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Pregunta !urgente¡

Hola Arroas: Te diré que en el año 2001 me fuí a Tráfico a poner en la autorización tractor/remolque de mi caravana con el coche que me compré en esa fecha. La respuesta en Tráfico fué que yo "circulaba ilegalmente" con esa autorización, por lo que necesité hacer los trámites que he descrito.
Yo no se si, como dice Rocinante, no habeis entendido lo que os hayan dicho o, quizá lo más probable, que no tengan mucha idea en esa ITV. Lo de que lo hayais entendido mal no lo creo por que sería creer otra cosa diferente a la que os explican, por lo tanto.....
Además, no creo que la legislación haya cambiado tanto en estos años. A mi me paró una vez la GC yendo con la caravana y lo primero que me pidieron fué las fichas técnicas de caravana y del coche. Saludos.
 
os comunico que ya tenemos el asunto arreglado,a veces se dan opiniones sin conocimiento de la totalidad de las normas y se asusta a la gente como me pasó a mí.
os cuento: hemos ido a la i.t.v con la caravana en cuestion con la documentacion que os dije es decir:un certificado de la importacion de la cv expedido en la aduana de IRÚN en el año 89 y el famoso carton blanco que ahora no existe y el contrato de compra-venta de la cv.
respuesta de la i.t.v:como ahora ya no es obligatorio ese carton,lo que me hicieron fue una homologacion del conjunto tractor cv y vehiculo nuevo de mi hija y esa homologacion figura en la ficha tecnica del coche justo en la parte inferior donde figura la homologacion del enganche,asi pues en la ficha tecnica del coche figura que arrastra una caravana adria 350 con su nº de chasis,llame posteriormente a trafico y me dijeros que ya estaba todo legal para circular con la cv,en la itv tambien nos dijeron que no son habituales estos procesos pero con cv antiguas lo hacen al menos dos veces al años,con todo lo dicho no siempre se debe creer uno con la razon hasta que se conozca la ley perfectamente.gracias a todos
 
me vas a disculpar ARROAS, pero creo que eso es "pan para hoy y hambre para mañana", y me explico... primero decirte que es la primera vez que oigo este echo, de que te incluyan en la parte de "reformas autorizadas", los datos de una Caravana, y por otro lado y mas importante, la caravana sigue sin tener Ficha Tecnica, por tanto y a mi modesto entender sigue estando al menos irregular.

No obstante si la DGT, te ha asegurado que asi va todo legal, me alegro de ello...
 
Arroas, si crees que as solucionado el tema, pues vale... pero espero que no te encuentres con problemas, un GC que tenga la ley vigente en su PDA te puede inmovilizar la caravana y sancionarte, eso seria lo menos malo, pero si tenéis un accidente puede el seguro lavarse las manos por no llevar las cosas en regla... y ahora me explico...

La ley dice >>> .: Ministerio del Interior (España) - Información sobre Trámites :.

Si quieres la puedes leer entera, pero aqui te pongo lo mas importante:

Artículo 9. Conjuntos de vehículos.

1. Los vehículos, en lo que respecta a su compatibilidad para formar conjuntos, deben cumplir la reglamentación que se recoge, a estos efectos, en el anexo I.

2. Como norma general y salvo las excepciones reglamentariamente establecidas, ningún vehículo tractor podrá arrastrar a la vez más de un remolque o semirremolque.

3. Los vehículos de motor no podrán remolcar a otro vehículo de motor, salvo en el caso de que éste se encuentre accidentado o averiado y no pueda ser arrastrado por otro específicamente destinado a ese fin, supuesto en que está permitido el arrastre hasta la localidad o lugar más próximo donde pueda quedar convenientemente inmovilizado y sin entorpecer la circulación, y siempre que no se circule por autopistas ni autovías.

4. En todo caso, las motocicletas y los vehículos de tres ruedas no podrán arrastrar remolque o semirremolque alguno.

5. Las caravanas y remolques ligeros estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica, expedida de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación vigente que se recoge en el anexo I.

