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Impuesto de circulacion

Andrey

Si no arriesgas,no creces
Quisiera preguntaros alguien que haya recibido una carta de su Ayuntamiento diciendo:
Mediante la presente, le informamos que segun los datos obrantes en el padron del impuesto sobre vehiculos de traccion mecanica, usted figura como titular del vehiculo con matricula -----------.


1º Pregunto las caravanas son vehiculos de traccion mecanica???
2º se esta obligado a pagar impuesto de circulacion?
3º en caso de no estar obligado que deberia hacer?

me gustaria poder leer vuestras opiniones ,gracias adelantadas.
 
No, simplemente NO.
Que se lean la legislación, a mi me pasó lo mismo, pero fui al Ayto y le hice saber el error, dijeron que lo consultarían y ...hasta hoy.
 
Te contesto a la segunda, no, no pagan impuesto de circulación, salvo en Navarra, me parece. No lo pagan los remolques no tengan de carga útil 750k o más, ojo, de carga útil, no de MMA, la carga útil es la MMA menos la Tara, lo dicho, todavía no hay caravanas que tengan tanto margen de carga.

La tercera está contestada en el foro, creo que hay que ir al ayuntamiento a decirles que no está obligada con algún documento oficial.
 
ostia papi,has dudado de mi palabra,esto no te lo perdono
me tienes que dejar el piso de torrevieja de herencia
 
Ves. El señor cortinas tiene razón. Y de paso yo también.
Desconfiado, que necesitas 4 respuestas. Jajajajaja.
Por cierto ¿Solo te solicitan cobrar o te indican el importe?. Yo de ti llamaba, en tal caso, y les preguntaba el importe. Normalmente creo que va por cilindrada y les dices que los únicos cilindros que tiene tu CV son unas dos docenas de botes de cerveza y que los cubiquen ellos que no tengo ganas de hacer cálculos.
 
Si no reclamas, lo intentan cobrar.
Tráfico manda la documetación a los ayuntamientos para que cobren los impuestos de "un remolque" pero segun parece, no dice que tipo de remolque es. Entonces te cobran el baremo segun la carga, en mi caso intentaban cobrar la carga entre 750 y 1000 kilos, unos 30 euros, que es el mínimo. Si no reclamas y pagas, pues cobrado queda. Yo solo llamé al ayuntamiento, hablé con el departamento correspondiente, dije que era una caravana que no carga mas de 200 kilos, me pidieron la matrícula, comprobaron algo y me dijeron que no tengo que pagar, que quedaba anulado desde ese momento los dos recibos que intentaban cobrar.
 
Ves. El señor cortinas tiene razón. Y de paso yo también.
Desconfiado, que necesitas 4 respuestas. Jajajajaja.
Por cierto ¿Solo te solicitan cobrar o te indican el importe?. Yo de ti llamaba, en tal caso, y les preguntaba el importe. Normalmente creo que va por cilindrada y les dices que los únicos cilindros que tiene tu CV son unas dos docenas de botes de cerveza y que los cubiquen ellos que no tengo ganas de hacer cálculos.

el tio me llama en mitad de mi siesta y me despierta
en vez de mandarlo a tomar por c...lo como si fueran los operadores de telefonia que siempre llaman a esa hora,lo atiendo amablemente y le digo lo mismo que le han dicho ya
y encima el tio desconfiao me habre un hilo para preguntarlo

no es para matarlo??
 
Ves. El señor cortinas tiene razón. Y de paso yo también.
Desconfiado, que necesitas 4 respuestas. Jajajajaja.
Por cierto ¿Solo te solicitan cobrar o te indican el importe?. Yo de ti llamaba, en tal caso, y les preguntaba el importe. Normalmente creo que va por cilindrada y les dices que los únicos cilindros que tiene tu CV son unas dos docenas de botes de cerveza y que los cubiquen ellos que no tengo ganas de hacer cálculos.


no tiene nada que ver que tenga motor o no

si tiene una carga util de mas de 750 kilos tiene que pagar el impuesto,eso en una caravana es imposible
 
cortinas sabes que no es que desconfie,pero si me gusta saber si a alguien se lo han mandado.
 
Pagaló y al estar pagado tienes derecho a que esté en la calle, te la pones en la puerta de tu casa y así te ahorras el parking, quizas hasta te salga rentable.
 
Tambien tengo leido que hay mas de una comunidad que lo cobra.
bueno , aparte
Sabeis de donde creo yo que vienen estos problemas de que un AyTo envie el recibo??
Cuando se va a matricular una cv,,se exige en Trafico, el Documento de Exencion del Impuesto de Circulacion,,,es muy posible,,que los concesionarios o gestorias o rita la cantaora,,este paso se lo salten alegremente con el beneplacito o la callada pertinente de mas de uno, para luego mandar esos impuestos y si pagas,,,--->A la saca.
En el blog de la firma ( en web´s de interes y asuntos legales),,,tienes la ley reguladora de este impuesto, asi como un escrito de reclamacion a un Ayto.
Si vas a reclamar que sea con la ley , si no, a pagar.
 
aqui tienes el certificado que tube que pedir yo para que el que me compro mi antigua caravana pudiera transferirla,desconfiado
 

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Tu dí que sí andrés yo veo muy bien que desconfíes del corti y que pidas una segunda opinión...

