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mucho más que un foro

4250kg?

Pues nosé...si os váis pronto de vacaciones mal plan tenéis. Y el poner bola a un coche sólo para salir de este problema tampoco lo veo...
A ver si tenéis suerte
Nos vamos en un mes... costaría menos la bola que la multa.. asi que como ultima opción será la que nos valga.. gracias por el interés..
 
Y qué motor es el Juke? Y qué MMA y MMR tiene??
Porque igual os puede hacer el apaño
Un saludo
 
¿solo tiene dos puertas? para mi que se queda muy escaso de peso para sujetar la cv... aunque si no vais muy lejos y vais despacito...
 
no encontré BOE que dijera nada..mañana con tiempo buscare.. y esperaré la respuesta de los mossos..
aunque si hay apartados en los que habla del b96, es como siempre.. según a quien te encuentres.. y las ganas que tengan de multar..
Bienvenida al foro.

Te adjunto Real Decreto que entra en vigor el 1 de julio.
Fuera de lo que indican en él, pon en cuarentena lo que oigas en Radio Macuto...

Ver el archivos adjunto Proyecto modificacion Reglamento General Conductores.pdf
 
Nos vamos en un mes... costaría menos la bola que la multa.. asi que como ultima opción será la que nos valga.. gracias por el interés..

No sé a cuanto asciende la multa por conducir SIN PERMISO DE CONDUCCIÓN, que imagino que serà cuantiosa, es que te pueden jod... las vacaciones, por que inmovilizan el conjunto hasta que alguien que SI tenga el permiso correspondiente se haga cargo.
 
No sé a cuanto asciende la multa por conducir SIN PERMISO DE CONDUCCIÓN, que imagino que serà cuantiosa, es que te pueden jod... las vacaciones, por que inmovilizan el conjunto hasta que alguien que SI tenga el permiso correspondiente se haga cargo.
jajaajajaj en negrita y mayúscula.. por si me pierdo algo del mensaje.. gracias.. lo mas probable es que le pongamos bola al juke..y rezaremos para que el embrague aguante.. la multa es mas caro.. seguro..
 
Un enlace intersante de la DGT


Esta mas bien orientado a las autoescuelas pero es bastante clarificador, es de 2016 ...

edito

añado este otro

leyendo solo esto:
De conformidad con el artículo 4.2e) del Reglamento General de Conductores el permiso de la clase B autoriza la conducción, entre otros, de conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 Kg. siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 Kg.
no habría problema.
pero siempre nos ponen la coletilla.. y me encanta lo de:
Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior (sin desarrollar). no deben tener tiempo a desarrollar na..

muchas gracias.
 
leyendo solo esto:
De conformidad con el artículo 4.2e) del Reglamento General de Conductores el permiso de la clase B autoriza la conducción, entre otros, de conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 Kg. siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 Kg.
no habría problema.
pero siempre nos ponen la coletilla.. y me encanta lo de:
Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior (sin desarrollar). no deben tener tiempo a desarrollar na..

muchas gracias.

Susana, este tema está en marcha, que sé yo, desde 2004 ó 2005, salió el B96 me parece que en el 2009, no es nuevo. Y a cada modificación que se hace, vuelve el tema. Tarde o temprano llegarás a leer (lo pone en el enlace que ha pasado Carlos, oficial) llegarás a leer que se pueden llevar vehículos de 4250 kg con el B. Es posible que se te cieguen los ojos o algo, pero pone bien clarito que será a vehículos sin remolque e industriales que hayan aumentado de peso por las baterías. ¿verdad que cambia el cuento?

No pretendo reprocharte nada, de verdad, pero es un tema que está claro incluso en el BOE, solo que nos queremos agarrar a un clavo ardiendo.


Por cierto, la multa se paga y continuas. En caso de accidente, que ya lo han dicho, si interviene el seguro y comprueba que no tenéis el carnet que toca... es de las primeras causas para no cubrirte: no estar en posesión del carnet adecuado.
 
jajaajajaj en negrita y mayúscula.. por si me pierdo algo del mensaje.. gracias.. lo mas probable es que le pongamos bola al juke..y rezaremos para que el embrague aguante.. la multa es mas caro.. seguro..

Asegurate que la MMR del Juke es igual o superior a la MMA de la caravana :unsure:, no vaya a ser que hagas el gasto para nada...
 
El que tenemos para la caravana es un land rover TD5... y al que le podríamos poner bola es una audi A6.. cualquiera de los dos se nos va de madre..
la otra opción es poner bola a un juke.. pero no se si tirara de la caravana
todo son problemas :(

Problemas no.... sacate el E.....y podrás elegir coches y caravanas.
Saludos.
 
jajaajajaj en negrita y mayúscula.. por si me pierdo algo del mensaje.. gracias.. lo mas probable es que le pongamos bola al juke..y rezaremos para que el embrague aguante.. la multa es mas caro.. seguro..

