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La dgt autoriza usar y dormir en la caravana si estas aparcado

Aldiegloser

Sergio
Hola

Aunque en alguna ocasión lo he dicho las caravanas y no así las autocaravanas tenemos autorizado el uso de la parte de vivienda cuando estamos aparcados gracias al reglamento general de vehiculos.

Para las autocaravanas se autoriza en la Instrucción 08/v-74 ya famosa por estos lares

Eso sí, en cada municipio nos debemos atener a las ordenanzas municipales en cuanto a aparcamiento. En la mayoría de los ayuntamientos encontraremos que no se puede aparcar un remolque que no este enganchado a su vehiculo tractor

Y no, no es ilegal bajar las patas de la caravana o al menos yo no he encontrado mención

Saludos

Fuente revista Trafico N-252
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1576157922562.png
 
Toda mi vida he dormido mis siestas estando estacionado y nunca me han molestado, excepto algún individuo indeseable.
Saludos y gracias por tu aportación
 
Gracias amigo es importante tener claros estos conceptos, ya que todo el mundo cree algo pero nada mejor que por escrito !! Saludos
 
Y no, no es ilegal bajar las patas de la caravana o al menos yo no he encontrado mención

Pero esto no es nuevo, tanto para caravanas como autocaravanas está autorizado el uso de la vivienda siempre y cuando estén correctamente aparcadas y unas cuantas cosas más como no sacar sillas, etc., la famosa instrucción en realidad no autorizaba nada, no era una ley, era simplemente una recopilación de las leyes ya existentes...
En cuanto a que no es ilegal bajar las patas (para caravanas y autocaravanas) ahí siento contradecirte, a nivel estatal no vas a encontrar ninguna mención sobre lo de bajar las patas, a nivel autonómico y municipal las que quieras...

Un ejemplo, y como este todos los que quieras...

Sin título.jpg
 
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Hola

Aunque en alguna ocasión lo he dicho las caravanas y no así las autocaravanas tenemos autorizado el uso de la parte de vivienda cuando estamos aparcados gracias al reglamento general de vehiculos.

Para las autocaravanas se autoriza en la Instrucción 08/v-74 ya famosa por estos lares

Eso sí, en cada municipio nos debemos atener a las ordenanzas municipales en cuanto a aparcamiento. En la mayoría de los ayuntamientos encontraremos que no se puede aparcar un remolque que no este enganchado a su vehiculo tractor

Y no, no es ilegal bajar las patas de la caravana o al menos yo no he encontrado mención

Saludos

Fuente revista Trafico N-252
Ver el archivos adjunto 4105963
Ver el archivos adjunto 4105964

Buen hilo y buen articulo para saber que llevamos.

Hoy precisamente en otro hilo he expuesto lo que establece el Código de circulación.


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Sacado del Código de Circulación, no es nada nuevo, no hay autorización, está en la definición intrínseca del tipo de vehículo que es.
 
Pero esto no es nuevo, tanto para caravanas como autocaravanas está autorizado el uso de la vivienda siempre y cuando estén correctamente aparcadas y unas cuantas cosas más como no sacar sillas, etc., la famosa instrucción en realidad no autorizaba nada, no era una ley, era simplemente una recopilación de las leyes ya existentes...
En cuanto a que no es ilegal bajar las patas (para caravanas y autocaravanas) ahí siento contradecirte, a nivel estatal no vas a encontrar ninguna mención sobre lo de bajar las patas, a nivel autonómico y municipal las que quieras...

Un ejemplo, y como este todos los que quieras...

Ver el archivos adjunto 4105965

En el ejemplo que expones sólo regula autocaravanas.
 
En el ejemplo que expones sólo regula autocaravanas.

Sí, solo es a modo de ejemplo, el sitio al que pertenece esa ordenanza municipal es algo complicado para nosotros (tanto caravanas como autocaravanas), las autocaravanas solo pueden parar en el área y calles adyacentes, las caravanas ni siquiera tengo claro si pueden parar ya que la ordenanza también las excluye del área, a la entrada del pueblo hay una señal donde informan de la susodicha ordenanza, ya ha habido multas y las sigue habiendo por lo que he leído más reciente sobre el tema,

Pero no hay problema, pongo otro sitio para que se vea claramente que esto va para caravanas y autocaravanas...

Sin título.jpg
 
Respecto a lo que menciona TITO, en un caso es el principado de Asturias y en el otro la diputacion de Cordoba... en cambio la dgt solo da postestad a la normativa municipal.... me parece curioso
 
Las normas son las normas , pero si una noche tienes que pernoctar y por seguridad , bajas las patas , no creo , a menos que des con un becerro, que te vayan a decir algo.
Yo creo que en temas de seguridad suelen ser razonables , si no es necesario bajarlas , pues mejor !
A veces el sentido común es lo más razonable que se puede hacer.
 
