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mucho más que un foro

Pregunta Peso de caravana.

Así es, es mi opinión, esté en lo cierto o no, y la expreso. Mañana espero buscar el BOE donde define esos conceptos.

Además, ofreces ese documento y no dice para nada lo que comentas: "...Suma de la masas del vehículo de motor cargado y del remolque arrastrado cargado para su utilización por las vías públicas...", nada más, y es exactamente lo que he estado diciendo todo el rato.

No pretendo liar nada aunque tu no eres quien para decirme que no la lie, bien por no haberme leído el resto del hilo y acatar lo que ahí se expone, ya que lo tengo muy claro.

Los pesajes en ruta se les hace a los vehículos de mercancías y punto. A nosotros no nos van a paesar ningún elemento para ver si yendo casi vacíos podemos llevar legalmente un conjunto cuya suma de MMA's es superior a lo que ampara la ley o que el peso real de una cv vacía es inferior a la MMR de nuestro coche si su MMA está fuera de rango....

Siempre es lo mismo y en muchos otros temas recurrentes. Hay que leer la masa máxima autorizada total que indica que podemos llevar con nuestro carnet de conducir, los máximos de cada vehículo y el máximo en el conjunto, que es lo que se está tratando. La MMR es particular de cada coche independiente del tipo de carnet de conducir que tengamos.

A ver si alguien aporta información del ultimo BOE al respecto mientras la busco mañana.

Juansinmiedo No pretendía ofender , simplemente no volver al punto 0. como digo lee el hilo entero . El BOE le tienes puesto ya en este hilo. Por no decir que varios nos acabamos de sacar el E y la interpretación que haces de esa frase no es correcta .

Pero bueno , la persona que pregunto lo tiene claro ..



Un saludo


Enviado utilizando Tapatalk
 
Y digo yo....si baja la MMA del coche en 200kg (por ejemplo), ¿No es posible que sea con el condicionante de bajar también la MMR y la MMC? Porque se está hablando de bajar MMA de un vehículo, en el que probablemente se haya tenido en cuenta ésta para calcular MMR y MMC.....al igual te hacen bajar esos dos valores también y es vender la moto para comprar Gasolina....un saludo
Oscar
 
Esta interesante el debate, Alejandrodogs, esta realizando una labor "dicatica" muy buen para el foro, hay que agradecerle el tiempo ionvertido.


Pero la forma de interpretar las cosas Juansimedio, la veo también muy acertada.


Hago notar que los libros de autoescuela están redactados por personas que "interpretan" la normativa, al igual que las que que suben a la red tests en los que la DGT no tiene nada que ver y estos pueden incurrir en errores, por lo que aplica en ultima instancia es la Ley, obviamente no porque lo diga yo.




Según he podido ver en el BOE-020_Código de Tráficoy Seguridad Vial Edición actualizada a 22 de mayo de 2014:

https://www.boe.es/legislacion/codigos/abrir_pdf.php?fich=020_Codigo_de_Trafico_y_Seguridad_Vial.pdf

mmc1.jpg

mmc2.jpg

Y ahora llega el lio, ya que según normativa llegan las "interpretaciones":

ANEXO IXMASAS Y DIMENSIONES(Incluye las modificaciones introducidas por la Orden PRE/3298/2004, de 13 deoctubre, por la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la OrdenPRE/2788/2015, de 18 de diciembre y por la Orden PRA/499/2017, de 1 dejunio)1. Definiciones:

http://www.interior.gob.es/document...O+IX.pdf/d9dd9f68-c132-4400-a3c1-d77433dd9bc8

mmc3.JPG
y a continuación dicta:

mmc-4.jpg

Por tanto veo que volvemos a lo mismo que ya se ha dicho otras veces.

Esta normativa es interpretable, y ya se ha dicho que lo mas sensato es ver la nominativa desde el lado mas desfavorable, ya que según quien tenga que ejercer la autoridad, bien sea un agente o un juez, puede que no comulgue con lo que has interpretado para tu interés.

Por lo que digo yo, si puedes evitarlo ¿ vas a jugártela a que la autoridad pueda interpretar en tu contra?
 