Como he dicho mas de una vez... recuerdo el caso cuando salio el B-96, que un alto cargo de la DGT remitió un correo a un forero diciéndole que con el carnet B podía circular con un conjunto de vehículos de mas de 3.500 kg, siendo el remolque mayor de 750 kg de MMA :banghead: :banghead: :banghead: creo que mas de uno de los que trabajan en la DGT deberían de estudiarse la nueva normativa, pero no solo la de ahora, sino actualizarse desde la ultima vez que cogieron un libro...

Que tengáis suerte.
 
os comunico que ya tenemos el asunto arreglado,a veces se dan opiniones sin conocimiento de la totalidad de las normas y se asusta a la gente como me pasó a mí.
os cuento: hemos ido a la i.t.v con la caravana en cuestion con la documentacion que os dije es decir:un certificado de la importacion de la cv expedido en la aduana de IRÚN en el año 89 y el famoso carton blanco que ahora no existe y el contrato de compra-venta de la cv.
respuesta de la i.t.v:como ahora ya no es obligatorio ese carton,lo que me hicieron fue una homologacion del conjunto tractor cv y vehiculo nuevo de mi hija y esa homologacion figura en la ficha tecnica del coche justo en la parte inferior donde figura la homologacion del enganche,asi pues en la ficha tecnica del coche figura que arrastra una caravana adria 350 con su nº de chasis,llame posteriormente a trafico y me dijeros que ya estaba todo legal para circular con la cv,en la itv tambien nos dijeron que no son habituales estos procesos pero con cv antiguas lo hacen al menos dos veces al años,con todo lo dicho no siempre se debe creer uno con la razon hasta que se conozca la ley perfectamente.gracias a todos​
increible.
hay que ver que ignorantes somos en este foro,,,joer , que lios nos montamos, tanto con la ficha tecnica, tanto buscar datos y resulta que aqui , ARROAS, resuelve todos los problemas con solo acercarse a una i.t.v y llamar a la D.G.T.
Es que no conocemos la ley y confundimos a la gente, la metemos miedo, ademas nos creemos con la razon y claro en casos como este , metemos la pata.
en fin.
 
Joseluis, he sacado esto de tu información:

"5. Las caravanas y remolques ligeros estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica, expedida de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación vigente que se recoge en el anexo I. "

¿Tienes ese Anexo I? Es muy importante para saber quién puede expedirla.
 
Conversacion entre un Guardia Civil y la hija del forero "arroas" en un futuro.

- "Buenos días, ¿me permite la documentación del coche y la caravana por favor?

- Tome señor agente.

-¿Y la ficha técnica de la caravana?

- Me dijeron en la ITV que con este apunte en la ficha técnica del coche era suficiente.

- Espere un momento.

(El Guardia Civil habla por radio para asegurarse del tema).

-Disculpe la espera señora. Yo no sé lo que le dirían a usted en la ITV, pero me confirman que la caravana debe de tener su propia ficha técnica. Le comunico que incumple usted el artículo XXX de la ley XXX de Seguridad Vial y por tanto tengo que sancionarle con 300 euros de multa y 2 puntos del carnet. También le comunico que su caravana queda inmovilizada desde este momento ya que no tiene usted la documentación adecuada para circular con ella.

-(La hija de "arroas" piensa): "Ups si mi padre/madre hubiera hecho más caso a los de webcampista en vez de acusarles de dar opiniones sin conocimiento..."
 
Hola: ¿conocéis el ejército de Pancho Villa?, pues las ITV en España parecen sacadas de Méjico. Cada una hace lo que quiere con los papeles. Chicos, ¿qué tendrá que ver lo que el coche arrastre detrás?
Un automóvil puede arrastrar cualquier remolque de menos de 750 kg. siempre que lleve la matrícula del tractor. ¿Por qué yo he tenido que hacer las fichas técnicas de mi caravana y de un remolque anterior de 200 kg? Con ponerlo en la ficha del coche ya estaba solucionado. Ah, pero surge un problema, ¿y si cambio de coche?, ¿qué hago? ¿ de nuevo todo el papeleo que el compañero Arroas ha realizado?
Desde luego, con tener la/s ficha/s técnica/s se hubieran acabado totalmente los problemas, si no cambia la legislación, claro. Saludos cordiales.
 
