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Importar una caravana desde otro país europeo

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Oxi

Buen día en perspectiva
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[TD]En otros países, algunos limítrofes, se ofrecen a la venta con cierta frecuencia algunos modelos de caravanas difícilmente encontrables en España.

Y sobre todo, un mercado de ocasión con precios interesantes.

En este foro hay varios casos de gente que ha comprado caravanas en Francia, Polonia y otros países de Europa y las ha llevado a España sin mayores problemas.

Os invito a poner en este hilo enlaces hacia los mensajes que cuentan esas experiencias. O que están en esos trámites.

Para cuidar la legibilidad sería preferible que este hilo fuera solamente una especie de índice de todo lo que concierne la importación.

Si alguien quiere contar su propia experiencia que abra un hilo aparte, o siga otro existente y que indique aquí sus enlaces...

...

Caravana, Caravane, Rulot, Wohnwagen, Фургон, Caravan, Campingvogn, 拖挂式房车, Roulotte...
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Quizás la información más completa es esta que encontré esta tarde en el foro y que creo que coincide con alguno de los enlaces de Oxi.


Se ha dicho por ahí mucho, de que los remolques de menos de 750 kg, con documentación extranjera, pueden circular con sus propios papeles, e incluso que dichas consultas se han hecho a tráfico(vía telefónica, con lo cual no queda constancia de lo dicho), diciendo que no hay ningún problema…pero creo que sí lo hay.

El artículo 9 del Reglamento General de Vehículos dice en su apartado 5:

5. Las caravanas y remolques ligeros estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica, expedida de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación vigente que se recoge en el anexo I

Dicho anexo I, habla de las homologaciones de los distintos vehículos.
Bien, ya “semos europeos” (desde hace bastante, por cierto), y por ello se hicieron unas normas que España tuvo que acatar y que son sobre las homologaciones de los vehículos, así pues, un vehículo homologado en la Unión Europea (según directiva 70/156/CEE), su homologación es válida para los demás países, con lo cual no necesita posterior homologación en ese país, cosa que hacía España.

Me explico:

-Si la caravana no tiene homologación de la CEE, pues entonces, tendría muchos problemas, pedir fichas técnicas a la casa, etc,etc, (se ha hablado mucho por el foro de eso)
-Si la caravana tiene homologación CEE, y además sus papeles para circular, son válidos y España tiene que reconocerlos sin más objeción, pero ojo, una cosa es la homologación y otra la documentación. En éste caso pasando por una Estación ITV, deben de expedir una tarjeta de inspección técnica sin más, ya que no se han de pagar impuestos especiales de aduana ni otro trámite ya que es sólo para vehículos que se van a matricular (otra cosa sería si la caravana fuera de MMA mayor de 750 kg).

¿Qué pasaría si circuláramos con una caravana con los papeles expedidos en otro país?

Bueno pues dos opciones al igual que he puesto arriba:

-Que el vehículo se encontrase homologado por su fabricante, pero que no poseyera Tarjeta de Inspección Técnica.- Infracción al artículo 9. 5. 1A, VEH, por “Circular con el vehículo reseñado arrastrando un remolque ligero que no esta dotado de Tarjeta de Inspección Técnica.”. Esto son 150 braulios y posible inmovilización, si dicho vehículo presenta incompatibilidades de seguridad, además de obligación de pasar por Estación ITV para sacar tarjeta de Inspección Técnica.

- Que el vehículo NO se encontrara homologado por su fabricante y por ello así mismo el vehículo carecería de Tarjeta de Inspección Técnica. - En este caso la infracción consistiría en una carencia de homologación, siendo la misma una infracción al artículo 61, apartado 2º de la Ley de Seguridad Vial, por "circular con un vehículo no homologado o que no haya pasado una Inspección Técnica unitaria." Esto son 450 braulios, e inmovilización, además de sacar tarjeta de inspección técnica.

Bueno, espero que te haya quedado claro, que el tema es la Tarjeta de Inspección Técnica, por muy europeos que seamos los papeles han de ser de España.

Un saludo.

Por mi parte me he estado empollando toda la normativa sobre importación de caravanas de menos de 750 kilos, y cuando localicé este post llegué a la conclusión de que, aquí, además de recoger la normativa, está muy bien explicado.
 