Peso de caravana.

Esta interesante el debate, Alejandrodogs, esta realizando una labor "dicatica" muy buen para el foro, hay que agradecerle el tiempo ionvertido.


Pero la forma de interpretar las cosas Juansimedio, la veo también muy acertada.


Hago notar que los libros de autoescuela están redactados por personas que "interpretan" la normativa, al igual que las que que suben a la red tests en los que la DGT no tiene nada que ver y estos pueden incurrir en errores, por lo que aplica en ultima instancia es la Ley, obviamente no porque lo diga yo.




Según he podido ver en el BOE-020_Código de Tráficoy Seguridad Vial Edición actualizada a 22 de mayo de 2014:

https://www.boe.es/legislacion/codigos/abrir_pdf.php?fich=020_Codigo_de_Trafico_y_Seguridad_Vial.pdf

Ver el archivos adjunto 179735

Ver el archivos adjunto 179736

Y ahora llega el lio, ya que según normativa llegan las "interpretaciones":

ANEXO IXMASAS Y DIMENSIONES(Incluye las modificaciones introducidas por la Orden PRE/3298/2004, de 13 deoctubre, por la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la OrdenPRE/2788/2015, de 18 de diciembre y por la Orden PRA/499/2017, de 1 dejunio)1. Definiciones:

http://www.interior.gob.es/document...O+IX.pdf/d9dd9f68-c132-4400-a3c1-d77433dd9bc8

Ver el archivos adjunto 179737
y a continuación dicta:

Ver el archivos adjunto 179738

Por tanto veo que volvemos a lo mismo que ya se ha dicho otras veces.

Esta normativa es interpretable, y ya se ha dicho que lo mas sensato es ver la nominativa desde el lado mas desfavorable, ya que según quien tenga que ejercer la autoridad, bien sea un agente o un juez, puede que no comulgue con lo que has interpretado para tu interés.

Por lo que digo yo, si puedes evitarlo ¿ vas a jugártela a que la autoridad pueda interpretar en tu contra?

Esta fenomenal este post , menuda currada [emoji1319][emoji1319][emoji1319]


Las dos son válidas y Tal y como me lo explicaron a mi ...

si no existe normativa por parte de fabricante la MMC = MMA+ MMR de vehículo tractor

Si existe restricción de MMC en ficha técnica : vehículo y tractor cargado para circular por vías públicas .

Como en casi todo en tráfico ( aun recuerdo el puto examen del E) , esta la norma general y las restricciones o excepciones .


Asi lo entendí yo , y así lo contestaba en los test de examen.

Buen post nenacriva

Saludos


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Juansinmiedo No pretendía ofender , simplemente no volver al punto 0. como digo lee el hilo entero . El BOE le tienes puesto ya en este hilo. Por no decir que varios nos acabamos de sacar el E y la interpretación que haces de esa frase no es correcta .

Pero bueno , la persona que pregunto lo tiene claro ..



Un saludo


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Tranquilo, no pasa nada...!!!

Piensa que este tema, al igual que otros muchos, son de un calado trascendental. No importa las veces que volvamos al punto de partida si con ello logramos aclarar definitivamente cualquier resquicio de duda, más si cabe cuando cada uno opina e influye en las decisiones de quienes van a actuar en consecuencia cuando el que opina no tiene ese problema a tratar. Es muy fácil decir y creer firmemente en la interpretación de algo concreto ( no creo que nadie lo haga con mala intención ) llevando a los protagonistas a actuar y estar expuestos a sanciones durísimas, siendo éstas el menor de los males, tal vez....

Así que, ante todo, cordialidad, ganas de ofrecer tanto como de aprender y mucha capacidad cognitiva ...




Y digo yo....si baja la MMA del coche en 200kg (por ejemplo), ¿No es posible que sea con el condicionante de bajar también la MMR y la MMC? Porque se está hablando de bajar MMA de un vehículo, en el que probablemente se haya tenido en cuenta ésta para calcular MMR y MMC.....al igual te hacen bajar esos dos valores también y es vender la moto para comprar Gasolina....un saludo
Oscar

No lo creo, aunque siempre podemos preguntar antes de actuar.

