Hola,
ya se que prácticamente no participo, aunque os leo mucho (soy aspirante a camgpista, esta semana posiblemente me hago con la caravana.), el tema del permiso de conducir, ya sea el B+E o el "B-96", he de confesar que me tenia preocupado, hasta que di con la norma que lo aclara.
Corto y pego:
http://www.dgt.es/Galerias/segurida.../reglamento-trafico/reglamento_trafico181.pdf
Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
(Texto vigente a 31 de diciembre de 2013)
Artículo 4. Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo.
e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Creo que queda aclarado.