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mucho más que un foro

Como conducimos....

14 ltrs!!!!!!
Aunque no me extraña si circulas a 110 km/h.
Yo con mi anterior coche (fabia combi Tdi) no supere nunca los 8'5.
Espero que con el coche nuevo (opel Signum cdti) no los supere tampoco.

Eso fue a la vuelta, con 38 grados casi todo el camino, a las 12.30 salimos, aire acondicionado tooooodo el rato y la verdad que como no hacia aire y el trafico no era intenso, fui mucho rato a 110, al ir a las 5.00 de la mañana sin encender aire y con fresquito que tambien lo nota el motor, me hizo esto, que lo veo mas ajustado:


Imagen698.jpg
 
el mio el no hacer aire y no llevar el aire es una diferencia de casi 5 litros... sin descontar que la 5º me olvido... viajo en 4º siempre y 3º en subidas pronunciadas.....
 
mi conducion 80km/h y muy rara vez 90km/h , para ir a esta ultima velocidad tengo que ver que hay condiciones muy buenas , a 80 conduzco tranquilo y agusto , cuando paso de 80 ya voy en tension , no me gusta superar los 80.
Me podeis llamar cageta o lo que querais , yo voy agusto con ellas y voy dentro de la legalidad .
consumo una media de 10 o 11 litros .
 
Cageta no.. cada uno es libre mi caravana pesa 610kg y mi coche 1200.... cada conjunto es un mundo y un comportamiento diferente
 
mi caravana su peso real no lo voy a poner , ya sabeis ....... , es una queen 495 lux , es la misma en distrubucion, muebles, medidas pesos etc.... a la tango 495 lux , el coche son casi 1900 kg en vacio , pero el conjunto son 12m .
 
mi conducion 80km/h y muy rara vez 90km/h , para ir a esta ultima velocidad tengo que ver que hay condiciones muy buenas , a 80 conduzco tranquilo y agusto , cuando paso de 80 ya voy en tension , no me gusta superar los 80.
Me podeis llamar cageta o lo que querais , yo voy agusto con ellas y voy dentro de la legalidad .
consumo una media de 10 o 11 litros .

Cageta no.. cada uno es libre mi caravana pesa 610kg y mi coche 1200.... cada conjunto es un mundo y un comportamiento diferente


Cada uno va al ritmo que cree bueno o seguro para su conjunto y su tranquilidad, tambien es verdad que cada conjunto es un mundo: mi caravana de 750kg o algo mas
;-) y mi coche de 1300kg vacio aunque parezca recogidito.
 
Para Carlos y para todo aquel que aun siga dudando, esto es lo ultimo que esta en vigor: (Texto vigente a 1 de julio de 2011)

He copiado el articulo entero, es bastante largo, pero esta bastante claro lo de los 80 Km/h. Lo del art. siguiente sobre lo de los 20 KM/h de mas para adelantar, es tan solo para carreteras convencionales y no para Autopistas ni para Autovias.

Modificado por:​
Real Decreto 965/2006, de 1 de septiembre. BOE 05-09-2006

Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado.​
1. Las velocidades máximas que no deberán ser rebasadas, salvo en los supuestos previstos en elartículo 51, son las siguientes:a) Para automóviles:1º En autopistas y autovías: turismos y motocicletas, 120 kilómetros por hora; autobuses, vehículosderivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 100 kilómetros por hora; camiones, vehículosarticulados, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 kilómetros​
por hora; restantes automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora.

2º En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras
convencionales, siempre que estas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura,o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación: turismos y motocicletas, 100 kilómetros porhora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 90 kilómetros por hora;camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 80 kilómetros por​
hora.

3º En el resto de las vías fuera de poblado: turismos y motocicletas, 90 kilómetros por hora;autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 80 kilómetros por hora;camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 70 kilómetros porhora.4º En cualquier tipo de vía donde esté permitida su circulación: vehículos de tres ruedas ycuadriciclos, 70 kilómetros por hora.b) Para los vehículos que realicen transporte escolar y de menores o que transporten mercancíaspeligrosas, se reducirá en 10 kilómetros por hora la velocidad máxima fijada en el párrafo a) en funcióndel tipo de vehículo y de la vía por la que circula.En el supuesto de que en un autobús viajen pasajeros de pie porque así esté autorizado, lavelocidad máxima, cualquiera que sea el tipo de vía fuera de poblado, será de 80 kilómetros por hora.c) Para vehículos especiales y conjuntos de vehículos, también especiales, aunque sólo tenga talnaturaleza uno de los que integran el conjunto:1º Si carecen de señalización de frenado, llevan remolque o son motocultores: 25 kilómetros porhora.2º Los restantes vehículos especiales: 40 kilómetros por hora, salvo cuando puedan desarrollar unavelocidad superior a los 60 kilómetros por hora en llano con arreglo a sus características, y cumplan lascondiciones que se señalan en las normas reguladoras de los vehículos; en tal caso, la velocidad máximaserá de 70 kilómetros por hora.d) Para vehículos en régimen de transporte especial, la señalada en el anexo III de este reglamento.e) Para ciclos, ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros: 45 kilómetros por hora. Noobstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad máxima en aquellos tramos en losque las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior.f) Los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del pasohumano, y los animales que arrastren un vehículo, la del trote.g) Los vehículos a los que, por razones de ensayo o experimentación, les haya sido concedido unpermiso especial para ensayos podrán rebasar las velocidades establecidas como máximas en 30kilómetros por hora, pero sólo dentro del itinerario fijado y en ningún caso cuando circulen por víasurbanas, travesías o por tramos en los que exista señalización específica que limite la velocidad.2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves o muy graves,según corresponda por el exceso de velocidad, conforme se prevé en los artículos 65.4.a) y 65.5.c), ambosdel texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.​
*Apdo. 1 a) modificado por art. único. Tres de Real Decreto 965/2006, de 1 septiembre.​
*Apdo. 2 modificado por art. único. Tres de Real Decreto 965/2006, de 1 septiembre.