Cada vehículo tiene una MMA que surge de una MTMA, así que pueden coincidir ambas o ser inferior la primera a la segunda. Si la disminuyes no afectas nada más que a la carga que le aportas al vehículo, que va a ser menor de la total admisible por la propia MMA anterior y la MTMA.

La MMC es ineludible, logrando una compás de variantes con la que podemos aumentar la MMA del remolque; eso sí, como tope sería la MMR del coche.....

Esta interesante el debate, Alejandrodogs, esta realizando una labor "dicatica" muy buen para el foro, hay que agradecerle el tiempo ionvertido.


Pero la forma de interpretar las cosas Juansimedio, la veo también muy acertada.


Hago notar que los libros de autoescuela están redactados por personas que "interpretan" la normativa, al igual que las que que suben a la red tests en los que la DGT no tiene nada que ver y estos pueden incurrir en errores, por lo que aplica en ultima instancia es la Ley, obviamente no porque lo diga yo.




Según he podido ver en el BOE-020_Código de Tráficoy Seguridad Vial Edición actualizada a 22 de mayo de 2014:

https://www.boe.es/legislacion/codigos/abrir_pdf.php?fich=020_Codigo_de_Trafico_y_Seguridad_Vial.pdf

Ver el archivos adjunto 179735

Ver el archivos adjunto 179736

Y ahora llega el lio, ya que según normativa llegan las "interpretaciones":

ANEXO IXMASAS Y DIMENSIONES(Incluye las modificaciones introducidas por la Orden PRE/3298/2004, de 13 deoctubre, por la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la OrdenPRE/2788/2015, de 18 de diciembre y por la Orden PRA/499/2017, de 1 dejunio)1. Definiciones:

http://www.interior.gob.es/document...O+IX.pdf/d9dd9f68-c132-4400-a3c1-d77433dd9bc8

Ver el archivos adjunto 179737
y a continuación dicta:

Ver el archivos adjunto 179738

Por tanto veo que volvemos a lo mismo que ya se ha dicho otras veces.

Esta normativa es interpretable, y ya se ha dicho que lo mas sensato es ver la nominativa desde el lado mas desfavorable, ya que según quien tenga que ejercer la autoridad, bien sea un agente o un juez, puede que no comulgue con lo que has interpretado para tu interés.

Por lo que digo yo, si puedes evitarlo ¿ vas a jugártela a que la autoridad pueda interpretar en tu contra?

Muchas gracias por tus palabras, de eso se trata, de lograr llegar hasta el fin y con éxito, logrando con razonamientos lo que vale como referente, que es ese BOE que has puesto y de reciente publicación.





Dicho esto, pues a ver si con estas palabras termino por definir mi interpretación sobre este tema....



Hay que tener claro que cada vehículo tiene un límite de carga otorgado por la MMA por el cual jamás deberíamos superarlo. Otra cosa es que se toleren ciertos márgenes de pesaje, etc.

En el tema que nos concierne, se pretende reducir esa MMA original. De esta manera podrá cargar menos y será la persona que lleve el vehículo responsable de estar dentro de los parámetros requeridos.

La MMR del coche es el tope de la masa remolcada cargada que descansa sobre los ejes habiendo descontado el peso sobre la bola, que recaerá sobre la MMA del coche.

La MMA de la cv podrá llevar una carga útil que la limita la propia MMA de la cv, quedando de nuevo la responsabilidad de esa cantidad en el conductor del conjunto.

Si alguno de los dos vehículos apenas lleva carga no significa que el resto hasta ese tope o parte del mismo pueda cargarse en el otro o viceversa para lograr obtener formar un conjunto tractor-remolque superior a la MMC, como por ej. el coche vacío y una cv con más de 200 Kg de MMA que la permitida por la MMC, incluso que esté dentro del rango de la MMR del coche para quedar todo dentro de esa MMC, todo ello pesado en báscula.

Así que, como bien está escrito en ese BOE, la MMC condiciona la suma de la MMA y MMR del coche.

