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Off-topic ¡Por fin los 4250 Kg aceptados!

alguien me puede explicar la diferencia entre el B+E y el B ampliado a 4250 kg???





Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES.

TÍTULO I.
DE LAS AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS PARA CONDUCIR.

CAPÍTULO I.
DEL PERMISO Y DE LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN.

Artículo 4.
g. El permiso de conducción de la clase B + E autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
 
El B+E te autoriza a llevar un remolque de hasta 3.500kg de MMA., siempre que dicha MMA no supere la del vehículo tractor, cosa que el B ampliado no.

El B ampliado, te permite llevar menos peso, aunque muchas veces, suficiente.
 
Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES.

TÍTULO I.
DE LAS AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS PARA CONDUCIR.

CAPÍTULO I.
DEL PERMISO Y DE LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN.

Artículo 4.
g. El permiso de conducción de la clase B + E autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.

Vamos a ver, pregunta ¿entonces con el B+E se puede conducir un conjunto formado por un chevrolet Matiz (700 kg), por ejemplo, y un remolque de 3500 kg? Eso si tiene lógica. Como no se me habia ocurrido?
 
Vamos a ver, pregunta ¿entonces con el B+E se puede conducir un conjunto formado por un chevrolet Matiz (700 kg), por ejemplo, y un remolque de 3500 kg? Eso si tiene lógica. Como no se me habia ocurrido?


Depende de lo que autorize la ficha tecnica del Chevrolet Matiz a remolcar, pero dudo mucho que pueda
 
Hay que diferenciar entre limitaciones para conducir (del conductor) y para circular (de los vehículos) por decirlo de algun modo
Muchos tenemos coches que son capaces de tirar de un remolque para el que no estamos autorizados segun nuestros permisos de conducir.
Pues al reves sucede lo mismo, puedes tener permiso para llevar un remolque pesado pero las carcterísticas de tu coche no lo permiten
Saludos
 
Vamos a ver, pregunta ¿entonces con el B+E se puede conducir un conjunto formado por un chevrolet Matiz (700 kg), por ejemplo, y un remolque de 3500 kg? Eso si tiene lógica. Como no se me habia ocurrido?

Por que no te lees el post que he puesto yo y comprenderás que esto es imposible...

Y cito...
El B+E te autoriza a llevar un remolque de hasta 3.500kg de MMA., siempre que dicha MMA no supere la del vehículo tractor, cosa que el B ampliado no.

El B ampliado, te permite llevar menos peso, aunque muchas veces, suficiente.
 
Me parece que esto se ha convertido en una guerra de bandos. Los que estan con el todopoderoso Azor, que AFIRMA (si, si, AFIRMA) que hay que pedir una ampliación del B.

Yo lo unico que tengo claro es que la version del paso "automatico" de los que ya poseemos el B, aparte de posible, puede que sea cierta.

El unico que ha asegurado algo ha sido AZOR y sus atláteres. A mi se me acusa de AFIRMAR que no será necesario, pero yo lo único que afirmo es que NADIE ME HA ASEGURADO QUE SEA NECESARIO pedir una AMPLIACION del B. (Hasta inventamos términos que no salen en el RD como ampliación).

Y sigo diciendo que en el art.4 se especifica los vehículos que podemos llevar con el B (hasta 4250Kg). El art.5 "Condiciones de expedición de los permisos de conducción", no nos afecta porque ya nos han expedido el permiso B.

Esto és lo unico que afirmo, mi interpretación del RD. Como me dijeron en la DGT de Girona, pasará como en lo del carnet de moto, quien ya lo tiviera no era necesario que se adaptara a los tiempos de obtención ni a las limitaciones (y no por llevar varios años ya de experiencia en moto, sino porque ya lo tenia expedido)

Por favor, basta de ataques y aportad cosas...

¡Por Dios!... Y yo sin enterarme de mi todopoderosía y de que me rodean adláteres ¡de lo que se entera uno!...