Artículo 51.Velocidades máximas en adelantamientos.​
1. Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelourbano sólo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelantena otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas (artículo 19.4 del texto articulado).2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves conforme seprevé en el artículo 65.4.a), salvo que tengan la consideración de muy graves, de conformidad con lodispuesto en el artículo 65.5.c), ambos del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación deVehículos a Motor y Seguridad Vial.​
*Apdo. 2 modificado en cuanto a las referencias al art. 654 c) y. 5 e) por art. único. Diez de Real Decreto 965/2006,​
de 1 septiembre.



 
Como conducimos....

Yo dudar no dudo, eso es exactamente igual a lo que yo he puesto, pero no a lo que tu pusiste en tu anterior mensaje
velocidad maxima en autopista...80 Km/h para los pesados, los demas vehiculos de transporte su velocidad max es de 95 Km/h.
Un saludo.
 
Resumo en una tabla las velocidades, espero no haberme equivocado:

Autopista o Autovía
Vías para automóviles y carreteras con arcén de más de 1,5 m o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación
Resto de vías fuera de poblado
Turismos y motocicletas
120 km/h
100 km/h
90 km/h
Autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables
100 km/h
90 km/h
80 km/h
Camiones, vehículos articulados, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kg
90 km/h
80 km/h
70 km/h
Automóviles con remolque de más de 750 kg
80 km/h
80 km/h
70 km/h
 
Los que sois respetuosos con la normativa cuando circulamos con caravana somos igual de respetuosos cuando vamos solo con el coche? o lo que es lo mismo vais por autopista a 120?
 
Yo dudar no dudo, eso es exactamente igual a lo que yo he puesto, pero no a lo que tu pusiste en tu anterior mensaje
Un saludo.

Cuando me referia a los pesados era a los remolques de mas de 750 Kg y los demas vehiculos pesados de mas de 3500 Kg de MMA dedicados al transporte, sobre todo los camiones estan limitados por sistema (tacografos) a 95 KM/h.
A esto era a lo que me referia.
Un saludo.
 
Los que sois respetuosos con la normativa cuando circulamos con caravana somos igual de respetuosos cuando vamos solo con el coche? o lo que es lo mismo vais por autopista a 120?

yo no.... sin caravana soy de pie pisado... y de noche mas pisado aun..... eso si.... siempre y cuando el tráfico lo permita.... nada de pegarme al culo de nadie agobiando lógicamente....
 
Efectivamente que SI, creo que no merece la pena el que por querer adelantar en el tiempo, se llegue un poco mas tarde y con el bolsillo tocado que hoy dia es lo mas importante.
Con mi coche actual y comprobado por GPS y Radares indicadores de velocidad, tengo que ir a 128 de contakilometros para ir a 121 KM/h de velocidad real y como leva regulador en autovia o autopista el regulador a 128.
O sea que mi coche miente por exceso en 7 KM/h para una velocidad de 120.
Un saludo
 
Yo NUNCA paso los 120, ni en coche ni en moto.
Aunque sea solo mirando el tema económico, ya me merece la pena.
Y como he dicho antes llevo 10 años haciendo entre 160 o 240 km diarios en moto, con sol, lluvia, viento o lo que sea.
 
Yo no voy algo mas rapido porque se llegue antes, yo voy a 100, porque a 80 me parece que no pasan los kilometros, me relajo tanto que me entra sueño, la lio mas, y principalmente por lo que he puesto en un post anterior.
 
Como conducimos....

Cuando me referia a los pesados era a los remolques de mas de 750 Kg y los demas vehiculos pesados de mas de 3500 Kg de MMA dedicados al transporte, sobre todo los camiones estan limitados por sistema (tacografos) a 95 KM/h.
A esto era a lo que me referia.
Un saludo.

