Webcampista.com

mucho más que un foro

Importante: toldos, antenas, paneles solares.

Como ya apunté en un mensaje anterior, esta mañana he ido a la ITV de Massalfassar (Valencia) y con la Declaración Responsable cumplimentada indicando la marca y el modelo del toldo y del panel solar, más la caravana claro, han comprobado que efectivamente ambos accesorios estaban ya montados, me han cobrado 30,31 € y se han quedado con la TIT y me la devolverán la semana próxima con la anotación. Me han dado un documento para que pueda circular con la caravana durante diez días.

En lo que respecta al aire acondicionado, me han dicho que la normativa no afecta a dicho accesorio.
 
A mí me han dicho que haría falta el certificado de taller de la instalación.
Cada uno va a su bola. Ahora he leído que en Castellón han tirado para atrás a una caravana de -750 (que no pasar inspección) que iba a añadir en ficha la placa y dicen que no se la anotan porque va pasado de peso. En otros lugares de la comunidad Valenciana no hace falta ni que lleves el vehículo. ¡Fíjese!
 
Como ya apunté en un mensaje anterior, esta mañana he ido a la ITV de Massalfassar (Valencia) y con la Declaración Responsable cumplimentada indicando la marca y el modelo del toldo y del panel solar, más la caravana claro, han comprobado que efectivamente ambos accesorios estaban ya montados, me han cobrado 30,31 € y se han quedado con la TIT y me la devolverán la semana próxima con la anotación. Me han dado un documento para que pueda circular con la caravana durante diez días.

En lo que respecta al aire acondicionado, me han dicho que la normativa no afecta a dicho accesorio.


Hola Capitán Pirata,

Has ido sólo ha eso? Has cogido cita previa?

Que tipo de declaración responsable has llevado?

No entiendo nada, la verdad. En la ITV de Irún no me han dicho algo así ni por asomo.

Pd. El portabicis de lanza se puede considerar como elemento de carga?
 
Buenas

He estado leyendo un poco y he visto que la instalación de AA solo se considera reforma si afecta a la estructura y para que eso ocurra hay que instalarlo haciendo un agujero, pero si aprovechas una claraboya ya no afecta a la estructura porque ya viene el agujero de fábrica.


Mañana me acercaré a la otra ITV de mi localidad a hacer las preguntas a ver qué me cuentan, ya que son empresas diferentes...

Un saludo
 
Esto es lo que pedían en junio. Igual lo habíais puesto. Disculpar si es así.


🔴ATENCIÓN🔴 Regularización de placas solares instaladas en vehículos.

La instalación de placas solares en vehículos se considera reforma, según el código 8.52 del Manual de Reforma de Vehículos, rev. 6ª, editado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Por ello, su legalización y anotación en la tarjeta de ITV es obligatoria. Para ello, el usuario debe aportar en la ITV la siguiente documentación:

✅ Solicitud de inspección No periódica, firmada por el titular o su representante.
✅ Proyecto técnico y certificación final de obra, emitido por el técnico competente. Estos documentos no son necesarios si se presenta copia del conjunto funcional autorizado por el Ministerio con competencias en materia de Industria.
✅ Informe de conformidad emitido por el fabricante del vehículo o servicio técnico de reformas.
✅ Certificado de taller que ha realizado la instalación de la placa solar.

Sin embargo, dado que en las versiones anteriores del Manual de Reforma no se establecía explícitamente que la instalación de placas solares se considerase reforma, el Ministerio ha establecido un período transitorio para regularizarlas, teniendo para ello el cliente:

➡️ Dos años a partir de la publicación del nuevo Manual.
➡️ O bien, puede hacerlo en la próxima inspección técnica reglamentaria que le corresponda al vehículo.

En cualquier caso, es obligatorio anotar en la tarjeta ITV la instalación de dichas placas. Para ello, es necesario justificar que dicha instalación es anterior a la entrada en vigor de la revisión 7ª del Manual de Reformas, aportando alguno de los siguientes documentos:

✅Certificado de taller
✅Certificado del fabricante
✅Factura
✅Declaración responsable del propietario (titular) del vehículo.

