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mucho más que un foro

se actualizan los permisos para llevar remolque

Bueno,

Por fin un cambio de normativa en la que nos beneficiamos, por mi parte estupendo,
 
me alegro mucho, pero tirados 1000 euros mas o menos a la basura...sacado hace dos meses.
 
Mientras no haya un BOE que lo corrobore, lo siento pero no me lo creo, ademas la autorización 96 para el B, no es un carnet, si no una autorización, al igual que la autorización 97 para el C1 y otras tantas que hay, por eso no vienen en ese listado... además, sigue diciendo lo de siempre:


B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
      • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor..
      • [FONT=Arial, sans-serif]Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, [/FONT]sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. [FONT=Arial, sans-serif](osea que te hace falta una autorización para llegar a 4.250 kg)[/FONT]
 
Mientras no haya un BOE que lo corrobore, lo siento pero no me lo creo, ademas la autorización 96 para el B, no es un carnet, si no una autorización, al igual que la autorización 97 para el C1 y otras tantas que hay, por eso no vienen en ese listado... además, sigue diciendo lo de siempre:

Totalmente de acuerdo . Antes también ponía eso , acabo de buscar en el BOE y no veo nada
 
Mas de uno tiene que aprender a leer. No ha cambiado nada.

saludos desde Pals
 
No entiendo nada...¿quién o donde se dice que cambian los permisos? No hay nada de eso

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han cambiado la pagina, han quitado el articulo. Dicen que pendiente del BOE
 
me alegro mucho, pero tirados 1000 euros mas o menos a la basura...sacado hace dos meses.

Bueno, ten en cuenta que en tu caso no estas limitado a 4250kg,

Por otro lado, veremos si es cierto o no,
 
Pongo lo mismo en otro hilo similar a este respecto al mismo tema, copio y pego:

A ver por favor, intentemos no confundir a nadie sino estamos seguros de las publicaciones que vemos. El B96 no es un permiso como tal, es una ampliación del B y por eso no sale en el listado, porque NO es un permiso. ¿Acaso sale en el propio carnet? Es una anotación.

Además fijaros bien en el permiso B la frase: "Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos."

Se refiere claramente al B96.

Si os fiais de lo que la gente cuelga en grupos de Facebook (que lo he podido leer allí) vamos apañados.

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se lo pregunto al de la autoescuela, si leo bien pone que autoriza remolques de cualquier tipo y el conjunto no exceda de 4250 kilos, antes podias llevar con el B remolques ligeros solamente, es decir de hasta 750 kilos..el B96 es una autorización para conjuntos con remolques ligeros o no ligeros y el conjunto no superar 4250 kilos. Entiendo que si cambian la normativa el B96 desaparece no?? Yoestoy sacándome el B+E, el B96 no vale la pena, y además la prueba de la pista es más dificil
 
No ha desaparecido. ¿Alguno de vosotros está obligado a llevar gafas para conducir? Pues ese código va en el mismo sitio que el B96. Ni figura en la tabla el B96, ni figura que los que necesiten gafas deben tener un código (que no sé cual es)
 
Por cierto, os acordais antiguamente, cuando en el pueblo arreglaban las aceras de una calle (medio curso de cole) y pasados tres meses o asi levantaban toda la acera y la calle otra vez para meter algunos cables o tuberías nuevas y vuelta a poner la acera otra vez?? Pues esto es lo mismo, vamos a inventarnos un carnet (B96) aunque el resto de Europa no lo tenga ( y eso que estamos ya pensando en hacernos europeos) y ya si eso de paso recaudamos X2, lo contamos de manera atractiva ..en plan, el atajo para poder conducir remolque pero solo para los caravanistas y lancheros...y como SPAIN IS DIFERENT ahora vamos a quitarlo y que la mitad de los que picaron con el B96 tengan que volver a sacárselo...pero solo la mitad para que no se nos echen encima....perdonad la rallada mental pero aun tenemos una generación de gobernantes que vienen de la época de cuando el sistema educativo no funcionaba bien, por decirlo a modo suave...jjajajjaja Un saludo a tod@s
 
no digo que haya desaparecido, digo que lo hará...
 