Volviendo al punto 0.....

Si obtenemos una reducción de la MMA del coche podemos aumentar la MMA del remolque siempre y cuando ésta esté dentro del rango de la MMR del coche, logrando llegar al punto exacto de la MMC tanto en papeles como cargados realmente.
Podemos ir más allá incluso, la de rebajar la MMA del remolque aunque no lo recomendaría, ya que podemos encontrarnos en una situación muy delicada si por cualquier circunstancia nos pesan en ruta (algunas CC.AA parece que han encontrado un filón y en el extranjero lo desconozco....). Es muy difícil resistirse a ciertos accesorios que no son livianos, precisamente, y restan carga útil para el resto de enseres....

No tengo nada más que decir, salvo lo de recordar que si se hace esta gestión hay que pasar por Tráfico y por la compañía de seguros para que lo sepan.

Saludos y perdonar por el tocho....!!!
 
Esta bes la documentación del coche que a todo esto no la había puesto.Un saludo compañeros y gracias por la ayuda.
 
buenoooooooooooooooooo, me voy fuera un par de días y este post, se esconde en los confines del foro.

en fin ahora el que discrepa soy yo, sobre todo con la interpretación del compañero juansimedio.

mi interpretación es ceñirme estrictamente a lo que leo en la norma y la norma dice MMC= MMA+MMR

no leo por ningun sitio que la MMR=MMC-MMA, al igual que tampoco leo MMA=MMC-MMR, por mucho que nos empeñemos en cambiar los factores de sitio, solamente leemos MMC=MMA+MMR

luego hay excepciones a la norma, como son:


attachment.php


ya estamos en el punto al cual hemos llegado todos.

y aquí ya hay 2 variantes muy distintas entre si;
-una limitar la MMR , que muchos compañeros defienden.
-Y la otra limitar la carga del conjunto, bien sea la carga del coche o bien la de la caravana.

Antes de nada, he de decir como bien decía el compañero juansinmedio, que yo no tengo este problema de limitación de MMC, por lo tanto todo lo que pongo por aquí, es lo que yo interpreto de la norma y posiblemente pueda estar equivocado en mi interpretación , o no, pero lo que expongo, es lo que me han confirmado como dije en algún post anterior, un capitán de una agrupación de trafico de la G.C. otro miembro de esa misma agrupación y algún ingeniero de I.T.V.

Y ya como ultimo punto, quiero resaltar que estoy convencido de que los legisladores, hacen las normas para que sean usadas con sentido común, y al hilo de esto ultimo, ( esto es una opinión personal), no veo muy de sentido común, limitar la MMR de este coche a 850 kg, cuando dispone de una MMA de 2200 kg ( foto de documentación adjunta).

Mirad, yo tengo en casa 2 vehículos pequeños, los de mis hijos;
uno es un ibiza 1900 tdi con una MMA de unos 1500kg aprox. y una MMR de 1000 kg
el otro es un peugeot 206 con una MMA de nuevamente 1500 kg aprox y una MMR de 900 kg.
Ambos son de 90 cv de potencia y ninguno tiene limitación en la MMC.

Decirme si de verdad tiene mucho sentido limitar la MMR del coche del post , (os recuerdo que es un coche de 2200KG de MMA con motor 2000 cc y 150 cv según la documentación expuesta en el anterior post), a 850 kg cuando coches inferiores ( según mi criterio) como los que yo tengo en casa, tienen mas capacidad de arrastre, yo la verdad, no le veo demasiado sentido.

en fin, como dije antes, es mi opinión y la expongo tal y como yo la veo.
 
buenoooooooooooooooooo, me voy fuera un par de días y este post, se esconde en los confines del foro.

en fin ahora el que discrepa soy yo, sobre todo con la interpretación del compañero juansimedio.

mi interpretación es ceñirme estrictamente a lo que leo en la norma y la norma dice MMC= MMA+MMR

no leo por ningun sitio que la MMR=MMC-MMA, al igual que tampoco leo MMA=MMC-MMR, por mucho que nos empeñemos en cambiar los factores de sitio, solamente leemos MMC=MMA+MMR

luego hay excepciones a la norma, como son:


attachment.php


ya estamos en el punto al cual hemos llegado todos.

y aquí ya hay 2 variantes muy distintas entre si;
-una limitar la MMR , que muchos compañeros defienden.
-Y la otra limitar la carga del conjunto, bien sea la carga del coche o bien la de la caravana.

