Nos compramos una Autocaravana de segunda mano y tengo una duda , a ver si me podeis ayudar:
¿Es obligatorio tener contrato de gas Butano o Propano al llevar bombonas ?
y es que me vendieron el vehiculo con dos bombonas de Cepsa .
Gracias a todos por vuestra colaboracion .
No es necesario y te remito a:
Real Decreto-Ley 15/1999, de 1 de octubre.
Artículo 1. Comercialización de los gases licuados del petróleo envasados.
2. Se
autoriza el transporte de envases que contengan gases licuados del petróleo, de hasta 15 kilogramos de capacidad unitaria, en
vehículos de uso particular y con un
máximo de dos envases, siempre que se transporten en posición vertical cuando esten llenos y se adopten las medidas adecuadas para evitar su caída. Queda prohibido el estacionamiento de vehículos que contengan envases de gases licuados del petróleo, cualquiera que sea su volumen y carga, en estacionamientos subterráneos.
Como puedes ver está autorizado a llevar dos bombonas, incluso en el coche, y para ello no hace falta contrato...
En el caso de llevar más botellas, o que lleves 2 pero no para uso particular, haría falta carta de porte, pero eso es legislación de transporte de mercancías peligrosas (ADR), pero llevando sólo 2 no es nuestro caso...
Un saludo
A ver la pregunta es tener contrato?, o llevar el contrato para transportar las botellas?