No, los limitadores de los vehículos pesados están limitados, como es lógico, a la velocidad máxima permitida para esta categoría, 90 Km/h
 
Si, pero mas el error, la maquina da 95.
En el vehiculo cuando llega a esa velocidad de cuentakilometros se corta el combustible.
 
Además, yo vengo del mundo furgonetil (he tenido tres VW T3) así que estoy acostumbrado a viajar a 80km/h, jeje.
Pues bien, pero ay otros que de 130 pa arriba y no bajan.
Cuando me adelanten mañana, les cojo la matricula y os la pongo por si son conocidos, tambien puedo poner la empresa.
 
Yo mismo, cuando voy solo con el coche no bajo de 130, jeje, eso si, la matricula no te la voy a poner.
 
Mas de uno se me va a echar al cuello, pero es lo que pienso y para adelante, al lio. Todo lo que voy a poner ahora me refiero con un conjunto medianamente compensado. Muchos llamais a ir rapido, el circular a 100, que es ilegal y peligroso, pues bien, si, ilegal es, pero me parece mas peligroso no, me parece mas peligroso ir a 80, todo esto me refiero por autopista. Cuando vas a 100, tu eres el que adelanta a los camiones, miras por los espejos, no viene nadie, aceleras, que con los coches que llevamos aceleras en un pis-pas y adelantas, el camion te suele dar las largas, entonces te metes das las gracias y para alante. Pues bien ahora al reves, vosotros sabeis el puatadon que es para un camion cuando se encuentra con alguien a 80 por la autopista y tiene que adelantarle??. Muchas veces se le hace bajar la velocidad hasta que tiene la oportunidad para adelantar, por todos los coches que vienen a 120, 40 kilometros por hora mas!!, eso hay que calcularlo muy, muy bien para hacer la maniobra causando el minimo trastorno posible, porque siempre alguno causa. Cuando empieza con la maniobra de adelantamiento, tiene que coger velocidad para poder adelantar, luego un huevo de tiempo adelantando, y no es porque esl camionero quiera tocar los huevos al resto de los usuarios de la autopa, sino porque el camion esta timbrado y no corre mas, y tiene que adelantar porque tiene que cumplir unos tiempos, y no se puede permitir el lujo de ir a 80. Bien mientras adelanta, la cola que se forma detras del camion, con un monton de gente nerviosa cagandose en el camionero, y eso mas coches que van llegando a 120 a la cola que se forma a 90. Pues eso, siempre hay algun frenazo, y alguna situacion de peligro. Yo no digo que tengais que ir a 95-100, cada uno tiene que ir a la velocidad que se vea seguro, porque sino tambien se lia, lo que quiero decir es que no por ir un poco mas de la velocidad de la que es legal, seamos unos irresponsables como leo muchas veces en este foro.

Yo no podria haber explicado mejor. Saludos.
 
Como conducimos....

Si, pero mas el error, la maquina da 95.
En el vehiculo cuando llega a esa velocidad de cuentakilometros se corta el combustible.

La tolerancia (el "iva" que decimos nosotros) que permite la ley es de +-2 sobre 100.
El tacografo en el disco siempre marca 90, más ese 2% el camión puede, legalmente, ir a 92 km/h pero siempre marcará en disco 90 y el limitador que es otro dispositivo independiente del tacografo siempre corta a 90 de tacografo.
Hoy en dia pocos talleres se "mojan" en meter más "iva" a los tacografos. Las sanciones son para pensárselo.
 
Pues bien, pero ay otros que de 130 pa arriba y no bajan.
Cuando me adelanten mañana, les cojo la matricula y os la pongo por si son conocidos, tambien puedo poner la empresa.

A mi es un tema que no me preocupa más aya de la seguridad del tráfico...............las denuncias las pagan ellos..............está en el convenio..............................jajajajajaja...................algunos ya los ha sufrido en sus bolsillos y a más....................sin carnet no me sirven.........................., lo siento.

Saludos.
 
Los que sois respetuosos con la normativa cuando circulamos con caravana somos igual de respetuosos cuando vamos solo con el coche? o lo que es lo mismo vais por autopista a 120?
pues si, la respeto y mucho , los puntos y el carnet de conducir son mis manos y mis pies para el trabajo .
 
Como conducimos....

La tolerancia (el "iva" que decimos nosotros) que permite la ley es de +-2 sobre 100.
El tacografo en el disco siempre marca 90, más ese 2% el camión puede, legalmente, ir a 92 km/h pero siempre marcará en disco 90 y el limitador que es otro dispositivo independiente del tacografo siempre corta a 90 de tacografo.
Hoy en dia pocos talleres se "mojan" en meter más "iva" a los tacografos. Las sanciones son para pensárselo.

Por eso cuando veis en autovia un adelantamiento larguísimo de dos camiones es por esto, uno de ellos va a 90 y el otro a 91.
Aquí es donde vuelve a salir la "profesionalidad" del vehiculo adelantado levantando el pie y facilitando la maniobra, porque incluso como vaya detrás la GC y vea el panorama el "paquete" es para él.
 
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