Webcampista.com

mucho más que un foro

Pregunta Circular en españa con caravana frances

No se si lo dices por mi.


Si es de igual o menor de 750 kg de mma entiendo que con un contrato de compra-venta, notificar al seguro que tal vehículo es remolcador habitual, llevar la matricula del turismo puesta en el remolque y lo más importante, la tarjeta de inspección técnica igual que la de un remolque pesado o cualquier vehículo.

Entiendo que lo más importante de un remolque ligero (750 kg o menos de mma) es lo que he puesto. Evidentemente la tarjeta de inspección técnica de España, la verde, se supone que si no la tiene hay que sacarla y eso puede ser costoso. Lo digo claro, igual que la de un remolque pesado ó cualquier vehículo.
 
en el caravaning que estoy yo las remolcan con vehiculos no con gruas.

Yo te puedo decir lo que aquí estamos obligados a llevar mientras circulemos. Si circulan sin lo necesario no me parece bien, ellos sabrán.
 
Entonces.... se puede comprar una caravana en Francia u otro pais de UE y circular libremente con ella enganchada a nuestro vehiculo?

si pero sólo hasta que la metas en españa y la caravana tenga su seguro de tránsito en vigor. una vez que á tengas en españa a matricular toca. otra cosa es lo que me paso a mi. llevar una caravana de otra persona domiciliada en otro pais y con "su" documentación y seguro en regla
Entonces.... porque quien compra una caravana en otro pais de la UE hace los tramites para matricularla aquí?porque por ley hay que hacerlo asi
Entonces.... todo este personal ha estado haciendo el primo?no
Donde esta la legislación que esto lo regula? porque seria definitivo.
Mira tu que se ha llegado a hablar de esto en el foro, y si ahora resulta que........:raro:

y en francia todos los remolques y caravanas de +500kg tienen que levar su carta gris y tener su seguro en regla
 
Hola.
Soy el marido de Marisa. Soy camionero y paso a informaros de lo que yo conozco.
En el caso de remolques y semirremolques, un camion puede llevar un remolque( o semirremolque) de cualquier pais, acompañando documentacion del mismo y seguro, en el caso del Reino Unido, en el que losremolques no van matriculados, su ficha tecnica(con numero de bastidor) y contrato, o de servicios, o de alquiler. Pero en los casos que presentan, parece ser que son los propietarios de las cv, por lo que es obligatorio esten documentados en el pais de residencia del mismo. En el caso de los camiones esos remolques o bien pertenecen a empresas radicadas en los paise de matriculacion o esas empresas tienen filiales en los mismos o son alquilados.
Para evitar problemas ponedlo todo legal, a la larga cuesta menos.
una homologacion unitaria os costara unos 800 eur, en el caso de que carezcan de contraseña de homologacion, pero si mirais bien es raro que no la tenga o la podais conseguir en las representaciones de la marca en España o en alguna ITV que se enrrolle el ingeniero y lo busque en los ficheros.
 
Parece ser que somos el único país que tienen matricula los remolques y los semis de más de 750 kg, con lo que para circular necesitamos, un recibo en vigor del seguro, permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica e itv si fuera necesario, solo para el remolque.

GRAVE ERROR, TODA EUROPA MATRICULA REMOLQUES DE >750kg.

ojo, lo unico que hacemos los españoles es tener una matricula de remolque rara, ROJA, sin la marca azul de la union Europea, y ademas tenemos como UNICO PAIS MIEMBRO, LA OBLIGACION DE LLEVAR AMBAS MATRICULAS EN EL REMOLQUE, para circular en España.

Cuando adelanteis un camion extranjero, fijaros que la MATRICA DEL TRACTOR ES DISTINTA AL DEL REMOLQUE. Aparentemente es igual, porque tiene el mismo estilo, pero vereis que son numeros distintos.

En Europa no hay que llevar dos matriculas en el remolque. Por eso las caravanas nuevas siguen teniendo sitio para solo una placa.
 
Gracias por corregirme, debería haber dicho que somos el único país que nos obligan a llevar las dos matrículas en el remolque.:thumbup:

Un saludo.
 
GRAVE ERROR, TODA EUROPA MATRICULA REMOLQUES DE >750kg.

ojo, lo unico que hacemos los españoles es tener una matricula de remolque rara, ROJA, sin la marca azul de la union Europea, y ademas tenemos como UNICO PAIS MIEMBRO, LA OBLIGACION DE LLEVAR AMBAS MATRICULAS EN EL REMOLQUE, para circular en España.

