Webcampista.com

mucho más que un foro

Cambio de nombre caravana

cris_raul

timid@
Hola! Hemos comprado una caravana y tenemos que hacer el cambio de nombre, tenemos bastante lio... Nuestra CA es Cataluña.

He leído que se necesita lo siguiente y estamos un poco dudosos porque cada persona a la que preguntamos nos dice una cosa distinta:

- Permiso de circulación. -Ficha técnica de la caravana o remolque donde conste que la ITV está en vigor.-Copia del pago del recibo de IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) o carta del Ayuntamiento en la que conste que ese tipo de caravana o remolque está exento del pago del mismo.-DNI, en vigor, del propietario.-DNI, en vigor, del comprador.
-Modelo de pago de Impuesto de Transmisiones de la Comunidad Autónoma correspondiente (puede conseguirse el modelo por Internet y rellenarlo si tu Comunidad Autónoma lo ha previsto así).​
-Modelo de solicitud de transferencia de vehículos para Tráfico.


A todo esto, entiendo que la ITV se ha de pasar antes de ir a hacer el cambio de nombre??

¿También pagan las caravanas impuesto de circulación??? Esto es nuevo para mi, no tenia ni idea!!! Además el
dueño no nos ha dicho nada.

¿Modelo de pago? Yo he imprimido el cambio de titularidad de la DGT, ¿con esto no es suficiente para hacer el pago en la DGT?

Menudo lio! Espero que alguno de vosotros pueda ayudarnos, pensábamos que era algo más fácil.
:scratch:
 
Si claro, por eso tenemos que hacer cambio de nombre porque esta matriculada y aunque su TARA es de 720kg su MMA es de 900kg
 
Te contesté en el otro hilo, pero sí, la ITV hay que hacerla antes de la transferencia de nombre en tráfico, por lo que debería hacerla el antiguo propietario porque si no, no puede vender la caravana.
Y el IVTM no lo pagan las caravanas en ningún sitio, excepto en Navarra, creo.
Así que, después de la ITV, al Ayuntamiento con la ficha técnica y luego a tráfico.
 
Te contesté en el otro hilo, pero sí, la ITV hay que hacerla antes de la transferencia de nombre en tráfico, por lo que debería hacerla el antiguo propietario porque si no, no puede vender la caravana.
Y el IVTM no lo pagan las caravanas en ningún sitio, excepto en Navarra, creo.
Así que, después de la ITV, al Ayuntamiento con la ficha técnica y luego a tráfico.

Gracias!! Al ayuntamiento para que??


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
pero sí, la ITV hay que hacerla antes de la transferencia de nombre en tráfico, por lo que debería hacerla el antiguo propietario porque si no, no puede vender la caravana.
Y el IVTM no lo pagan las caravanas en ningún sitio, excepto en Navarra, creo.


la caravana y cualquier vehículo se pueden transferir perfectamente sin ITV. en cuanto al IVTM, algunos ayuntamientos lo cobran, por lo que si el vendedor te puede dar junto con la documentación el justificante de exención de ese impuesto mejor. en algunas jefaturas de tráfico lo suelen pedir, a mi me lo pidieron en la de gipuzkoa cuando transferí la mia.

y en resumen lo que necesitas es:

permiso de circulación
ficha técnica
fotocopia del DNI del vendedor
DNI original del comprador
dependiendo de la jefatura de tráfico igual te piden el certificado de exención del IVTM. llámales antes de ir por si acaso
impreso 620 pagado y sellado por la hacienda de la comunidad del comprador
impreso de transferencia rellenado y firmado por las dos partes, (te lo puedes descargar de la web de la DGT)

en el caso de mandes a algún familiar a hacer la transferencia por ti necesitará tambien una autorización tuya para poder hacer en tu nombre la transferencia. tendrá que llevar su DNI original.
 