Cipotal, te has enrocado en un concepto del que no quieres apearte y ante eso ni el propio Pere Navarro en persona te convencería, ya que te has hecho unas ilusiones, que ojalá, fuerancorrectas, pero no lo són, por una simple y llana cuestión, la nueva ley no te puede quitar derechos adquiridos, pero tampoco te puede otorgar privilegios que no tenías frente al resto de los ciudadanos que tienen que regirse por la nueva (todos tenemos que regirnos por ella), ya que si a los que tenemos el B anterior al nuevo Reglamento, nos otorgan la posibilidad (que no tenemos con nustro permiso), de arrastrar un conjunto de hasta 4250 kg por la cara, tal como tu defiendes, la Ley
estaría discriminando a los que se lo saquen a partir del 9 de dic, lo cual es anticonstitucional....
Por cierto, para tu información el nuevo Reglamento esta vigente desde 9-dic-2009 y en la web de la DGT están colgados los requisitos, cuyos enlaces están expuestos en este hilo, leelos con calma e interpreta lo que quieras.




Estimado Walterd inclina la tuya cerviz para recibir la primera...




Y por cierto, Azor, me parece muy triste que vayas repartiendo collejas antes de hora, o es que ya has decidido que hay que hacer pruebas? LA-MEN-TA-BLE.​

En primer lugar, este tema no es contigo, y por si no lo has entendido, es una BROMA con el compañero Walterd, respecto a otra anterior de su parte y en el mismo sentido...es la diferencia entre acritud y sentido del humor, de todas formas si al compañero Walterd le ha molestado, cosa que no creo, ante él me disculparía llegado el caso, pero no ante ti Cipotal, ya que no te atañe...¿fale?

Lo verdaderamente LA-MEN-TA-BLE es tu intolerancia totalitaria respecto a este tema que has crispado gratuitamente

P.D: Te habrás dado cuenta de que sigo siendo amable contigo...:)

me parece que voy a tener que ir sacando la garrota , alguien me esta llamando y cuando aparezco ZASSS , garrotazo seguro

Pues pa luego es tarde :iroc:
 
Pues Azor, siento discrepar de tu opinion sobre la norma.
Bien es cierto que la referencia que literalmente dicta la nueva normativa, no es digamos, clarificadora ni mucho menos, por eso, evidentemente estamos aqui opinando, porque entre otras cosas caben interpretaciones varias.
Yo personalmente, creo que a los que tenemos el B antes de entrar en vigor esta nueva normativa, nos ampara para llevar los 4250Kgs, y a partir de ese momento, para poder llevarlos, sera necesario la prueba para los nuevos titulares del citado permiso.
Parece injusto, evidentemente tambien los del B+E, se sentiran mal.

Pero no es la primera ni la unica vez que la administracion dicta normas y su efecto retroactivo es mas beneficioso para los ya interesados.
El ejemplo que te ponen es bastante claro, y es logico, por otro lado que la experiencia la tengan en cuenta, como ocurrio con los permisos de las motocicletas.
En fin es una opinion personal, sin animos de mas nada, solo eso.
A mi me lo comento tambien personalmente el ingeniero de la ITV de mi zona que es tambien caravanero y me lo repitio varias veces, que no era necesario para los que ya teniamos el B, realizar la prueba.

Pero bueno, visto lo visto, cualquier cosa pudiera ser la verdad, es que se han lucido con tanta claridad, no me extraña que luego la gente nos hagamos la pirula un lio.
Un saludo
 
Luisete, creo que te tienes que volver a leer mi respuesta...y la Ley.
Para los nuevos B no hay duda de
+ que pasan las pruebas. Para los antiguos...es el único tema que admite discusión.

Repito que si tu fuente dice que "hasta 4250 kg no hay problema con el B" no es muy de fiar.
ya te he dicho que yo he consultado mi caso, ademas de momento de mi fuente me fio hasta que me diga lo contrario,(supongo que si se equvoca o consulta y ve lo contrario me informaria asi que...) tu lo ves claro pues adelate, yo veo en la parrafada por ejemplo :"sin perjuicio de las dispsiciones"... yo que sé ,yo ya paso, lo mas seguro que haga ahora, cuando las aguas vuelvan a su cauce, osea dentro de unos meses me pasare por una autoescuela y si me tengo que examinar de algo pues... y si me dicen que no me hace falta pues p.m.
en el foro hay mas temas y la gente entra a pasarselo bien y desconectar de los problemillas del dia a dia con una aficion comun y practicamente todos son muy buenos. en resumen que estamos aqui para pasar un rato ameno.
 
alguien me puede explicar la diferencia entre el B+E y el B ampliado a 4250 kg???

