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mucho más que un foro

¿cuanto cuesta pasar la itv y revisión del gas en la caravana?

echo del verbo hacer,,,es con H, asi que hecho. 8 esto es flodeo,,segun el diccionario forero,,,cuando no meto la pata en una la meto en otra. excused moi, je regrette.
 
Respecto al mantenimiento de la instalación, serán los titulares o, en su defecto, los usuarios de las instalaciones de GLP, los responsables de la conservación y buen uso de dicha instalación, siguiendo los criterios establecidos en el RD 919/2006, de tal forma que se halle permanentemente en disposición de servicio, con el nivel de seguridad adecuado. !!
pues aqui queria yo llegar,,,logico es que el usuario mantenga en condiciones los grifos de paso, las gomas etc.
Imagino que cuando compras una cv o Ac nueva, bajo esta legislacion ( 2006) ya, se te entrega el ctdo de instalcion de gas, por tanto en las itv´s , si quieren te lo pediran y si no verificaran la caducidad de las gomas.
De ahi a que todo usuario de una Cv o Ac,,,digamos mayorcita, tenga que sacar ese Certificado de instalacion.
No veo que esa ley sea con caracter retroactivo.
si estoy equivocado , corrigeme, yo no tengo ese ctfdo ni lo voy a sacar.
Bastante plumazo me metio ya el que vino a mi casa a firmar el dichoso cftdo y encima no habia echo él la instalacion.

H420... quizás deberías de leerte la ley al completo...

ITC-ICG 10

Instalaciones de gases licuados del petróleo (GLP) de uso doméstico en caravanas y autocaravanas

Índice

1. Objeto.

2. Campo de aplicación. 3. Diseño y ejecución de las instalaciones. 4. Documentación y puesta en servicio.

4.1 Pruebas previas.

4.2 Certificados. 4.3 Puesta en servicio. 4.4 Comunicación a la Administración.

5. Condiciones de utilización de la instalación

6. Mantenimiento y revisiones periódicas.

1. Objeto

La presente instrucción técnica complementaria (en adelante, también denominada ITC) tiene por objeto fijar los requisitos técnicos esenciales y las medidas de seguridad que deben observarse referentes al diseño, construcción, pruebas, instalación y utilización de las instalaciones de GLP de uso doméstico en caravanas y autocaravanas, a las que se refiere el artículo 2.1,g) del reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos (en adelante, también denominado reglamento).

2. Campo de aplicacion

La presente ITC se aplica a las instalaciones y aparatos de GLP para usos doméstico en vehículos habitables de recreo de carretera, como caravanas o autocaravanas.

Se excluyen del ámbito de aplicación los aparatos portátiles que incorporan su propia alimentación de gas. Las prescripciones relativas al mantenimiento y control periódico de las instalaciones serán aplicables tanto a las instalaciones nuevas como a las existentes.

3. Diseño y ejecución de las instalaciones

El diseño, construcción y montaje de las instalaciones se realizará con arreglo a lo establecido en la norma UNE-EN 1949.

Asimismo, los aparatos que se utilicen en caravanas o autocaravanas cumplirán las disposiciones que trasponen a derecho interno español las directivas específicas de la Unión Europea aplicables a los aparatos de gas, o lo indicado en la ITC-ICG 08, según proceda. La ejecución de la instalación será realizada por una empresa instaladora de gas.

4. Documentación y puesta en servicio

4.1 Pruebas previas.-De forma previa a la puesta en servicio de la instalación la empresa instaladora, realizará las pruebas previstas en la norma UNE-EN 1949, con el fin de comprobar que la instalación, los materiales y los equipos cumplen los requisitos de resistencia y estanquidad.

Para la verificación de la estanquidad se utilizará un manómetro de rango 0 a 1 bar, clase 1, divisiones de escala de 20 mbar o un manotermógrafo del mismo rango. Se considerará que la prueba es correcta si no se observa una disminución de la presión, transcurrido un período de tiempo no inferior a 15 minutos desde el momento en que se efectuó la primera lectura. 4.2 Certificados.-La empresa instaladora cumplimentará el correspondiente certificado de instalación indicado en el anexo 1 de esta ITC, que se emitirá por triplicado, con copia para el titular de la instalación y para el órgano competente de la Comunidad Autónoma. 4.3 Puesta en servicio.-Una vez expedido el certificado de instalación, ésta se considerará en disposición de servicio, momento en que el titular de la instalación del vehículo de recreo podrá solicitar al suministrador los envases de GLP. 4.4 Comunicación a la Administración.-No es precisa ninguna comunicación. No obstante, el titular conservará, y tendrá a disposición de la Administración, el certificado de instalación que refleje la instalación de envases de GLP.