Respecto a lo que menciona TITO, en un caso es el principado de Asturias y en el otro la diputacion de Cordoba... en cambio la dgt solo da postestad a la normativa municipal.... me parece curioso

A ver, que he cogido dos ejemplos a voleo y no me he estado a explicar más, las dos son ordenanzas municipales, en el primer caso es la del ayuntamiento de Llanes, que se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el segundo la de Hornachuelos, que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, hay muchos sitios con ordenanza municipal al respecto aprobada y publicada en los boletines oficiales correspondientes, solo son un par de ejemplos donde se pueda ver que hay normativa legal al respecto y que afecta por igual tanto a caravanas como autocaravanas, por supuesto otra cosa es que luego haya sitios donde se bajen patas y hagan la vista gorda, con caravana se nota mucho si dentro te mueves sin bajar las patas, con la autocaravana las pusimos una vez nada más comprarla para probarlas, no las he vuelto a bajar nunca más...
 
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Sí, solo es a modo de ejemplo, el sitio al que pertenece esa ordenanza municipal es algo complicado para nosotros (tanto caravanas como autocaravanas), las autocaravanas solo pueden parar en el área y calles adyacentes, las caravanas ni siquiera tengo claro si pueden parar ya que la ordenanza también las excluye del área, a la entrada del pueblo hay una señal donde informan de la susodicha ordenanza, ya ha habido multas y las sigue habiendo por lo que he leído más reciente sobre el tema,

Pero no hay problema, pongo otro sitio para que se vea claramente que esto va para caravanas y autocaravanas...

Ver el archivos adjunto 4105974

Gracias Tito, estupendos aportes.

Nunca había visto un documento, donde reglase específicamente y por igual a ambos tipo de vehículos.

Pero entiendo que cuando no es explicito, la norma a aplicar a los excluidos es la del código de circulación. Y en este caso la autoridad podrá coincidir o no......
 
Toda mi vida he dormido mis siestas estando estacionado y nunca me han molestado, excepto algún individuo indeseable.
Saludos y gracias por tu aportación
Perdona Volusia, fui yo, solo quería que me invitases a un café, no sabia que estabas durmiendo la siesta, mil perdones, la próxima vez me acerco con la botella de licor café para que me reconozcas :cool: :p
 
Las normas son las normas , pero si una noche tienes que pernoctar y por seguridad , bajas las patas , no creo , a menos que des con un becerro, que te vayan a decir algo.
Yo creo que en temas de seguridad suelen ser razonables , si no es necesario bajarlas , pues mejor !
A veces el sentido común es lo más razonable que se puede hacer.

Efectivamente, es una cuestión de sentido común. Salvo excepciones -que haberlas, las habrá- para un agente de la autoridad no es difícil distinguir aquel que hace una parada para descansar durante un viaje, del que está "estacionado". Y es que unos y otros, casualmente, no escogen los mismos lugares para "descansar". !Que ya es casualidad que te canses de conducir justo delante de ese aparcamiento de playa idílico..! A otros, en cambio, les entra el sueño en un área de descanso de la autopista, el aparcamiento de un restaurante junto a una carretera nacional o en un polígono industrial perdido. ¿Quien tiene más boletos de que lo empapelen con las patas bajadas?
 
Todo el mundo al camping, que se adecuen las tarifas y todos contentos.

Lo que no es de recibo es que ahora cualquier bar, Rest, etc..... dejen aparcar a la AC teniendo un camping a 25 metros.
 
Todo el mundo al camping, que se adecuen las tarifas y todos contentos.

Lo que no es de recibo es que ahora cualquier bar, Rest, etc..... dejen aparcar a la AC teniendo un camping a 25 metros.

Si hombre si los autobuses, como los viajeros aveces se duermen pues al camping, no hay ninguna regla que nos obligue a entrar en un camping por obligación, faltaría mas, y si nos quieren obligar que sea gratis
 
Un bar da comidas no alojamiento gratuito. Por esa regla de tres el camping que de menús. Cada uno a lo suyo.
Volvemos al inicio de todo.
Una AC es un vehículo que paga su impuesto de circulación (y estacionamiento)
Si un negocio privado tiene esa deferencia con sus clientes, da igual que sea un trailer, una AC/CV -sin acampar- como un comercial durmiendo la siesta en su coche.
 
Si el parking es de propiedad privada, por que no va a poder dejar pernoctar a las Autocaravanas y caravanas.
 
Que bonito pues,gente en el camping que va a comer al Bar, de pronto les abro la cancela y ya no van al camping a cambio de gasto (desayuno, comida etc...) y cliente volao al camping.

No creo q sea justo.
 
Que bonito pues,gente en el camping que va a comer al Bar, de pronto les abro la cancela y ya no van al camping a cambio de gasto (desayuno, comida etc...) y cliente volao al camping.

No creo q sea justo.
¿Cancela? ¿En un recinto cerrado y vallado?
Ahí ya estaríamos hablando de otra cosa.
 
Así es , han abierto la valla del parking del bar y ahora a cambio del gasto en el pueden pernoctar gratis.
¿Lo has visto tú eso en algún lugar o es una suposición? porque no es muy habitual restaurantes "de batalla" con parkings cerrados en los que quepan vehículos de esas dimensiones.
 
Yo estoy hablando de los restaurantes con parking sin vallar.
 
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