Si leeis la información sobre trámites que el amigo José Luis puso, en el artículo 26 lo trae bien clarito. La única duda que tengo es si no habrá cambiado esa legislación. Si alguien lo sabe le agradeceremos que nos saque de dudas para no decirles trolas a los compañeros que preguntan. Gracias y saludos.
 
Bueno, a mi no me parece que el hombre obrará de mala fe, aunque yo no me creo que todo esté resuelto.

Pero escribo para preguntar a Paloma:

Una cv de menos de 750kg para mí solo tiene que ventajas, especialmente para los que recorremos muchos kilómetros en cada viaje. El coche agradecerá el menor peso y nosotros al moverla tambien. Yo siempre he tenido el seguro del coche a todo riesgo que me cubre los daños que haga con el remolque, además tengo hecho uno particular a la cv, además tengo el RACE para el coche que me cubre tambien la cv. Y esto para mi siguen siendo ventajas. Pero la más grande es no tener que pasar la ITV cada dos años, así como arrastrar el mínimo peso posible. Algunas cv sí cumplen los pesos que dice que tiene, no hay más que ir y pesarla, que está al alcance de cualquiera en las básculas oficiales de los ayuntamientos de muchos pueblos.


Desconozco todos los seguros, pero la mayoría, aunque tengas el coche a todo riesgo, la cv solo está a terceros, es decir, no cubre los daños a tu cv, si eres tu el culpable, claro, que es lo que me parece que tu dices, igual estoy equivocado, porque hablas de tres seguros.
 
increible.
hay que ver que ignorantes somos en este foro,,,joer , que lios nos montamos, tanto con la ficha tecnica, tanto buscar datos y resulta que aqui , ARROAS, resuelve todos los problemas con solo acercarse a una i.t.v y llamar a la D.G.T.
Es que no conocemos la ley y confundimos a la gente, la metemos miedo, ademas nos creemos con la razon y claro en casos como este , metemos la pata.
en fin.

Estoy contigo H420.
Este no ha oído hablar de aquel refrán de "....es el ser agradecido."
Este es de los listos.
 
esperemos que ARROAS , nos conteste,... pero ademas de seguir la CV sin su correspondiente FICHA TECNICA, hipotecas la futura venta del vehiculo con esa anotación... pero bueno

Esta mañana, para informarme he hablado con un amigo responsable de las visitas y auditorias a las ITV de todo el Estado, le ha extrañado muchísimo esa actuacióny queasi a bote pronto es irregular a todas luces, precisamente por lo que decimos, la CV sigue sin Ficha, pero si que me comenta que al tener 17 administraciones, puede que alguna "eminencia" ò "lumbrera" en alguna Comunidad , tenga publicada algun Decreto, permitiendo esta notacion.... por eso mi pregunta sobre la Comunidad...

Esperemos a Arroas
 
Aunolose: Efectivamente cubre los daños que yo pueda hacer (siempre es lo que más me preocupa). Aparte tengo un seguro que me cubre lo que le suceda a la CV. Los otros seguros son para ser atendidos en ruta, tengo para ese caso dos para el coche, pero me cubre la CV por ser de 750 KG. Como hacemos rutas lejanas nos gusta ir lo más asegurados posible.

NOTA: ¡Qué raro!, quiero enviar el mensaje y dice que lo alargue que es muy corto.....
 
no se,pero es la primera vez que veo que en la ficha de un coche autoricen un remolque con su numero de bastidor y todo pero bueno cada itv es un mundo pero a lo legal esa caravana no tiene ficha y las leyes estan claras pero si es legal me alegro por el todos los dias se aprende algo nuevo saludos!!!!
 