la caravana y cualquier vehículo se pueden transferir perfectamente sin ITV. en cuanto al IVTM, algunos ayuntamientos lo cobran, por lo que si el vendedor te puede dar junto con la documentación el justificante de exención de ese impuesto mejor. en algunas jefaturas de tráfico lo suelen pedir, a mi me lo pidieron en la de gipuzkoa cuando transferí la mia.

y en resumen lo que necesitas es:

permiso de circulación
ficha técnica
fotocopia del DNI del vendedor
DNI original del comprador
dependiendo de la jefatura de tráfico igual te piden el certificado de exención del IVTM. llámales antes de ir por si acaso
impreso 620 pagado y sellado por la hacienda de la comunidad del comprador
impreso de transferencia rellenado y firmado por las dos partes, (te lo puedes descargar de la web de la DGT)

en el caso de mandes a algún familiar a hacer la transferencia por ti necesitará tambien una autorización tuya para poder hacer en tu nombre la transferencia. tendrá que llevar su DNI original.

Muchas gracias!! Pues llamaré a la DGT de Barcelona para ver si lo necesitamos, si es así le tendremos que pedir al vendedor q vaya por el, supongo que lo expide el ayuntamiento donde reside y no podré pedirlo yo en otra entidad.

Del impuesto de Hacienda estamos exentos porque tiene más de 10 años.

Gracias


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
Hola, Del impuesto de patrimonio no te libras. Aunque tenga más de diez años. Te suelen cobrar un 5% del valor de la compra venta. Cuando hagas el contrato de compra venta no pongas mucha cantidad o ya sabes a pagar más.
Un saludo.

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk
 
Hola, Del impuesto de patrimonio no te libras. Aunque tenga más de diez años. Te suelen cobrar un 5% del valor de la compra venta. Cuando hagas el contrato de compra venta no pongas mucha cantidad o ya sabes a pagar más.
Un saludo.

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk

En Cataluña si el vehículo tiene más de 10 años no se paga, además aquí hay unas tablas que lo regulan en el caso de que se pague no va por el cobttato de compraventa


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
En Cataluña si el vehículo tiene más de 10 años no se paga, además aquí hay unas tablas que lo regulan en el caso de que se pague no va por el cobttato de compraventa


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Pues suerte la tuya porque aquí te cobran hasta por preguntar jajajaja

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk
 
Yo no se como hay gente que sin tener idea intenta informar de lo que cree que sabe
Cada autonomia es un mundo y lo que es bueno para Madrid no lo es para cataluña por lo que antes de escribir seria bueno que estuviesemos informados de cuales son las normas de dicha autonomia desde la cual se pide informacion

Y ya te lo han dicho un forero, en Cataluña existe unas tablas de precios, por lo cual de nada vale lo que hayas pagado por ella ,y la caravanas y autocaravanas de mas de 10 años estan exentas de pago
 
Yo no se como hay gente que sin tener idea intenta informar de lo que cree que sabe
Cada autonomia es un mundo y lo que es bueno para Madrid no lo es para cataluña por lo que antes de escribir seria bueno que estuviesemos informados de cuales son las normas de dicha autonomia desde la cual se pide informacion

Y ya te lo han dicho un forero, en Cataluña existe unas tablas de precios, por lo cual de nada vale lo que hayas pagado por ella ,y la caravanas y autocaravanas de mas de 10 años estan exentas de pago

Muchas gracias!! Eso estaba yo hablando ahora con mi marido.... Que hay q informarse porque puedes confundir a las personas.