Se castiga por el código penal de tres meses a seis de prision, multa de 12 a 24 meses o trabajos a la comunidad... según el Juez que te toque.
Saludos.
 
Se castiga por el código penal de tres meses a seis de prision, multa de 12 a 24 meses o trabajos a la comunidad... según el Juez que te toque.
Saludos.

En caso de accidente con heridos es un delito que se agrava al conducir sin carnet. Si no hay accidente con heridos es una infracción administrativa.

En cualquier caso hay que ir legal.
 
Susana, este tema está en marcha, que sé yo, desde 2004 ó 2005, salió el B96 me parece que en el 2009, no es nuevo. Y a cada modificación que se hace, vuelve el tema. Tarde o temprano llegarás a leer (lo pone en el enlace que ha pasado Carlos, oficial) llegarás a leer que se pueden llevar vehículos de 4250 kg con el B. Es posible que se te cieguen los ojos o algo, pero pone bien clarito que será a vehículos sin remolque e industriales que hayan aumentado de peso por las baterías. ¿verdad que cambia el cuento?

No pretendo reprocharte nada, de verdad, pero es un tema que está claro incluso en el BOE, solo que nos queremos agarrar a un clavo ardiendo.


Por cierto, la multa se paga y continuas. En caso de accidente, que ya lo han dicho, si interviene el seguro y comprueba que no tenéis el carnet que toca... es de las primeras causas para no cubrirte: no estar en posesión del carnet adecuado.
si, ya me quedó claro con todo lo que me pasasteis y dijisteis.. lo que alucino es que la dgt, los mossos y la guardia urbana digan lo contrario..
 
si, ya me quedó claro con todo lo que me pasasteis y dijisteis.. lo que alucino es que la dgt, los mossos y la guardia urbana digan lo contrario..

En eso tienes razón, la información no llega con la misma velocidad a todo el mundo. Por otra parte, no es lo mismo llamar a "la GC" que a lo mejor se pone "la que barre" que preguntar a un agente de tráfico, que a lo mejor tampoco lo sabe, pero... :dontknow:

Cuando ya llevaba unos años el B96 fui a preguntar a la auto escuela que me pilla más cerca y me atendió "la del teléfono", me dijo lo que te dijeron a ti... que ya no era necesario hasta 4250 kg, que tal. Ante mi duda llamó a alguien, supongo que al profesor, que le dijo lo mismo: que no hace falta. Salí de allí dando las buenas tardes y algo decepcionado. Bastante tiempo después en los carteles de la puerta ya anunciaban el B96 :dontknow:
 
Yo estoy ahora con el B+E, no te metas prisa, es lo peor.

Por otro lado busca la parte positiva. Aunque se que a veces es difícil de encontrar,

Mira, no se, bucate un camping chulo cerca de casa. Le pides a alguien que te lleve la cv, o con grúa, hablando con el seguro. O quien te la vende, le pides el favor. Vamos como lo veas.

Y disfrutas de camping todo el verano,

Vamos no es mál plan, mientras estudias el teórico del B+E,

Suerte,
 
No sé a cuanto asciende la multa por conducir SIN PERMISO DE CONDUCCIÓN, que imagino que serà cuantiosa, es que te pueden jod... las vacaciones, por que inmovilizan el conjunto hasta que alguien que SI tenga el permiso correspondiente se haga cargo.
Como ya han dicho la multa es lo de menos, si hubiese un accidente el seguro se intentaría lavar las manos y el responsable civil subsidiario pasaría a ser el conductor.
Se castiga por el código penal de tres meses a seis de prision, multa de 12 a 24 meses o trabajos a la comunidad... según el Juez que te toque.
Saludos.
Eso seria en caso de no tener carnet, la multa que se le aplicaría seria " Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello " y serian 4 puntos y creo que 400€

 
ir legales iremos.. de hecho nos regalaron una caravana de esas que no necesitan na.. pero intentamos sacarle papeles y al decirnos que era imposible la hemos vendido para alguien que la quiera solo para camping.. el juke tampoco puede con la caravana asi que iremos en tienda.. y para el año que viene.. con el b+e y todo en regla.. a disfrutar de la caravana..
 
Yo estoy ahora con el B+E, no te metas prisa, es lo peor.

Por otro lado busca la parte positiva. Aunque se que a veces es difícil de encontrar,

Mira, no se, bucate un camping chulo cerca de casa. Le pides a alguien que te lleve la cv, o con grúa, hablando con el seguro. O quien te la vende, le pides el favor. Vamos como lo veas.

Y disfrutas de camping todo el verano,

Vamos no es mál plan, mientras estudias el teórico del B+E,

Suerte,
lo malo es que ya tenemos reservados tres campings .. hacemos ruta desde aqui a galicia por todo el norte.. así que para no marearnos mas iremos en la tienda.. como antes.. jejejejeje y dejaremos la caravana para cuando tengamos todos los permisos..
 
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