No ha desaparecido. ¿Alguno de vosotros está obligado a llevar gafas para conducir? Pues ese código va en el mismo sitio que el B96. Ni figura en la tabla el B96, ni figura que los que necesiten gafas deben tener un código (que no sé cual es)

Cara a lo legal será una autorización....ya...pero te lo sacas como un carnet más,,que no me cuenten milongas, una autorización es lo que le doy a mi hermana para que me recoja un paquete....GRATIS o pagando alguna tasa como mucho...o una autorización es lo que te dan a ti en el reconocimiento medico o dnd sea para el uso de gafas...y al ser una cosa inventada por algún listo del ministerio del interior o de la dgt Europa se la puede pasar por el forro cuando le venga en gana...y disculpa por el ímpetu pero estas cosas administrativas de ahora si ahora no, aquí si allí no me enervan
 
Cara a lo legal será una autorización....ya...pero te lo sacas como un carnet más,,que no me cuenten milongas, una autorización es lo que le doy a mi hermana para que me recoja un paquete....GRATIS o pagando alguna tasa como mucho...o una autorización es lo que te dan a ti en el reconocimiento medico o dnd sea para el uso de gafas...y al ser una cosa inventada por algún listo del ministerio del interior o de la dgt Europa se la puede pasar por el forro cuando le venga en gana...y disculpa por el ímpetu pero estas cosas administrativas de ahora si ahora no, aquí si allí no me enervan
Es europeeeooo, no es ningún "invento" español...

https://www.ecf.asso.fr/Les-formations/Remorque-Caravane-et-Camping-Car/Permis-B96

https://www.campingplatz-deutschlan...96-fuehrerschein-bequem-im-urlaub-machen.html

http://www.patentebologna.it/patenti/patente-auto-b-b96-be.html

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Cara a lo legal será una autorización....ya...pero te lo sacas como un carnet más,,que no me cuenten milongas, una autorización es lo que le doy a mi hermana para que me recoja un paquete....GRATIS o pagando alguna tasa como mucho...o una autorización es lo que te dan a ti en el reconocimiento medico o dnd sea para el uso de gafas...y al ser una cosa inventada por algún listo del ministerio del interior o de la dgt Europa se la puede pasar por el forro cuando le venga en gana...y disculpa por el ímpetu pero estas cosas administrativas de ahora si ahora no, aquí si allí no me enervan

Podemos enervarnos por lo que queramos, pero no podemos evitar la ley o desinformar.

Que te pille la autoridad sin carnet se soluciona pagando. Que te pille un accidente con consecuencias graves sin el carnet adecuado, no hay seguro que lo solucione.


Para mi "el B" es una excepción total a todos los demás (al menos el C y D) ¿Que es eso de 3500 kilos de conjunto, pese lo que pese el remolque? En el C y el D, en cuanto pasa de 750 kg, te vas al E y punto. Si hicieran eso con el B, todos los de caravanas grandes tendríamos que "pasar por el aro". El B96 es algo intermedio, y el problema que tiene es que es igual de caro que el E, pero donde no lo es (en el foro se habla a veces de diferencias de 300 euros) entonces sirve para caravanas bastante grandes. También hay que pensar que si las prácticas son casi las mismas, normal que cuesten casi lo mismo.
 
No ha desaparecido. ¿Alguno de vosotros está obligado a llevar gafas para conducir? Pues ese código va en el mismo sitio que el B96. Ni figura en la tabla el B96, ni figura que los que necesiten gafas deben tener un código (que no sé cual es)

yo llevo el codigo de lentes correctoras y es el 01, esta puesto en el margen inferior izquierdo de la trasera del carnet de conducir y eso es el punto 12.

en cualquier caso, por la red he encontrado esto relativo a los codigos.

El carnet de conducir es cada vez más homogéneo en la Unión Europea. Desde el 1 de enero de 2017, los españoles que obtengan o renueven sus permisos notarán ciertos cambios. Se trata de una reforma del sistema de códigos para adecuarlo a la normativa común.
El modelo comunitario va del 01 al 100, reservándose cada nación aquellos números que superen la centena. Y aborda aspectos de importancia general como limitaciones de visión observadas en el Centro de Reconocimiento del Conductor, las adaptaciones por motivos médicos o las restricciones derivadas de actos administrativos.
El sistema numérico y las limitaciones a la conducción
Del 01 al 10 se encuentran los factores que afectan a la conducción por causas médicas. Desde carencias de visión que obligan al titular del permiso a llevar gafas u otros elementos correctivos (código 01), hasta el uso de prótesis auditivas (02) o del aparato locomotor (03).
También se especifica el uso de vehículos adaptados. Precisamente, se emplean claves para describir el tipo de modificación necesaria, como la transmisión (10), el embrague (15) o los mecanismos de aceleración (25) y frenado (20). La dirección adaptada (40) o la posición del asiento (43) también son reseñados mediante este sistema. Este tipo de adaptaciones se encuadran entre el 10 y el 50 en el nuevo sistema de códigos del carnet de conducir.
La siguiente decena se reserva para reglas específicas como la conducción diurna (61), la prohibición de llevar pasajeros (63) o una determinada limitación de velocidad (64). Y a partir del 70, hasta la centena, las limitaciones reflejadas serán de tipo administrativo. Desde un canje del permiso para residentes extranjeros (70) hasta el uso único de coches automáticos (78).
De vigencia solo en España se mantienen códigos como el 101, que restringe la circulación con autobuses dentro de un radio máximo de 50 kilómetros. O la clave 202, exclusiva para vehículos policiales.
 
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