Además, deberá aportar la Solicitud de inspección No periódica firmada por el titular o su representante.
 
A mi no me han pedido factura de nada.
Tienes razón. Yo lleve la factura por aportar algo más. Prácticamente era el primero en hacerlo en San Antonio de Benageber.

Con uno de estos 4 documentos es suficiente. Yo lleve 2😅

En cualquier caso, es obligatorio anotar en la tarjeta ITV la instalación de dichas placas. Para ello, es necesario justificar que dicha instalación es anterior a la entrada en vigor de la revisión 7ª del Manual de Reformas, aportando alguno de los siguientes documentos:

✅Certificado de taller
✅Certificado del fabricante
✅Factura
✅Declaración responsable del propietario (titular) del vehículo.
 
Empieza el caos.....
Cada autonomia hara de su capa un sayo distinto y cada ITV interpretara la norma segun el viento que le de al ingeniero de turno.
Miedo me da ir con una de menos de 750 kg por esos lugares porque seguro seguro que me van a tocar las gonadas ampliamente.
 
Esto es lo que pedían en junio. Igual lo habíais puesto. Disculpar si es así.


🔴ATENCIÓN🔴 Regularización de placas solares instaladas en vehículos.

La instalación de placas solares en vehículos se considera reforma, según el código 8.52 del Manual de Reforma de Vehículos, rev. 6ª, editado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Por ello, su legalización y anotación en la tarjeta de ITV es obligatoria. Para ello, el usuario debe aportar en la ITV la siguiente documentación:

✅ Solicitud de inspección No periódica, firmada por el titular o su representante.
✅ Proyecto técnico y certificación final de obra, emitido por el técnico competente. Estos documentos no son necesarios si se presenta copia del conjunto funcional autorizado por el Ministerio con competencias en materia de Industria.
✅ Informe de conformidad emitido por el fabricante del vehículo o servicio técnico de reformas.
✅ Certificado de taller que ha realizado la instalación de la placa solar.

Sin embargo, dado que en las versiones anteriores del Manual de Reforma no se establecía explícitamente que la instalación de placas solares se considerase reforma, el Ministerio ha establecido un período transitorio para regularizarlas, teniendo para ello el cliente:

➡️ Dos años a partir de la publicación del nuevo Manual.
➡️ O bien, puede hacerlo en la próxima inspección técnica reglamentaria que le corresponda al vehículo.

En cualquier caso, es obligatorio anotar en la tarjeta ITV la instalación de dichas placas. Para ello, es necesario justificar que dicha instalación es anterior a la entrada en vigor de la revisión 7ª del Manual de Reformas, aportando alguno de los siguientes documentos:

✅Certificado de taller
✅Certificado del fabricante
✅Factura
✅Declaración responsable del propietario (titular) del vehículo.

Además, deberá aportar la Solicitud de inspección No periódica firmada por el titular o su representante.
Muy bien explicado
 
Cada uno va a su bola. Ahora he leído que en Castellón han tirado para atrás a una caravana de -750 (que no pasar inspección) que iba a añadir en ficha la placa y dicen que no se la anotan porque va pasado de peso. En otros lugares de la comunidad Valenciana no hace falta ni que lleves el vehículo. ¡Fíjese!
Sabes donde para llamar y acercarme si no tengo que traer caravana
 
Hola Capitán Pirata,

Has ido sólo ha eso? Has cogido cita previa?

Que tipo de declaración responsable has llevado?

No entiendo nada, la verdad. En la ITV de Irún no me han dicho algo así ni por asomo.

Pd. El portabicis de lanza se puede considerar como elemento de carga?
Buenas noches:
1) Sí he ido solo a eso.
2) No he solicitado cita previa.
3) Para la Declaración Responsable he adjuntado un enlace en el mensaje número 59 de este Tema.
4) Entiendo que el portabicicletas, aunque vaya en la lanza, sí que estará afectado por esta nueva normativa.
 