Quisiera agregar una experiencia.
Importar un vehículo o CV matriculada en la CEE tiene sus pegas.
Existe la posibilidad de encontrar algún caso de kilómetro cero matriculado que nos interese traernos a España. Pues según la normativa española este vehículo se considera nuevo y te exigen el pago del IVA. En caso de haber pagado el impuesto al vendedor, tendrás que esperar seis meses para poder matricular en destino
 
Pagar el IVA... ¿sobre qué precio? ¿El precio real de compra o el precio de la caravana nueva? Porque si la documentación de origen dice que se vendió en 1990 difícil es que en el 2017 la consideren nueva.

De todas formas, no hay que confundir un vehículo k0 con una caravana de menos de 750 kilos, que no lleva matrícula. Este tipo de información resulta confusa: Cuando se alude a que según la normativa española... si estamos hablando de caravanas de menos de 750 kilos, lo que procede es no es decir "según..." sino citar el artículo de la normativa que respalda la información. Porque una cosa es indiscutible: Todo vehículo dentro de la Unión Europea tiene que cumplir una determinada normativa, sin perjuicio del país miembro donde se fabrique o se venda; y lo que vale en Polonia, vale en todos los países miembros de la UE. Habrá que solicitar la convalidación, pero ninguna norma de otro país de la UE puede negarse a convalidar la documentación para circular.
 
Creo haberme explicado con claridad.
He mencionado CV matriculada. Ahí quedan exentas las menores de 750kg.
Segunda cuestión; Que hayan sido matriculadas hace menos de 6 meses. En ese caso se consideran nuevos y has de pagar IVA sobre el precio que se adquirió. En ese caso "recomiendo" pagar el impuesto en España, no al vendedor en el país de la CEE que sea.
Matizo, estamos hablando de vehículos Km0 o nuevos, no del siglo catapum
 
Yo acabo de ver en éste camping lo que nunca había visto. Un coche español remolcando una caravana extranjera con su propia matrícula
 
¡Ojo! El que vende la 126 N me dice que tiene matrícula polaca... y que para llevarla de Girona a Ourense se puede hacer con esa matrícula ya que tiene seguro contratado en Polonia por el anterior propietario hasta mediados de 2018. Claro que todo esto, como el estado real de la caravana, sólo se puede hablar con conocimiento de causa yendo allí y viendo todo en vivo y en directo antes de cerrar la operación.
 
Yo acabo de ver en éste camping lo que nunca había visto. Un coche español remolcando una caravana extranjera con su propia matrícula
Yo con caravanas no lo habia visto, bueno si.... el de un parking llevando las cv de sus clientes extranjeros al camping..., a lo que iba, en camiones es muy frecuente ver una tractora de un pais y el semi de otro.

Salu2!!!
 
¡Ojo! El que vende la 126 N me dice que tiene matrícula polaca... y que para llevarla de Girona a Ourense se puede hacer con esa matrícula ya que tiene seguro contratado en Polonia por el anterior propietario hasta mediados de 2018. Claro que todo esto, como el estado real de la caravana, sólo se puede hablar con conocimiento de causa yendo allí y viendo todo en vivo y en directo antes de cerrar la operación.

Ahora se ha puesto de moda en el transporte las tractoras que trabajan "al enganche" de manera que es muy común ver tractoras de un país con semirremolque de otro país y conductor de un tercer país (aunque esto último no tiene nada que ver con lo que expongo)

Lo cierto es que con una CV sucede lo mismo. Si la CV dispone de su propio seguro puede circular remolcada por cualquier vehículo tractor aunque sean de diferentes países.

Ahora bien: el problema radica en que si yo estoy domiciliado en España debo tener todos mis vehículos matriculados aquí. En el caso de las empresas de transporte, obviamente, tienen domicilios fiscales en países diferentes y por ello los semirremolques y las tractoras están matriculadas en paises diferentes.

Si yo, con mi vehículo matriculado en España, remolco una CV de otro país (con sus papeles en regla), no tendré problema, siempre y cuando la CV sea propiedad de alguien con residencia en el país donde está matriculada.

Saludos.-
 
Gracias por estar pendiente y subir este hilo cada vez que un forero realiza una compra y nos aporta una informacion muy valiosa.
 
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