Estoy feliz! Llevamos el caracol enganchado y para casa! :)


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
normalmente cuando informo de algo lo hago con la seguridad de que se lo que digo, pero eso no quita que me pueda equivocar. se que los coches de más de diez años no tributan pero tenia entendido que los demás si.

y como me he quedado con la mosca detrás de la oreja me he ido a la web de la agencia tributaria de cataluña y esto es lo que he leido.

http://etributs.gencat.cat/es/guies/com_declarar_la_compra_d_un_vehicle_de_segona_ma/

y uno de los apartados dice que quedan exentos:

b) Transmisión de vehículos de diez años de antigüedad o más, siempre que no se trate de un vehículo histórico y que su valor, determinado de acuerdo con lo que dispone la orden por la cual se aprueban los precios medios de venta aplicables a la gestión del impuesto, sea inferior a 40.000 euros.

pero por otro lado hay una tabla de valoraciones para caravanas que tienen las valoraciones para estas hasta 12 años de antigüedad con lo que ya me crea la duda de que cuando dicen "vehículos" se refieran a todos los vehículos o lo hagan sólo para los turismos. os pongo el enlace donde está el PDF:

http://etributs.gencat.cat/web/.con.../valorsvehicles/valors2016/caravanes_2016.pdf
 
Hola, como te dijo diegoog y a lo que me refería es como el muy bien ha explicado al modelo 620. Pregunta pero suele ser un requisito indispensable. Si en Cataluña no pues suerte la tuya y aunque parezca mentira las tablas de vehículos no son las mismas que las las caravanas. Se suelen regir por otros formatos.
De todas formas hay foreros que saben más del tema.
Un saludo.

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk
 
Hola, como te dijo diegoog y a lo que me refería es como el muy bien ha explicado al modelo 620. Pregunta pero suele ser un requisito indispensable. Si en Cataluña no pues suerte la tuya y aunque parezca mentira las tablas de vehículos no son las mismas que las las caravanas. Se suelen regir por otros formatos.
De todas formas hay foreros que saben más del tema.
Un saludo.

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk

La caravana tiene 19 años


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
La caravana tiene 19 años


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Yo hice el cambio de nombre de una caravana de 20 años y me tocó pasar por caja (modelo 620) pero la hermana de un amigo que allí estaba no le tocó pagar por eso mismo que tú has dicho de tener el "coche" más de diez.
Pero pregunta que si te libras del pago mejor para tu bolsillo. Pero por si acaso no pongas mucho valor en el contrato compra venta por si acaso.
Un saludo.


Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk
 
Yo hice el cambio de nombre de una caravana de 20 años y me tocó pasar por caja (modelo 620) pero la hermana de un amigo que allí estaba no le tocó pagar por eso mismo que tú has dicho de tener el "coche" más de diez.
Pero pregunta que si te libras del pago mejor para tu bolsillo. Pero por si acaso no pongas mucho valor en el contrato compra venta por si acaso.
Un saludo.


Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk

Si lo preguntaremos. De todos modos en Cataluña hay una lista con la marca y modelo de la caravana y pone el precio del cual se rigen


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
Buenos días!! Para aclarar dudas he llamado a la DGT y en Cataluña lls vehículos de más de 10 años que no superen los 44000€ en su compra no paga el impuesto de transmisión patrimonial (creo que se llama así, el famoso modelo 620 que comentáis) así que estaba en lo cierto y me libro de pagar! Jejeje


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
Buenos días!! Para aclarar dudas he llamado a la DGT y en Cataluña lls vehículos de más de 10 años que no superen los 44000€ en su compra no paga el impuesto de transmisión patrimonial (creo que se llama así, el famoso modelo 620 que comentáis) así que estaba en lo cierto y me libro de pagar! Jejeje


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Me alegro.
Un saludo.[emoji2]

Enviado desde mi Aquaris E5 mediante Tapatalk
 
Hola, perdonar, lo que no me quedó claro es que si en Cataluña te piden el certificado como que no tienes que pagar impuestos expedido por el ayuntamiento, gracias
 
Se ha dicho ya por activa y por pasiva. Sin la ITV en vigor es imposible transferir un vehículo en Spain.
 
Ojalá sea así, pues el vendedor no quiere pasar la itv.
He entrado en la web de la DGT y no está tan claro como decís.
Saludos y feliz Navidad, a pesar de los pesares.
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com