Esta pregunta es fácil, si fueran así todas las dudas este hilo estaría en la pagina 20, o más.

7000k (que te permite el E) - 4250k (que te permite el otro)= 2750k de diferencia

(más de lo que pesaba mi conjunto anterior en papeles...)

Otra cosa es el coste económico que pueda tener sacarse uno y otro, eso es otro cantar.
 
El B+E te autoriza a llevar un remolque de hasta 3.500kg de MMA., siempre que dicha MMA no supere la del vehículo tractor, cosa que el B ampliado no.


El B+E autoriza a llevar un remolque de hasta 3500 kg. Si el tractor puede con él, no hay ninguna limitación. Así y todo, todos los vehículos tienen la limitación de que no pueden llevar un remolque superior a su MMA excepto los todo terrenos que pueden arrastrar hasta 1,5 veces su MMA (sin superar los 3500 kg).

El nuevo reglamento ha retirado la condición de que se necesita el E para llevar un remolque cuya MMA supera la tara del vehículo tractor. Esta es una modificación significativa que beneficiará principalmente a los propietarios de todo terrenos.
 
El problema que veo es que Azor ya ha decidido que TODO EL MUNDO deberá hacer las pruebas. Puede ser que estés poseido por Pere Navarro. ¿Por que no haces el favor de rebatirme mis razonamientos (y los de muchos otros) y dejas ya de hacer alusiones a mi persona?

Yo vengo aquí a compartir mis averiguaciones, si bien no són por escrito, són oficiales (DGT, SCT, ITV,...). Además lo que deseo es que la gente aporte otras averiguaciones, como ya se ha hecho.
Si yo me he enrocado, tu que has hecho? te veo dispuesto a derribar cualquier opinión que no respalde tu teoria, y lo que es peor, sin argumentos.

Si a ti te funciona este sistema, adelante, pero te pido que no des collejas, ni digas lo que se puede discutir y lo que no.

Sigo esperando respuesta por escrito de varios organismos, cuando las tenga las compartiré con todos. La respuesta que me dierosn en la DGT de Girona fue que, cuando salieron los nuevos carnets de moto hubo mucha gente que por no haberse sacado el A en su momento, tuvo que pasar varias pruebas y periodos de carencia. A mi, que ya lo tenia, ni me hicieron pasar las pruebas, ni los periodos de carencia. Por lo tanto las pruebas para el nuevo B (ampliado a 4250) no las hemos de pasar los que ya tenemos el B.

Gracias por el interés que nos estamos tomando algunos.
 
El problema que veo es que Azor ya ha decidido que TODO EL MUNDO deberá hacer las pruebas. Puede ser que estés poseido por Pere Navarro. ¿Por que no haces el favor de rebatirme mis razonamientos (y los de muchos otros) y dejas ya de hacer alusiones a mi persona?

Yo vengo aquí a compartir mis averiguaciones, si bien no són por escrito, són oficiales (DGT, SCT, ITV,...). Además lo que deseo es que la gente aporte otras averiguaciones, como ya se ha hecho.
Si yo me he enrocado, tu que has hecho? te veo dispuesto a derribar cualquier opinión que no respalde tu teoria, y lo que es peor, sin argumentos.

Si a ti te funciona este sistema, adelante, pero te pido que no des collejas, ni digas lo que se puede discutir y lo que no.

Sigo esperando respuesta por escrito de varios organismos, cuando las tenga las compartiré con todos. La respuesta que me dierosn en la DGT de Girona fue que, cuando salieron los nuevos carnets de moto hubo mucha gente que por no haberse sacado el A en su momento, tuvo que pasar varias pruebas y periodos de carencia. A mi, que ya lo tenia, ni me hicieron pasar las pruebas, ni los periodos de carencia. Por lo tanto las pruebas para el nuevo B (ampliado a 4250) no las hemos de pasar los que ya tenemos el B.