5. Condiciones de utilización de la instalación

La presión de funcionamiento de los aparatos de gas deberá ser de 30 mbar.

Los envases, tanto los conectados a la instalación como los vacíos, situados en el interior o en el exterior del volumen habitable deben estar sujetos, tanto durante su utilización como con el vehículo en movimiento. Se deberán desconectar los envases de la instalación en estacionamientos prolongados sin utilización de la instalación de gas. No podrán utilizarse las tuberías de la instalación de gas como conductores para la instalación de puesta a tierra o para instalaciones eléctricas o radioeléctricas.

6. Mantenimiento y revisiones periódicas

Los titulares o, en su defecto, los usuarios de las instalaciones de GLP, serán los responsables de la conservación y buen uso de dicha instalación, siguiendo los criterios establecidos en la presente ITC, de tal forma que se halle permanentemente en disposición de servicio, con el nivel de seguridad adecuado. Asimismo atenderán las recomendaciones e instrucciones que, en orden a la seguridad, les sean comunicadas por la empresa instaladora de acuerdo con la norma UNE-EN 1949.

El titular de la instalación deberá encargar cada cuatro años a una empresa instaladora autorizada la revisión de la instalación y aparatos de GLP.

Si no te lo crees no tienes mas que leerlo en el propio BOE BOE.es: Consultas. Documento


Y si a esto no le llamas de carácter retroactivo las instalaciones nuevas como a las existentes. que quieres que te diga... es lo que yo interpreto y creo que no tiene muchas vuelvas de hoja.... vamos que no tiene varias interpretaciones...

Un saludo
 
He llamado a un taller de caravanas y me han dicho que la caravanas NO necesitan pasar revisiones periódicas que llevan ya un certificado cuando las compras y luego cada 4 años le cambias las gomas que lleva la caravana, no vale cualquier goma y cuando tengas que pasar la ITV le miran la caducidad de las gomas y si estan vigentes no te piden nada más, si no te las hacen cambiar y la tienes que volver a llevar y ya te sellan .... hasta la próxima ITV.
 
He llamado a un taller de caravanas y me han dicho que la caravanas NO necesitan pasar revisiones periódicas que llevan ya un certificado cuando las compras y luego cada 4 años le cambias las gomas que lleva la caravana, no vale cualquier goma y cuando tengas que pasar la ITV le miran la caducidad de las gomas y si estan vigentes no te piden nada más, si no te las hacen cambiar y la tienes que volver a llevar y ya te sellan .... hasta la próxima ITV.

Me temo que ese taller de caravanas no está muy enterado de la legislación vigente en cuanto a gas en CV y AC....Tampoco es de extrañar, algunos todavía dicen que con el B se pueden llevar 4250 kg de conjunto.

La ley es muy clara al respecto. Solo tenéis que leeros la ITC-10 del BOE que se ha puesto más arriba. No es más de una página y lo dice muy claro: las CV y AC necesitan pasar la revisión de su instalación de gas cada 4 años.
Además, el BOE no hace distingos entre tipos de gas: da igual que uses la camping-gas pequeña que la de butano de toda la vida, lo que hay que revisar es la instalación.

Lo que no se sabe aún es quién nos puede pedir ese papel de revisión. Las ITVs no lo están haciendo y además creo que no pueden y la Guardia Civil tampoco lo pide. Tampoco tenemos muy claro cuáles son las consecuencias de no llevarlo (en cuanto a multas y demás). Lo que sí parece claro es que si ocurre un accidente con el gas y no lo llevas en regla, ya te puedes olvidar de tu seguro.

