto automático, inmediatamente activa las luces de emergencia, los cuatro intermitentes. Mal. Así pretendía avisar de la disminución de la velocidad al vehículo que lo sigue (y de hecho consigue su objetivo), pero está incumpliendo lo que marca el Reglamento General de Circulación.


Saludos.

Se me olvidaba........para comprar el periódico o el tabaco en doble fila o mal estacionado............tampoco sirven de nada.................a nivel legal.
 
Poner las luces de emergencia no es correcto. De acuerdo. Pero la pregunta que me hago, No es mejor señalizarlo así que con el Brazo? Lo digo porque no vería descabellado que se pudiera aceptar el uso de las luces de emergencia en alguna actualización del código de circulación. Desde luego ya está muy extendido aunque esté mal hecho.
 
No está falto de razones. Sólo queria que quede claro la utilización de los sistemas de señalización óptica.
Saludos.
 
Seguir discutiendo esto me parece ya absurdo...



Artículo 31 Utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha

El conductor de un automóvil o de un vehículo especial con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos circulará por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia. Además, fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.

...

Artículo 83. Adelantamiento en calzadas de varios carriles.

1. En las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el sentido de su marcha, el conductor que vaya a efectuar un nuevo adelantamiento podrá permanecer en el carril que haya utilizado para el anterior, a condición de cerciorarse de que puede hacerlo sin molestia indebida para los conductores de vehículos que circulen detrás del suyo más velozmente.



Con lo cual todos los vehículos, camiones incluidos, que circulan por la izquierda inmediata del carril derecho en una autopista/autovía tienen que ir con el intermitente izquierdo encendido, porque están en plena maniobra de adelantamiento hasta que vuelvan a su "trayectoria normal", aunque con ello puedan confundir al resto de usuarios y más si en esa citada autovía/autopista hay desvíos o salidas de ella por la izquierda, ¿no?

(Lo de "trayectoria normal" no he sido capaz de encontrarlo en todo el Reglamento General de Circulación)
 
Cocodrilo feliz;n4063721 dijo:
Supongo, porque ya dudo de todo, que el texto completo del artículo 109 del Código de Circulación es este:

Artículo 109. Advertencias ópticas.

1. El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias ópticas se efectuarán con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra, y, si son luminosas, permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquélla.

2. A los efectos del apartado anterior, deberá tenerse en cuenta, además, lo siguiente:

a) El desplazamiento lateral será advertido utilizando la luz indicadora de dirección correspondiente al lado hacia el que se va a realizar, o el brazo, en posición horizontal con la palma de la mano extendida hacia abajo, si el desplazamiento va a ser hacia el lado que la mano indica, o doblado hacia arriba, también con la palma de la mano extendida, si va a ser hacia el contrario.

En las maniobras que impliquen un desplazamiento lateral, es éste el que exclusivamente se avisa, por lo que la advertencia deberá concluir tan pronto como el vehículo haya adoptado su nueva trayectoria.

b) La marcha hacia atrás será advertida con la correspondiente luz de marcha atrás, si dispone de ella, o, en caso contrario, extendiendo el brazo horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.

c) La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos.

Cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, se deberá señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia, si se dispone de ella, y, en su caso, con las luces de posición.

Si la inmovilización se realiza para parar o estacionar deberá utilizarse, además, el indicador luminoso de dirección correspondiente al lado hacia el que vaya a efectuarse aquélla, si el vehículo dispone de dicho dispositivo.

3. Con la misma finalidad que para las acústicas se señala en el artículo siguiente y para sustituirlas podrán efectuarse advertencias luminosas, incluso en poblado, utilizando en forma intermitente los alumbrados de corto o de largo alcance, o ambos alternativamente, a intervalos muy cortos y de modo que se evite el deslumbramiento.


Heima, yo no soy ningún "cuñao". Este artículo que has citado es la base de mi argumentación. Mientras el vehículo que adelanta no regresa al carril de donde ha partido la maniobra no concluye, y por lo tanto, el vehículo que adelanta tiene que mantener el aviso de que está fuera del carril de origen, al que tiene obligatoriamente que regresar. En el momento que ha regresado, termina la maniobra y apaga el intermitente izquierdo.

No obstante y como te han salido a "jalear" algún "palmero" que otro, en lo que a mi respeta asumo algo que ya es elemental: cada cual aplica las normas a su conveniencia, convencido de que lo hace bien. Los demás somos tontos o nos creemos que somos los más listos del mundo mundial. Y lo más grave: No tenemos derecho a discrepar ni a expresar nuestros criterios.

Sí, eso de que se pueden accionar los dos intermitentes te lo podías haber ahorrado, pues también está contemplado en el referido artículo 109, cuando se refiere a detener la marcha y encender las luces de emergencia. Luces de emergencia no es lo mismo que pretender poner en marcha los dos intermitentes a la vez para avisar de un adelantamiento.

Mavard: Me he centrado en la circulación por carretera porque es el incidente que plantea Kafka. En todo caso quiero agradecerte que le hayas echado (etc) diciendo que comprendes mi argumentación... Es que te estás jugando la yugular...

Goitatael: Es cierto que el hilo tiene un título pero Kafka se ha referido a que más del 80% de vehículos que le adelantaron en un viaje, no señalaron con el intermitente derecho a regreso al carril de origen.
Si no entiendes la primera parte del articulado, no hay nada que hacer...

1. El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral

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