Gracias por el interés que nos estamos tomando algunos.

Cipotal, a mí me parece que te va la marcha.
Sigues defendiendo cosas que se caen por sí solas.
Eres un ser en vías de extinción, ojo no me malinterpretes, con ello solo quiero decir que eres de los pocos que siguen creyendo que el Reglamento te da unos derechos que no vienen por ninguna parte.
Yo creo que ya eres consciente de esta realidad pero lo haces por amenizar el hilo, en cierto modo es divertido

Por si te sirve de algo, ya que nuestras explicaciones de poco sirven, mira este enlace que colgó otro compañero

Aclaración sobre el nuevo Reglamento General de Conductores | Travesía

es una revista para las autoescuelas, algo sabrán...
Saludos a todos
 
Textual del enlace:

"Sin embargo, esta autorización no se hace efectiva con la simple obtención del permiso de la clase B, ya que cuando la MMA de uno de estos conjuntos sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg será necesario superar la siguiente prueba de control de aptitudes y comportamientos:"

A mi entender, sigue diciendo lo que no discutimos, si te sacas el B (OBTENCION) debes hacer las pruebas. Si ya lo tienes (NO OBTENCION) no aclara si se deben hacer.

"eres de los pocos que siguen creyendo que el Reglamento te da unos derechos que no vienen por ninguna parte."

Respondo: léete el art.4 del RD y veras que pone hasta 4250Kg. Yo no me invento nada.
 
Cipotal, está claro que no está todo lo bien redactado que debiera, de lo contrario no estaríamos así.
El problema es que aquí unos artículos complementan a otros y por eso nos lian el barullo que nos lian.
Si diesen los 4250 a los que ya tenemos el B, vendría especificado, como vino en su día lo de las motos de 125
Primero te dice que con el B puedes llevar hasta 4250, pero luego te especifica y desarrolla que para el tramo entre 3500 - 4250 hacen falta pruebas, y no dice que para unos sí y para otros no. Dice para el que quiera esa autorizacion
Saludos
 
Artículo 4. Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo.

2. El permiso de conducción será de las siguientes clases:

e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Está muy claro el redactado.

Artículo 5. Condiciones de expedición de los permisos de conducción.

5. Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.

Condiciones de expedicion. No nos tienen que expedir ningun carnet, ya lo tenemos.

Esta es mi vision y la de muchos otros, del tema.
 
Yo creo que lo que menos debemos hacer es entrar en polemicas personales entre unos y otros. Aqui se han expuesto varias opiniones sobre interpretaciones diferentes de esta nueva normativa, pero en una cosa si parece que estamos de acuerdo y es que la norma no está nada clara, y por eso llevamos ya 21 paginas dandole vueltas a este tema.

La solución a nuestras dudas debe darla la administración asi que posiblemente no conduzca a nada seguir haciendo comentarios, pero yo ahora quisiera compartir con vosotros este resumen que hago de mi opinión, y si ademas alguien que pueda decidir lee todo estos pues le sirva de reflexión (con total humildad por supuesto).

En un comentario anterior dije que este nuevo limite, si requiere pruebas, me parece una GILIPOLLEZ, lo dije asi por utilizar un lenguaje coloquial, ahora quiero matizar el adjetivo asi que en realidad me parece una INCOHERENCIA y en definitiva una solemne ESTUPIDEZ, y lo digo con todas las letras y donde haga falta.

Evidentemente calificar algo no tiene ninguna validez (aunque sea solo etica) si no se acompaña de unos argumentos que lo justifiquen, y a eso voy a continuación (perdonad si me alargo un poco). Aqui se ha comentado que si nos van a regalar o no la ampliación a 4250kgs (yo no veo ningun regalo y ahora me explico), tambien se ha comentado la necesidad de hacer unas pruebas para justificar una capacidad de manejar el remolque, pues tambien me parece que no a lugar.