Cuando adelanteis un camion extranjero, fijaros que la MATRICA DEL TRACTOR ES DISTINTA AL DEL REMOLQUE. Aparentemente es igual, porque tiene el mismo estilo, pero vereis que son numeros distintos.

En Europa no hay que llevar dos matriculas en el remolque. Por eso las caravanas nuevas siguen teniendo sitio para solo una placa.

El último en bajarse del burro fue Italia en 2013. Allí hasta ese momento llevaban doble placa trasera.

En cualquier caso, lo de la doble placa es un fastidio porque los remolques actuales no suelen estar preparados para doble placa, y con los medios actuales y el artículo 72.4 de la LSV (obligación de identificar fehacientemente al infractor) ya la necesidad de añadir la matrícula del vehículo tractor es absurda.

Yo he circulado por Alemania, Austria, Eslovenia y Croacia con tractor de matrícula española y caravana de matrícula alemana, y ningún poli de esos países (y los he visto a puñados) me han dicho nada de nada. Respecto a la doble matrícula circulando por España, desconozco (porque no he analizado el texto legal) de quién es la responsabilidad de poner la doble placa: del propietario del vehículo tractor; del conductor del vehículo tractor, o del propietario del remolque? y si por ejemplo alquilo una caravana en Alemania y me bajo a Gandía... pongo o no pongo doble placa?

Ahora bien, lo que es cierto es que si adquieres una caravana y la quieres poner a tu nombre, a pasar por chiqueros. U

n saludo
 
y si por ejemplo alquilo una caravana en Alemania y me bajo a Gandía... pongo o no pongo doble placa?

Me imagino que al agente se le pondrá la cara a cuadros. Si no es permisivo y con la ley en la mano, denunciará.
Pero claro, también deberá denunciar a ese, a ese otro y a todos los extranjeros que pasen en ese momento con sus caravanas por que no se trata de que sean extranjeros ó no, sino que si la normativa es obligada para circular en este país, como llevar los cinturones puestos, deberían hacerlo todos los vehículos y si no fuera la normativa.

En mi opinión algunos de los que tenemos doble matrícula no la vamos a quitar el día que no obliguen, pero por estética, para que no se vean los agujeros de los tornillos (a no ser que obliguen a quitarla)pero lo que no me parece bien es que un Sr se gaste un pastón en una caravana y tenga que hacer él o el coce un brico, de una extensión de instalación eléctrica, poner un portamatrícula o directamente la placa en la carrocería rompiendo la estética ya que como comentas vienen preparadas para solo una y esto Industria lo sabe por que bien que saben de homologaciones y de vehículos de este sector que en su mayoría se importan de la UE.
 
Atentos a la jugada: LOS EXTRANJEROS QUE CIRCULEN POR ESPAÑA CON REMOLQUE, DEBEN LLEVAR TAMBIEN LA PLACA DEL VEHICULO TRACTOR:

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Artículo 50. Placas de matrícula, distintivos y documentación.
2. Vehículos a motor extranjeros matriculados en Estados parte en el Convenio Internacional de Ginebra y sus remolques:
a) De conformidad con lo acordado en el Convenio Internacional de Ginebra, de 19 de septiembre de 1949, sobre circulación por carretera, los vehículos a motor matriculados en cualquiera de los Estados parte en el mismo podrán circular por las vías públicas españolas cuando llevaren en su parte posterior, al menos, e inscrito en una placa o en el propio vehículo, el número de matrícula atribuido a éste por la autoridad competente de su país. Cuando vaya seguido de uno o de varios remolques, el remolque único o último habrá de llevar a su vez, en su parte posterior, el número de matrícula del vehículo tractor o un número de matrícula propio.

[FONT=verdana, arial, sans-serif]Es alucinante, y lógico claro, porque las normas de España, son para los españoles y extranjeros que circulen en España. Lógico, pero no real en la practica. [/FONT]

[FONT=verdana, arial, sans-serif]Del mismo modo los españoles aveces debemos cumplir unas normas francesas cuando circulamos en Francia, aunque esas normas no esten en España. [/FONT]

 
La norma general para España, para los vehiculos matriculados en España:

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
ANEXO XVIII
PLACAS DE MATRÍCULA
III. Número y ubicación de las placas
4. Los remolques, semirremolques, maquinaria agrícola remolcada y de obras y servicios, cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos, deberán ir provistos en la parte posterior de su placa de matrícula situada en posición vertical o casi vertical y en el plano longitudinal mediano del vehículo y, además, en el lado derecho, de otra placa con la matrícula del vehículo remolcador.