Sobre el debate entre Jose Luis y H420 creo que estáis debatiendo si es necesario el certificado de instalación o no. Yo creo que no es necesario (yo no lo tengo) pero sí que es necesario el documento de revisión temporal, como aparece en rojo en el documento citado por Jose Luis. Ese sí lo tengo.
 
OWOCKADOY:

Lo que no se sabe aún es quién nos puede pedir ese papel de revisión. Las ITVs no lo están haciendo y además creo que no pueden y la Guardia Civil tampoco lo pide. Tampoco tenemos muy claro cuáles son las consecuencias de no llevarlo (en cuanto a multas y demás). Lo que sí parece claro es que si ocurre un accidente con el gas y no lo llevas en regla, ya te puedes olvidar de tu seguro.

Entonces no lo sabe nadie....si no lo sabe la competencia vigente....no problem
¿Pues si no lo sabe nadie?
Fue en NORCARAVAN ellos no solo tienen taller si no que se dedican a vender AC y CV.

Claro por seguridad cambiare mis gomas....

Pero en esto como en todo hay muchos que quieren sacar leuros de todo y sabéis muy bien que hasta las compañías de gas como la mía de casa cuando vino el señor ¿que hizo? miro por encima que todo estaba bien y a los cinco minutos dijo firme aquí y ya esta. No comprobó nada no utilizo ningún aparato para medir gases, na de na. SUELTA MONEY
Dijo hasta otra.

Era el revisor autorizado de gas natural y la propia compañía me aviso el día anterior que vendrían al bloque y nos lo cobrarían en el próximo recibo.
 
Aunolose, es lo que yo tengo, hace unos meses, mi cuñada a comprado un piso y también se lo han entregado... al menos aquí es como lo hacen... mira

Certificado del instalador autorizado, cuando me entregaron el piso.... haceeeeee muchosss años... :drunken:

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Certificado de la primera revisión que tuve que hacer yo... ya que antes era con bombonas...

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Cuando instale el gas natural.... certificado del instalador autorizado

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Y primera revisión....

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Vale, vale, me ha quedao claro :D, pero no recuerdo ningún papel de esos en el piso de mi padre, en el mío si porque fue "reciente".
 
Jose Luis no seras un inspector de gas disfrazado de campista:laughing6:
 
Bueno, pues mas o menos está aclarado:
  1. Las revisiones son periodicas cada 4 años por ley.
  2. La revisión no quiere decir que tengas que cambiar las gomas cada 4 años, solo si están caducadas. Un instalador lo que hará será revisar el estado de las gomas, de las tuberías rigidas y la estanqueidad del circuito con los aparatos necesarios.
  3. Las ITV y la GC, te podrán o no pedir este certificado de instalación o de revisión, pero la compañia de seguros, como no lo tengas y te suceda algún percance con el gas no teniendolo, vas listo.
  4. En principio, sin certificado de instalación o el de revisión, no te pueden suministrar bombonas de gas, con lo que si las tienes, estas "ilegal".
No se si me he dejado algo.
 
Bueno, pues mas o menos está aclarado:
  1. Las revisiones son periodicas cada 4 años por ley.
  2. La revisión no quiere decir que tengas que cambiar las gomas cada 4 años, solo si están caducadas. Un instalador lo que hará será revisar el estado de las gomas, de las tuberías rigidas y la estanqueidad del circuito con los aparatos necesarios.
  3. Las ITV y la GC, te podrán o no pedir este certificado de instalación o de revisión, pero la compañia de seguros, como no lo tengas y te suceda algún percance con el gas no teniendolo, vas listo.
  4. En principio, sin certificado de instalación o el de revisión, no te pueden suministrar bombonas de gas, con lo que si las tienes, estas "ilegal".
No se si me he dejado algo.

Dices que sin certificado no te suministran bombonas de gas . ¿ Te lo han pedido alguna vez en las gasolineras que las venden ? yo voy directamente al concesionario de butano y jamas me han pedido nada ni he visto que se lo solicite a nadie .Las revisiones son un autentico fraude , los tipos aqui solo traen un destornillador para venderte la goma y te dicen que listo . Creo que las revisiones las deberia de controlar los seguros y no tener que pagarle al tecnico en tu casa por que note puedes imaginar lo de tunantes que se hacen pasar por operarios de gas. Saludos
 
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