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Revisiones gas

Juancho

calladit@
Hola soy nuevo en la web campista!
Quería preguntaros si son obligatorias las revisiones del sistema de gas?
 
Obligatorias ahora mismo no, pero por tu seguridad y la de los demás pásalas , sale a unos 90€ y la tienes para 4 años
 
Por ley son obligatorias

REAL DECRETO 919/2006
ITC-ICG 10 Instalaciones de gases licuados del petróleo (GLP) de uso doméstico en caravanas y autocaravanas

1.Objeto

La presente instrucción técnica complementaria (en adelante, también denominada ITC) tiene por objeto fijar los requisitos técnicos esenciales y las medidas de seguridad que deben observarse referentes al diseño, construcción, pruebas, instalación y utilización de las instalaciones de GLP de uso doméstico en caravanas y autocaravanas, a las que se refiere el art. 2.1,g) del reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos (en adelante, también denominado reglamento).

2.Campo de aplicación
La presente ITC se aplica a las instalaciones y aparatos de GLP para usos doméstico en vehículos habitables de recreo de carretera, como caravanas o autocaravanas.
Se excluyen del ámbito de aplicación los aparatos portátiles que incorporan su propia alimentación de gas.
Las prescripciones relativas al mantenimiento y control periódico de las instalaciones serán aplicables tanto a las instalaciones nuevas como a las existentes.

3.Diseño y ejecución de las instalaciones
El diseño, construcción y montaje de las instalaciones se realizará con arreglo a lo establecido en la norma UNE-EN 1949.
Asimismo, los aparatos que se utilicen en caravanas o autocaravanas cumplirán las disposiciones que trasponen a derecho interno español las directivas específicas de la Unión Europea aplicables a los aparatos de gas, o lo indicado en la ITC-ICG 08, según proceda.
La ejecución de la instalación será realizada por una empresa instaladora de gas.

4.Documentación y puesta en servicio
4.1 Pruebas previas.- De forma previa a la puesta en servicio de la instalación la empresa instaladora, realizará las pruebas previstas en la norma UNE-EN 1949, con el fin de comprobar que la instalación, los materiales y los equipos cumplen los requisitos de resistencia y estanquidad.
Para la verificación de la estanquidad se utilizará un manómetro de rango 0 a 1 bar, clase 1, divisiones de escala de 20 mbar o un manotermógrafo del mismo rango. Se considerará que la prueba es correcta si no se observa una disminución de la presión, transcurrido un período de tiempo no inferior a 15 minutos desde el momento en que se efectuó la primera lectura.
4.2 Certificados.- La empresa instaladora cumplimentará el correspondiente certificado de instalación indicado en el anexo 1 de esta ITC, que se emitirá por triplicado, con copia para el titular de la instalación y para el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
4.3 Puesta en servicio.- Una vez expedido el certificado de instalación, ésta se considerará en disposición de servicio, momento en que el titular de la instalación del vehículo de recreo podrá solicitar al suministrador los envases de GLP.
4.4 Comunicación a la Administración.- No es precisa ninguna comunicación. No obstante, el titular conservará, y tendrá a disposición de la Administración, el certificado de instalación que refleje la instalación de envases de GLP.

5.Condiciones de utilización de la instalación
La presión de funcionamiento de los aparatos de gas deberá ser de 30 mbar.
Los envases, tanto los conectados a la instalación como los vacíos, situados en el interior o en el exterior del volumen habitable deben estar sujetos, tanto durante su utilización como con el vehículo en movimiento.
Se deberán desconectar los envases de la instalación en estacionamientos prolongados sin utilización de la instalación de gas.
No podrán utilizarse las tuberías de la instalación de gas como conductores para la instalación de puesta a tierra o para instalaciones eléctricas o radioeléctricas.

6.Mantenimiento y revisiones periódicas
Los titulares o, en su defecto, los usuarios de las instalaciones de GLP, serán los responsables de la conservación y buen uso de dicha instalación, siguiendo los criterios establecidos en la presente ITC, de tal forma que se halle permanentemente en disposición de servicio, con el nivel de seguridad adecuado. Asimismo atenderán las recomendaciones e instrucciones que, en orden a la seguridad, les sean comunicadas por la empresa instaladora de acuerdo con la norma UNE-EN 1949.
El titular de la instalación deberá encargar cada cuatro años a una empresa instaladora autorizada la revisión de la instalación y aparatos de GLP.
 
Buenos días... Perdón, una duda... la instalación de fábrica viene verificada y certificada, supongo, de acuerdo a esa normativa, anteriormente citada por el compañero José Luis... ¿entonces no habrá que revisar la instalación hasta los cuatro años, desde la fecha de matriculación?

Gracias... Saludos.
 
Buenos días... Perdón, una duda... la instalación de fábrica viene certificada, supongo, de acuerdo a esa normativa, anteriormente citada por el compañero José Luis... ¿entonces no habrá que revisar la instalación hasta los cuatro años, desde la fecha de matriculación?

Gracias... Saludos.
Si tienes el IRV-1, si, ya tienes los primeros 4-5 años cubiertos, depende de la Comunidad Autónoma, si no, no.
 
Gracias, José Luis... es una tranquilidad, creo que para la próxima semana me entregan la mía. Luego ya veremos el tema de suministro. Comentar que Cepsa aquí en mi zona, las gasolineras ya no hacen nuevos contratos.
 
La información que estas dando no es correcta, es obligatorio por ley
Pero no te pide el boletín nadie ... Es a lo que me refiero seguro que hay por ahí un montón de caravanas que no saben ni lo que es una revisión , y sin van con las botellas azules menos aún, por obligatorio está claro que sí en principio sin contrato y sin el boletín no te pueden suministrar las botellas ...
 
Un comentario...
(Al margen del necesario cumplimiento de la ley )

90€ por controlar la presión y dos o tres tornillos...

Pregunta : ¿Qué pasa con las caravanas no sujetas a revisión ? (¿Existen ? )
Alternativa : Una instalación portátil (Leer "Campo de aplicación")

Los sistemas de gas son muy seguros. Muy simples. Infinitamente más que las instalaciones eléctricas, responsables de la inmensa mayoría de incendios.


?
 
La instalacion vendra o no verificada de fabrica, pero no tiene por que venir certificada.
En mi caso, al comprar la caravana, pedí que incluyeran el certificado de la instalacion de gas que la efectuó un técnico externo a la fabrica y al concesionario. Un instalador local.
La caravana la pedí con regulador de camping-gas que es el que uso.
Si no pido que se me de la caravana con el certificado hubiera venido sin él.
No tiene que ver nada la fecha de matriculacion, sino la fecha del certificado. Y tal como indica el documento, se tendra que revisar por una empresa instaladora cada cuatro años.
Y sí. Sí se tiene obligacion de poseer este certificado.
Seguramente nadie lo va a pedir, pero en caso de accidente causado por un escape de gas, sin cerificado el seguro no responde.
Esto es como los perros que tienes la obligacion de dotarlos de chip y carnet de vacunacion. Cuando vas a un camping casi nunca te lo piden. Y digo casi nunca porque a mi me lo han pedido en un par de ellos. Creo que es algo que se ira imponiendo.
 
Buenas tardes! Cuando compre la CV de segunda mano nadie me dio el certificado, he pasado ya 3 ó 4 ITV y nunca me lo han pedido
 
Porque no tienen que pedirlo, peto tu sí que tienes que tenerlo al día, como el de una caldera de gas de casa. Es obligatorio.
 
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