Ahora vas y lo cascas, yo estrene caravana en mayo, y le puse la del coche debajo de la roja, quedando una encima de la otra. No voy a romper los paragolpes, es de traca.
 
y si por ejemplo alquilo una caravana en Alemania y me bajo a Gandía... pongo o no pongo doble placa?

Pues la legislacion que debes de cumplir es la del vehiculo tractor pues al fin y al cabo es el de motor.


Aqui en Lleida hay varias empresas que tienen sede aqui y los remolques/frigos matriculados en Es pero que las cabezas son matricula Rumana y la verdad es que no hay problema, igual son de otra empresa que tenga alli, de todas maneras le preguntare a un directivo de esa empresa!!!
Salu2 desde Lleida
 
Pues la legislacion que debes de cumplir es la del vehiculo tractor pues al fin y al cabo es el de motor.


Aqui en Lleida hay varias empresas que tienen sede aqui y los remolques/frigos matriculados en Es pero que las cabezas son matricula Rumana y la verdad es que no hay problema, igual son de otra empresa que tenga alli, de todas maneras le preguntare a un directivo de esa empresa!!!
Salu2 desde Lleida

No hay legislacion de tractor o de remolque, la legislacion es Unica, es el Reglamento General de Vehiculos.

Con la ley en la mano, esas cabezas tractoras rumanas, deberan ponerse otra placa rumana en el remolque cuando vayan por España. En la practica no se hace, seria la tonteria española, el hazmereir de Europa.
La norma, arriba la puse, lo dice claramente sin duda alguna.
 
Cuando nosotros vayamos por Europa:

En mi opinion, podriamos quitar la placa del coche, y llevar solo la del remolque. Lo unico que pasa es que nuestra cutre placa roja no lleva el distintivo de la UE, deberiamos cumplir la norma del distintivo, pero en mi opinion, llevando la placa roja y la pegatina de la E en la parte trasera de la caravana, estariamos cumpliendo la normativa francesa, alemana, y otras supongo que tambien.

Saludos
 
Atentos a la jugada: LOS EXTRANJEROS QUE CIRCULEN POR ESPAÑA CON REMOLQUE, DEBEN LLEVAR TAMBIEN LA PLACA DEL VEHICULO TRACTOR:

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Artículo 50. Placas de matrícula, distintivos y documentación.
2. Vehículos a motor extranjeros matriculados en Estados parte en el Convenio Internacional de Ginebra y sus remolques:
a) De conformidad con lo acordado en el Convenio Internacional de Ginebra, de 19 de septiembre de 1949, sobre circulación por carretera, los vehículos a motor matriculados en cualquiera de los Estados parte en el mismo podrán circular por las vías públicas españolas cuando llevaren en su parte posterior, al menos, e inscrito en una placa o en el propio vehículo, el número de matrícula atribuido a éste por la autoridad competente de su país. Cuando vaya seguido de uno o de varios remolques, el remolque único o último habrá de llevar a su vez, en su parte posterior, el número de matrícula del vehículo tractor o un número de matrícula propio.

Es alucinante, y lógico claro, porque las normas de España, son para los españoles y extranjeros que circulen en España. Lógico, pero no real en la practica.

Del mismo modo los españoles aveces debemos cumplir unas normas francesas cuando circulamos en Francia, aunque esas normas no esten en España.

La norma general para España, para los vehiculos matriculados en España:

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
ANEXO XVIII
PLACAS DE MATRÍCULA
III. Número y ubicación de las placas
4. Los remolques, semirremolques, maquinaria agrícola remolcada y de obras y servicios, cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos, deberán ir provistos en la parte posterior de su placa de matrícula situada en posición vertical o casi vertical y en el plano longitudinal mediano del vehículo y, además, en el lado derecho, de otra placa con la matrícula del vehículo remolcador.

Ahora vas y lo cascas, yo estrene caravana en mayo, y le puse la del coche debajo de la roja, quedando una encima de la otra. No voy a romper los paragolpes, es de traca.