Buenas noches:
1) Sí he ido solo a eso.
2) No he solicitado cita previa.
3) Para la Declaración Responsable he adjuntado un enlace en el mensaje número 59 de este Tema.
4) Entiendo que el portabicicletas, aunque vaya en la lanza, sí que estará afectado por esta nueva normativa.

Vamos a ver si va esclareciendo el asunto.....y en septiembre llevaré la caravana a la ITV, a ver que pasa....

Muchas gracias compañero

;)
 
En cualquier caso, es obligatorio anotar en la tarjeta ITV la instalación de dichas placas. Para ello, es necesario justificar que dicha instalación es anterior a la entrada en vigor de la revisión 7ª del Manual de Reformas, aportando alguno de los siguientes documentos:

✅Certificado de taller
✅Certificado del fabricante
✅Factura
✅Declaración responsable del propietario (titular) del vehículo.
Como ya he señalado, yo no he aportado ningún documento, ni del toldo ni de la placa solar y tampoco me los han pedido.

Leer detenidamente las dos páginas del BOE correspondientes a esta disposición, porque lo expone más claro que el café de la estación:


Porque esta disposición no afecta solamente a las caravanas, autocaravanas, campers, etc, (de hecho no lo pone en ningún lado) sino a cualquier vehículo, como por ejemplo todoterrenos con placa solar y toldo (que los hay), furgonetas camperizadas y un largo etcétera.
 
El segundo párrafo de la Disposición tiene su "carga de profundidad" al aludir a: ...las necesidades de transformación del parque móvil existente que demanda la sociedad,...

Me pregunto si, entre otros, no se estará persiguiendo el retirar de la circulación las caravanas "grandes que pesan menos de 750 kg"; ya que es una manera muy sibilina de obligarlas a que acudan a una estación de ITV, antes de que las pare la GC y les pidan la documentación para comprobar si tienen el toldo legalizado.
 
Buenas soy de Barcelona y he llamado algunas ITV y es un mundo aquí alguna han parado de hacerlo etcbetc.

Os queria preguntar si sabeis de alguna ITV zona Zaragoza, zona Castellon -Valencia que al ser diligencia para anotarlo en la ficha tecnica no tengas de ir con la caravana sino solo tramite con la ficha tecnica comí han comentado aquí que se hace asi en Elche y por otro grupo en alicante igual solo vas con los papeles sin la caravana.
 
Me pregunto si, entre otros, no se estará persiguiendo el retirar de la circulación las caravanas "grandes que pesan menos de 750 kg"; ya que es una manera muy sibilina de obligarlas a que acudan a una estación de ITV, antes de que las pare la GC y les pidan la documentación para comprobar si tienen el toldo legalizado.
A mi me parce que es más como con los patinetes eléctricos.
Debido al auge de camperizaciones en general.
Lo de las AC de -750 tiene mucha lógica.

Saludos!
 
Díos mío! Mi plan es comprame una caravana de segunda mano cuando termine la temporada... y si ya me daba miedo que se me escapase alguna humedad... ahora también cualquier cosa que se le añada.... vaya miedito a meter la pata

🙈🙈🙈🙈
Aunque me habéis aclarado todo un montón... el miedo sigo teniéndolo igual :ROFLMAO:
 
Buenas, a mi me van a entregar una caravana nueva en septiembre. ¿Tendré que pasar la itv según me la entreguen? Sale sin portabicis, así que ahí entiendo que si se la tendría que pasar ¿verdad?
 
Buenas, a mi me van a entregar una caravana nueva en septiembre. ¿Tendré que pasar la itv según me la entreguen? Sale sin portabicis, así que ahí entiendo que si se la tendría que pasar ¿verdad?
Siendo una caravana nueva, que entiendo que te va a entregar en septiembre un concesionario, él es el que debe entregártela con los accesorios ya incluidos en la TIT.
 
Siendo una caravana nueva, que entiendo que te va a entregar en septiembre un concesionario, él es el que debe entregártela con los accesorios ya incluidos en la TIT.
Así lo veo yo también...
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com