Voy a resumir el tema en dos apartados: A.- respectoa al limite del conjunto de 3500/4250kgs y B.- respecto de la necesidad de unas pruebas que autoricen los nuevos 4250kgs. Para ello voy a utilizar en algun momento dos ejemplos (hay otros muchos, pero se me ocurren estos dos): 1.- Autocarava de 7mts y 3500kgs de MMA + caravana de 750kgs (de esas antiguas que no llevan matricula roja, de esas que veis a montones por las carreteras) y 2.- Todoterreno de 3 puertas de 4mts y 2600kgs + caravana moderna de cuatro plazas de 1200kgs (vamos de las ligeras de ahora):

Apartado A: respecto al limite de 3500kgs (lo que te permite el B hasta ahora):
Bien, atendiendo a los ejemplos, tenemos:
1: Un conjunto de 4250kgs y 12 mts de longitud que SI puede llevarse con el B actual.
2: Un conjunto de 3800kgs y menos de 10mts de longitud que NO puede llevarse con el B actual.
¿Tiene esto alguna logica?, ¿se debe a algun razonamiento técnico?, pues no, el unico razonamiento es que la ley lo dice asi. El limte de 4250kgs ha existido siempre, pero para remolques de hasta 750kgs, ¿no seria lo logico, lo razonable que el limite para el B sea de 4250kgs cualquier conjunto de coche + remolque, ¿por qué si el remolque es de mas de 750kgs se reduce el limite a 3500kgs?, ¿acaso es más seguro, más facil de conducir o impacta menos en la circulación el conjunto 1 que el 2?

Apartado B: respecto a la necesidad de unas pruebas:
Yo estoy de acuerdo que conducir un remolque requiere unos conocimientos y una practica diferente a la de un automovil solo, pero eso es asi para culaquier remolque sea grande o pequeño, sea de más o menos de 750 kgs. A los ejemplos 1 y 2 me remito, no creo que manejar el conjunto 1 sea menos complejo que el 2, que es más ligero y de menos longitud.
En cualquier caso para acreditar esa capacidad via pruebas ya esta el carnet E (el B+E en nuestro caso), ¿para que inventar una tercera modalidad de carnet?. Teniendo en cuenta ademas que todo el que se ha sacado el E ha sido para poder superar, aunque por poco, los famosos 3500kgs no para que le enseñen en la autoescuela a conducir un remolque.

En fin no me extiendo más, la sensación que tengo de todo esto es que la administarción se ve obligada a poner el limite de 4250kgs (por las razones que sean, para mi son logicas como he explicado en el apartado A), pero algun sector (o más de uno) ve peligrar unos ingresos asi que se han sacado de la manga unas pruebas para justificarlo todo. Siempre el dinero lo mueve todo, da igual la seguridad o cualquier otro razonamiento técnico, logico o etico. Ya veremos como acaba todo esto.

Todos los momentos cuentan. Saludos.
 
No, el permiso que tenemos todos es el B. Eso del B antiguo y el B nuevo es una interpretación (Art.4). En la norma se habla de unas pruebas para la autorización hasta 4250Kg, en el proceso de obtención del B. (art.5)
 
Creo que esto es marear la Perdiz,
ya que muchos interpretáis que los que tenemos el B no necesitamos hacer pruebas para los 4250
y muchos creemos que "todos" tenemos que hacer esas pruebas
Por lo que a mí respecta lo tengo muy claro, y veo que tú también, alguien no está en lo cierto
Esperaremos a ver qué pasa
 
No, el permiso que tenemos todos es el B. Eso del B antiguo y el B nuevo es una interpretación (Art.4). En la norma se habla de unas pruebas para la autorización hasta 4250Kg, en el proceso de obtención del B. (art.5)

Cipotal según das a entender es que a todos los que vayan sacar el B, ya les van a meter unas pruebas para la autorizacion de los 4250, y no es así
Esas pruebas para esa autorizacion son para el que saque el B y quiera acceder a esos 4250
y para el que tenga el B y quiera acceder a los 4250
Saludos
 
"la administarción se ve obligada a poner el limite de 4250kgs (por las razones que sean, para mi son logicas como he explicado en el apartado A), pero algun sector (o más de uno) ve peligrar unos ingresos asi que se han sacado de la manga unas pruebas para justificarlo todo. Siempre el dinero lo mueve todo, da igual la seguridad o cualquier otro razonamiento técnico, logico o etico. Ya veremos como acaba todo esto."

Amén Mikegoody
 
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