Atendiendo a esto, las disposiciones del Reglamento General de Vehículos los debe cumplir todo vehículo matriculado en España. Como el remolque NO está matriculado en España, NO está obligado a doble placa. Por mucho que el Vehículo tractor o el propietario sean españoles. En lo subrayado deja la "escapatoria" a que sirva únicamente con la matrícula propia.

El caso de los trailers es el contrario. Al ser el semirremolque matriculado en España, deberá llevar para su circulación por España la placa del tractor.

Un saludo
 
Atendiendo a esto, las disposiciones del Reglamento General de Vehículos los debe cumplir todo vehículo matriculado en España. Como el remolque NO está matriculado en España, NO está obligado a doble placa. Por mucho que el Vehículo tractor o el propietario sean españoles. En lo subrayado deja la "escapatoria" a que sirva únicamente con la matrícula propia.

El caso de los trailers es el contrario. Al ser el semirremolque matriculado en España, deberá llevar para su circulación por España la placa del tractor.

Un saludo

Correcto, perdon por el error, lo lei mal.
Efectivamente a los remolques extranjeros les exige unicamente que vayan identificados, en el texto legal pone "o".
Cuando vaya seguido de uno o de varios remolques, el remolque único o último habrá de llevar a su vez, en su parte posterior, el número de matrícula del vehículo tractor o un número de matrícula propio.
 
Atendiendo a esto, las disposiciones del Reglamento General de Vehículos los debe cumplir todo vehículo matriculado en España. Como el remolque NO está matriculado en España, NO está obligado a doble placa. Por mucho que el Vehículo tractor o el propietario sean españoles. En lo subrayado deja la "escapatoria" a que sirva únicamente con la matrícula propia.

El caso de los trailers es el contrario. Al ser el semirremolque matriculado en España, deberá llevar para su circulación por España la placa del tractor.

Un saludo

Tambien me gustaria dejar una cosa clara, y lo argumento:
El RGV no es para vehiculos matriculados en España, es para los vehiculos que circulen por España.

argumentacion:
El RGV no tiene un articulo de ámbito de aplicacion, pero al comienzo dice que desarrolla la LVS:
"El Reglamento General de Vehículos es, en definitiva, un Reglamento ejecutivo, que desarrolla, complementa y pormenoriza el texto articulado de la Ley de Seguridad Vial, aunque no se trata de un desarrollo general o completo de dicho texto, sino de un desarrollo o ejecución parcial, pues se limita a desarrollar y complementar parte del Título I y el Título IV del texto articulado de la Ley."

Pero la LSV si tiene ambito de aplicacion, y dice que es para los usuarios de las vias:
[FONT=&quot]"Artículo 2 Ambito de aplicación
Los preceptos de esta Ley serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios."
[/FONT]
 
Tambien me gustaria dejar una cosa clara, y lo argumento:
El RGV no es para vehiculos matriculados en España, es para los vehiculos que circulen por España.

argumentacion:
El RGV no tiene un articulo de ámbito de aplicacion, pero al comienzo dice que desarrolla la LVS:
"El Reglamento General de Vehículos es, en definitiva, un Reglamento ejecutivo, que desarrolla, complementa y pormenoriza el texto articulado de la Ley de Seguridad Vial, aunque no se trata de un desarrollo general o completo de dicho texto, sino de un desarrollo o ejecución parcial, pues se limita a desarrollar y complementar parte del Título I y el Título IV del texto articulado de la Ley."

Pero la LSV si tiene ambito de aplicacion, y dice que es para los usuarios de las vias:
"Artículo 2 Ambito de aplicación
Los preceptos de esta Ley serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios."

Lo que pones al final es cierto también, y se multa por ello. Un ejemplo es que a los portabicis traseros le tienes que poner la placa cuadrada con las franjas oblícuas rojas y blancas que indican la carga que sobresale de la planta del vehículo. Esas placas se venden en las tiendas de recambio de toda Europa para aquellos que vayan a España o a Italia.

Lo más irritante del asunto es que las placas italiana y española son diferentes en la medida de las franjas, y la placa española no es apta para circular por Italia, y viceversa.

Un saludo
 
Lo que pones al final es cierto también, y se multa por ello. Un ejemplo es que a los portabicis traseros le tienes que poner la placa cuadrada con las franjas oblícuas rojas y blancas que indican la carga que sobresale de la planta del vehículo. Esas placas se venden en las tiendas de recambio de toda Europa para aquellos que vayan a España o a Italia.