..y una tercera...



... y una cuarta....




...y una quinta... bueno los quintos nos los bebemos mejor.
 
Buenos días.
Andrés te has aclarado ya.
Cuidadín que te quieren poner la caravana a cuatro patas.
 
José. Puedo con el fotosoft ponerle mi nombre, dni y matrícula y presentar tu escrito?.
 
Tambien tengo leido que hay mas de una comunidad que lo cobra.
bueno , aparte
Sabeis de donde creo yo que vienen estos problemas de que un AyTo envie el recibo??
Cuando se va a matricular una cv,,se exige en Trafico, el Documento de Exencion del Impuesto de Circulacion,,,es muy posible,,que los concesionarios o gestorias o rita la cantaora,,este paso se lo salten alegremente con el beneplacito o la callada pertinente de mas de uno, para luego mandar esos impuestos y si pagas,,,--->A la saca.
En el blog de la firma ( en web´s de interes y asuntos legales),,,tienes la ley reguladora de este impuesto, asi como un escrito de reclamacion a un Ayto.
Si vas a reclamar que sea con la ley , si no, a pagar.

Quizas sea así, pero mi caravana es de segunda mano, y me consta que el anterior propietario, del que tuvimos noticias después de comprarla, también reclamó al ayuntamiento en su momento porque le intentaron cobrar el impuesto. Antes de hablar con el jefe del departamento, la chica que atendía al público me discutía que las caravanas pagan el impuesto, que ella lo ha cobrado...........a mi me parece que o algo falla también al hacer la transferencia, o que no falla nada y emiten el recibo por si cuela tanto en la primera matriculación como en las transferencias posteriores.
 
No dudes que algo falla Belen.
Dejando aparte algunas Comunidades,,que eso ya es harina de otro costal.
En el momento que se matricula una Cv,,se exige ya el Certificado de Exencion del impuesto de circulacion,,,porque este es un impuesto para remolques cuya carga util no sea de mas de 750kg.
Si restas la MMa ( aunque una cosa sea masas y otra pesos,que en fisica no es lo mismo,,pero bueno es con lo que nos movemos ,,la M ( masa o peso) - la Tara= Carga útil----> en ningun caso una Cv va a cargar mas de 750 kg, ni ningun remolque ligero tampoco. Este impuesto es para remolques con capacidad de carga de mas de 750kg,,,( agricolas, ganaderos etc).
De todas formas,,,tampoco cuesta mucho hacer a posteriori un escrito de reclamacion, basandose en el apartado 3º, lo haces y ya no te solicitan el pago ni tampoco a terceros, si vendes la Cv.
Si quieres, Belen, coge el modelo de reclamacion del blog y la ley pertinente, haz el escrito , lo presentas en la gestion tributaria de tu Ayto y se acabo el problema de los recibos dichosos.
Esta es la forma legal de hacerlo,,si no,,pues nada a tirar de fotosopa, a presentar documentacion falsa y a atenerse a las consecuencias ( de 6 meses a 2 años de prision por Falsedad en Documento Publico), cada uno hace las cosas como quiere, parece ser.
 
Descuida H 420 que no haré nada por el estilo.
No debo yo estar 2 años en prisión, más que nada por que no tengo pastillas de jabón suficientes para 2 años.
 
No dudes que algo falla Belen.
Dejando aparte algunas Comunidades,,que eso ya es harina de otro costal.
En el momento que se matricula una Cv,,se exige ya el Certificado de Exencion del impuesto de circulacion,,,porque este es un impuesto para remolques cuya carga util no sea de mas de 750kg.
Si restas la MMa ( aunque una cosa sea masas y otra pesos,que en fisica no es lo mismo,,pero bueno es con lo que nos movemos ,,la M ( masa o peso) - la Tara= Carga útil----> en ningun caso una Cv va a cargar mas de 750 kg, ni ningun remolque ligero tampoco. Este impuesto es para remolques con capacidad de carga de mas de 750kg,,,( agricolas, ganaderos etc).
De todas formas,,,tampoco cuesta mucho hacer a posteriori un escrito de reclamacion, basandose en el apartado 3º, lo haces y ya no te solicitan el pago ni tampoco a terceros, si vendes la Cv.
Si quieres, Belen, coge el modelo de reclamacion del blog y la ley pertinente, haz el escrito , lo presentas en la gestion tributaria de tu Ayto y se acabo el problema de los recibos dichosos.
Esta es la forma legal de hacerlo,,si no,,pues nada a tirar de fotosopa, a presentar documentacion falsa y a atenerse a las consecuencias ( de 6 meses a 2 años de prision por Falsedad en Documento Publico), cada uno hace las cosas como quiere, parece ser.

De momento está solucionado, lo arreglé por teléfono y me dijeron que no tenía que presentar documentos y que si por algo tenía algun problema, volviera a llamar, pero que no los iba a tener. De hecho ya tenia las fotocopias y un escrito al ayuntamiento. Prefiero pensar que está solucionado¡¡
 
pues yo cuando transferí la mía no presenté ni me exigieron ningún certificado de exención. Y hasta la fecha no me han pedido nada, tocaré madera
 
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