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¿Que herramientas llevais en la caravana?

Tienes razon Jose Luis en cuanto a la modificacion de los repuestos y herramientas obligatorias.
Solo queria hacer mencion al extintor de incendios pues me extrañaba que nadie lo mencionara, aunque en efecto no sea una herramienta. Por error copie el anexo antiguo.
Para que no queden dudas asi ha quedado redactado en el Reglamento de Vehiculos el Anexo correspondiente a los repuestos y accesorios obligatorios

ANEXO XII - ACCESORIOS, REPUESTOS Y HERRAMIENTAS DE LOS VEHÍCULOS
(Redactado conforme a la Orden PRE/52/2010)
Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar los siguientes accesorios, repuestos y herramientas:
1. Los turismos, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg, excepto los vehículos de tres ruedas y cuatriciclos, llevarán la siguiente dotación:
a) Dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo XI.
b) Un chaleco reflectante de alta visibilidad, certificado según el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual, que exige el marcado CE, y que deberá ser conforme con la norma UNE EN 471, mínimo clase 2 (tanto en superficie mínima de materiales como en nivel de retrorreflexión de las bandas). Para una mejor verificación del material retrorreflectante, las bandas deberán llevar integrado el nombre del fabricante de forma visible, legible e indeleble y sin que disminuyan las propiedades de retrorreflexión del citado material.
En el caso de que se realicen funciones de vehículo piloto de protección y acompañamiento, se deberán llevar chalecos tanto para el conductor como para cada uno de los miembros del personal auxiliar.
c) Una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo. En estos casos se circulará respetando las limitaciones propias de cada alternativa.
2. Los autobuses, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.

Gracias por la correccion y reitero mis disculpas
Saludos
 
Buenas noches ; la pregunta que hize no crei que iba a tener estas consecuencias .
jose luis, como molas. Como lleves todo lo que pones en la lista, te hace falta llevar una licencia de alto tonelage. Aunque no lo creais una de las cosas, que no habia pensado nunca en llevar es un extintor. Pero segùn me he estado enterando,los incendios que podemos tener, en la caravana son por sistema electrico,y no vale cualquier extintor para tal tema, cuando me entere que extintor os lo comunicarè. Muchas gracias,por vuestra informaciòn y os lo agradezco. Me aveis dejado impresionado.
Graciassssssssssss





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Carburata... segun la ley..

Vehículos a motor y conjunto de vehículos de hasta 3.500 kg de PMA: uno de clase 13 A/ 55 B

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Turismo + Caravana es conjunto de vehículos si MMA de CV es mayor de 750, pero por la categoría del remolque, que es una categoria especial (4148 REMOLQUE VIVIENDA), el extintor no es obligatorio. Si lo fuese, tened a buen seguro que al pasar la ITV lo pedirían.
Si de mi dependiese, SI que seria obligatorio, tanto el llevarlo como el saber usarlo.

Jose Luis, felicidades por el cofre. Se nota que eres un tipo muy ordenado. Me ha gustado.
 
SAber usarlo,,,,y para que sirve cada extintor,,,,ese apunte es muy bueno.
Yo me harte en la mili( en la marina) de usarlos, asi como de montar vias de mangueras y de todo el material de contraincendios que teniamos. ( tres fuegos reales)+ las practicas cada 3 dias.
he leido por ahi arriba , lo de incendio electrico,,,puede darse,,,el mejor entonces seria uno de polvo, uno de nieve tambien vale, pero hace polvo cualquier cuadro electrico.
Para fuegos por liquidos??' aceite? uno de polvo o nieve, jamas de agua.
Y si se puede apagar un tanque con 2.000l de aceite ardiendo con agua, ya se que lo dudais, yo lo he hecho.
hay un triangulo de fuego: material combustible, temperatura de ignicion y oxigeno, si se suprime uno de los tres,,,se apaga el fuego.
Imagino que pensais que lo mas frecuente es el electrico porque no cocinais en la cv,,,el electrico lo dudo, lleva sus termicos y sus fusibles en todos los circuitos.
la mayoria de fuegos y no son tantos, en una cv son por cocinar, por despistarse con la temperatura del aceite y por saltear .
En un avance o tienda cocina. lo mismo.
Si usamos un radiador electrico,,,y provoca un corto, saltara el fusible, primero del aparato y despues de la cv o a la vez.
Mejor la precaucion y saber lo que estamos haciendo.
Si os digo que en un incendio se pasa frio,,,,me creeriais? es de puro miedo. los labios se hinchan, hasta reventar, el agua que los hidrata se vuelve gaseosa.
un cordial saludo y cuidadin con la cocina.
 
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