Lo más irritante del asunto es que las placas italiana y española son diferentes en la medida de las franjas, y la placa española no es apta para circular por Italia, y viceversa.

Un saludo

Y ya como matización final:

Salvando media docena de especificidades más orientadas a lo burocrático que otra cosa, todo lo concerniente a la normativa técnica de vehículos es norma ECE y todo vehículo matriculado nuevo, salvo que medie proceso de homologación individual o de pequeña serie, va según norma ECE con contraseña de tipo "e14"

De hecho muchos fabricantes de caravanas europeos dan contraseña europea a sus productos para simplificar su venta en el territorio común

Un saludo
 
Lo que pones al final es cierto también, y se multa por ello. Un ejemplo es que a los portabicis traseros le tienes que poner la placa cuadrada con las franjas oblícuas rojas y blancas que indican la carga que sobresale de la planta del vehículo. Esas placas se venden en las tiendas de recambio de toda Europa para aquellos que vayan a España o a Italia.

Lo más irritante del asunto es que las placas italiana y española son diferentes en la medida de las franjas, y la placa española no es apta para circular por Italia, y viceversa.

Un saludo

tambien como matiz, aunque no quiero salirme del tema en este hilo.
Respecto a la placa V20 del portabicis, es para la carga que sobresale, pero en los turismo la carga no puede sobresalir los laterales del vehiculo (no pongo art. esta vez), y las bicis siempre sobresalen por los laterales de un ford Fiesta. Pero esto mejor dicirlo en voz baja, para que no empiecen a crujir por esto.
 
uploadfromtaptalk1470820312013.jpg
Vehículo español, con remolque rumano, pone la ambas matriculas, como dijimos.
Foto hecha en Francia

Enviado desde mi ZP951 mediante Tapatalk
 
Lo que pones al final es cierto también, y se multa por ello. Un ejemplo es que a los portabicis traseros le tienes que poner la placa cuadrada con las franjas oblícuas rojas y blancas que indican la carga que sobresale de la planta del vehículo. Esas placas se venden en las tiendas de recambio de toda Europa para aquellos que vayan a España o a Italia.

Lo más irritante del asunto es que las placas italiana y española son diferentes en la medida de las franjas, y la placa española no es apta para circular por Italia, y viceversa.

Un saludo
Y lo bonitas que son esas matrículas de cartón escritas con rotulador que cuelgan los franceses a los porta bicis. ...ni V20, ni luces ni na. ..en fin

Salut i kms
 
Y lo bonitas que son esas matrículas de cartón escritas con rotulador que cuelgan los franceses a los porta bicis. ...ni V20, ni luces ni na. ..en fin

Salut i kms
Solo franceses? Y holandeses.... deben haber leído aquello de "escrito en el remolque, visible" y va y lo escriben.

Ojo con los textos legales, mira que se puso en negrita, pero el "o" derrumba todo lo que a priori parece una obligación.

Y eso que España está obligada (y ya ha sido sancionada por ello) a aunar todo el texto legal en uno, tenemos taaaantos a diferencia de otros países de la unión, que no hay quien se aclare.

Aunnolose, antes que saltes, Spain is diferent, prefiere pagar multas que ordenar de una vez su normativa, y es que en realidad, no son capaces de ponerse de acuerdo.
 
Solo franceses? Y holandeses.... deben haber leído aquello de "escrito en el remolque, visible" y va y lo escriben.

Ojo con los textos legales, mira que se puso en negrita, pero el "o" derrumba todo lo que a priori parece una obligación.

Y eso que España está obligada (y ya ha sido sancionada por ello) a aunar todo el texto legal en uno, tenemos taaaantos a diferencia de otros países de la unión, que no hay quien se aclare.

Aunnolose, antes que saltes, Spain is diferent, prefiere pagar multas que ordenar de una vez su normativa, y es que en realidad, no son capaces de ponerse de acuerdo.
Cierto es. Con lo fácil que sería en este caso hacer li que hacen los demás. ..una caravana=una matrícula. En uno de los càmping q entré este verano fue comentario de los recepcionistas al ver q coche y caravana llevaban la misma matrícula. ..

Salut i kms
 
Otras cosas de remolques:

Ya he visto una Ac remolcando un coche con las 4 ruedas rodando, pero francés, debe ser legal, no se. Siempre lo vi de GB.

También he visto moto francesa con remolque, que en España tb esta aun prohibido.

Enviado desde mi ZP951 mediante Tapatalk
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com