Antes de nada, he de decir como bien decía el compañero juansinmedio, que yo no tengo este problema de limitación de MMC, por lo tanto todo lo que pongo por aquí, es lo que yo interpreto de la norma y posiblemente pueda estar equivocado en mi interpretación , o no, pero lo que expongo, es lo que me han confirmado como dije en algún post anterior, un capitán de una agrupación de trafico de la G.C. otro miembro de esa misma agrupación y algún ingeniero de I.T.V.

Y ya como ultimo punto, quiero resaltar que estoy convencido de que los legisladores, hacen las normas para que sean usadas con sentido común, y al hilo de esto ultimo, ( esto es una opinión personal), no veo muy de sentido común, limitar la MMR de este coche a 850 kg, cuando dispone de una MMA de 2200 kg ( foto de documentación adjunta).

Mirad, yo tengo en casa 2 vehículos pequeños, los de mis hijos;
uno es un ibiza 1900 tdi con una MMA de unos 1500kg aprox. y una MMR de 1000 kg
el otro es un peugeot 206 con una MMA de nuevamente 1500 kg aprox y una MMR de 900 kg.
Ambos son de 90 cv de potencia y ninguno tiene limitación en la MMC.

Decirme si de verdad tiene mucho sentido limitar la MMR del coche del post , (os recuerdo que es un coche de 2200KG de MMA con motor 2000 cc y 150 cv según la documentación expuesta en el anterior post), a 850 kg cuando coches inferiores ( según mi criterio) como los que yo tengo en casa, tienen mas capacidad de arrastre, yo la verdad, no le veo demasiado sentido.

en fin, como dije antes, es mi opinión y la expongo tal y como yo la veo.

Faltaría más....!!! Cada uno expone lo que interpreta y, dudo que lo haga a mala fe, pero hay que tener mucho cuidado, como bien dices, que podemos influenciar con razonamientos erróneos con una enorme trascendencia....

Hay que tener muy claro que 999 respuestas idénticas no tienen porque ser certeras, aunque lo parezca, y tan sólo una la acertada....

Por suerte o por desgracia, muchos agentes de trafico no interpretan las normas correctamente. Pasa como en los tribunales, donde unos jueces superiores a otros cambian un veredicto por otro. y eso que todos ellos deben saberse e interpretar las leyes al dedillo. En cambio nos pueden enchironarnos por infringirlas, y es que no es normal que todo kiski se la sepa al dedillo pero si en teoría......

Esos mismos agentes tampoco pueden interpretar correctamente el "eterno" dilema del B 96, por ej. Por eso recomiendo siempre que llevemos imprimidos los textos del BOE que nos afecte para que, llegada una situación donde nos vayan a sancionar, tiremos de ese "comodín" y lean in situ la ley; prevenir mejor que curar....

Como bien dices, hay unas excepciones en este tema, por eso hay que tomarlas al pie de la letra, nos guste o no.

Y como pasa con los abogados que encuentran algún resquicio para salvar a sus clientes de una pena o sanción, nosotros "debemos" buscarlas, encontrarlas y aplicarlas. Como lo de bajar unos kilos a la MMA de un coche para que nuestro carnet sea válido para un conjunto determinado. Y es que por un solo Kg nos pueden meter una multa del carajo, por eso aquí aprendemos a la vez que investigamos o encontramos soluciones.

Qué más da si el fabricante hace un pepino de coche si luego pone esa MMC tan ridícula. Hay que acatarla y punto, como tambien me han dicho unos ingenieros de ITV.

Creo que ya hemos escrito bastante al respecto y cada uno sacará sus propias conclusiones. Y si vuelve a surgir este tema, pues sería bueno poner un link de lo que aquí se ha expuesto...

Saludos
 
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