Pues he estado mirando las ordenanzas y habla de "remolques de carga", pero no de caravanas. Para mi que no es lo mismo, porque habla de una caraga util de 750k, no del peso del remolque, en este caso caravana.
Voy a mirar ese enlace,
si la carga util no supera los 750 kilos esta exento de dicho impuesto,lo que pasa es que te lo mandan y si cuela,cuela
Sí, esta claro que las de menos de 750 Kg no pagan el impuesto, como tampoco lo hacen los remolques de perros, los carros-tienda, etc.
Pero las de mas de 750 Kg? Depende del ayuntamiento.
Pagan los remolques de los camiones?
Habria que mirar las ordenanzas fiscales del ayuntamiento en cuestion, ya que el IVTM acostumbra a venir en tramos segun la potencia fiscal, y como la caravana no tiene motor y por lo tanto potencia fiscal, deberia constar claro y conciso que se aplica a los remolques y tambien deberia haber un escalado por pesos.
Sino es así creo que es facil la reclamacion.
Exacto, que no te mareen, son 750k de carga util (diferencia entre Tara y MMA) pues no paga. el numerito es una coincidencia desafortunada con el otro peso.
Pero ten cuidado, ves enseguida a presentar lo que sea, o te dirán que no has pagado, puede darse el caso que tengas que pagar, alegar que no deberías hacerlo y después te lo devuelven, para ellos es un impuesto, si no lo pagas, pues eso, como si no pagaras un impuesto, con lo que ello conlleva.
Edito: lo de remolques "de carga" y tal, es también algo fuera de lugar, la cv es un remolque, que podrías usar para llevar carga, pero si la carga no puede superar los 750 pues na, que no paga.
L.r.h.l ( ley reguladora de hacienda locales )