La documentación que he colgado es la que venía de fábrica, la primera ITV la pasé yo y eso ya estaba anotado. No puede ser que a partir de cierto año lo tengan que anotar?A ver si indicais cuales son estas ITVs que modifican el apartado F de la documentacion por el incremento de altura de la caravana con la instalacion del AA.
Es para evitar ir a pasar alla la inspeccion......
Tu mismo lo esta diciendo al afirmar "Por eso en mi caso para subir la MTMA me tuvieron que anotar todos los cambios realizados sobre la construcción de origen..."Tu ficha técnica es como la de mi antigua knaus... Venia contemplado como opciones de homologación igual que hacen con neumáticos de medidas diferentes o como en el caso de mi burstner el acoplamiento alko o winterhoff..
Ya os digo que hasta que no me meti en la vorágine de cambiar la homologación para subir la MTMA no tenia ni idea de cómo iba esto de las contraseñas de homologación, pero os puedo asegurar que en dicha contraseña quedan reflejados hasta los tornillos de los frenos.... Y para cambiar algo de dicha contraseña todo lo demas tiene que estar correcto... Por eso en mi caso para subir la MTMA me tuvieron que anotar todos los cambios realizados sobre la construcción de origen...
Vamos a ver.... Si pones una baca en un vehiculo, un portaesquis, unas bicicletas, un cofre..... ¿tienes que homologarlo?
Aumentas la altura, pero ¿tienes que anotarlo en la ficha?
No entiendo por que el poner un aire acondicionado en una caravana puede implicar el tener que hacerlo.
Un AA no es algo permanente ya que puede quitarse con cuatro tornillos.
Si practicas una nueva abertura en una carroceria, que en el caso de la caravana puede ser para tener un acceso exterior a un cofre, o para poner una ventana, o en el techo para poner AA, como modificas la estructura, sí que se considera reforma, pero si utilizas una existente, como puede ser la de una claraboya, no es reforma.
Los datos que ponen en la ficha no se refieren al maximo de altura que puede tener el vehiculo, sino a la altura que tiene en el momento en que se homologa para expedir la ficha técnica.
No. Un aire aondicionado no es un elemento fijo.
Con cuatro tornillos se saca. Está encastrado en un abertura donde iba una claraboya.
Te lo puedes montar/desmontar tu mismo facilmente.
El detalle tonto que cuenta es el ingeniero que te toca en la ITV.
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Eso lo he dicho desde el principio, pero luego se ha derivado a temas de alturas...No me habia fijado en esto ultimo "Según la redacción actual del Manual de Reformas, sólo ha de considerarse reforma la instalación de equipos de aire acondicionado en el exterior si la transformación afecta a la estructura."
Efectivamente, si afecta a la estructura. sí que hay que homologarlo.
Es decir, si haces un agujero en la estructura modificandola, tienes que homologar, pero si utilizas un agujero existente, como el de la claraboya, como no modificas la estructura, no tienes que homologar nada ya que la estructura de la caravana esta tal cual como salió de fabrica.
Si miran la ficha de homologacion, en ella viene absolutaente todo, y las aberturas de la carroceria tambien, porque incluye planos de planta y alzado de todos los lados.Eso lo he dicho desde el principio, pero luego se ha derivado a temas de alturas...
Yo tengo claro que antes de hacer la reforma, si algun "ingeniero" preguntaba mi respuesta iba a ser que está montado aprovechando una claraboya, aunque no fuera cierto, porque no creo que en la homologación venga tambien cuantas claraboyas tiene cada caravana....
Y por mi parte, ya no tengo nada mas que aportar a este hilo...