Nos lo están tramitando en la itv de foz en Lugo,lo que presentamos es el contrato de compraventa de la cv,un certificado que tiene el que nos la vende qu es un documento de la aduana de Irun de la importacion a nombre de IMPORCARAVAN S,L DE GUIPUZCOA,que es quien se la vendio en el año 90 al que nos la vende a nosotros,no pueden hacer la ficha tecnica porque no tienen caracteristicas de la cv,lo unico que tenemos son esos documentos y el famoso cartón blanco que nos dió el que nos la vendio,por tanto van a homologar el conjunto coche-cv y es lo que figurara en la ficha tecnica del coche,según nos dijeron en la jefatura de trafico,la i.t.v tiene todo el poder del mundo para hacer las homologaciones que crea conveniente y eso va a misa.
Respecto a los comentarios de alguno le diré que si fuera un listillo seguramente estaría en la NASA,pero bueno a lo mejor soy mas listillo que él perdonar los demás por mi comentario que a lo mejor me lo interpretasteis mal,me refería que en los foros hay opiniones de :me parece,yo creo,supongo etc que a veces llavan a confusiones si no responde el que en realidad conoce el asunto ó domina un determinado tema como para responder sin suposiciones.
En fín gracias a todos por vuestras contestaciones y cuando me den la ficha tecnica definitiva la scaneo y la cuielgo.
 
No se si esta bien poner el link de otro foro, pero he encontrado esto Contraseña de homologación : PAPELEOS Y TEMAS LEGALES y a mi me ha quedado bastante clarito.
O te haces de alguna forma con la tarjetita verde, que hay formas de conseguirla, o estas a expensas de que la autoridad competente quiera interpretar. Vamos el te multo o no, según el dia que tenga el agente o las ganas que tenga de cazarte.

Un saludo a tod@s
 
Gracias por contestar ARROAS, sera interesante ver lo que te incluyen en la Ficha Técnica del coche.

Ese mismo importador es el que figura en la Ficha Técnica de mi CV. es la misma marca de CV (Adria), y la fecha de venta es prácticamente la misma (quiza meses de diferencia).
Y la mima si tiene ficha tecnica, original....

Todas estas dudas surgen porque como te ha escrito Jose Luis,las normas de Trafico están para todo el Estado (menos mal), y evidentemente ningun remolque , puede circular sin la famosa Ficha Técnica. Tambien decirte que ese cometnario que te han echo en Trafico, es erróneo, eso de " la ITV tiene todo el poder del mundo para hacer las homologaciones que quiera" no es así, y el funcionario que te lo ha dicho, se equivoca, ya que todo ese mundo de las homologaciones, esta regulado desde la DGT, es cierto que luego cada ITV, sera mas o menos exigente a la hora de homologar, pero por suerte no depende de ellos.

No obstante, yo te insisto, piensa en que sigues teniendo una CV sin la pertinente Ficha Técnica.
 
Con todos mis respetos ARROAS, creo que todas las respuestas que te han dado, sean acertadas o no, merecen un mínimo de consideración por parte tuya, ten en cuenta que el simple hecho de preguntar algo en este foro, estas expuesto a recibir toda clase de opiniones y contrastes, y no tienen que ser todas acertadas, estando completamente seguro que el que te responde lo hace de manera sincera y con el ánimo de serte útil, ¿¿ cuantas veces uno mismo cree estar completamente seguro de una cosa y después se da cuenta que estaba equivocado de pe a pa y ha metido la pata hasta el corbejón ???.
Hay que tener claro que este foro es un medio de opiniones y comentarios de múltiples temas y no creernos los que participamos en él que las respuestas que obtengamos a nuestras preguntas o inquietudes tengan que ser concluyentes y cuando descubramos que algún forero nos ha dado una opinión o comentario equivocado, lo menos que podemos hacer es arremeter contra él de una manera u otra, sino mas bien todo lo contrario.-
Por favor ARROAS, toma mi mensaje desde una postura constructiva, no es mi intención polemizar lo mas mínimo.-
Saludos y suerte para que puedas disfrutar pronto de tu cv.-
 
Y en el caso de que el trámite que vayan a hacerte sea válido (?), cada vez que cambies de coche tendrías que volver a repetir el procedimiento ¿no?, porque tendrías que volver a incluir la caravana en la ficha técnica del nuevo coche ¿no?. En fin... un lío de dudosa legalidad, cuando todo quedaría resulto y legal haciendole la ficha técnica a la caravana.
 
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