Amigo Michel: por favor, ni se te pase por la imaginación que me sienta ofendido, sino todo lo contrario, halagado, sobre todo por que se lea lo que buenamente y con la mejor intención pueda decir.
Por otro lado el B+E habilitaba a llevar un remolque, y en este caso se introduce el semirremolque (difente del anterior y que explico en breve) con ese límite de 3.500 kg en el segundo elemento (remolque o semiremolque) de mma. Es decir, que con el B+E como mucho podias encontrarte con 7.000 kg el total del conjunto.
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En cuanto a la primera parte me alegra un montón de que no te haya molestado, las expresiones escritas muchas veces llevan a error, cosa que afortunadamente no ha pasado, personalmente me encantan este tipo de temas y veo que nos lo vamos a pasar muy bien.
En cuanto a lo segundo, no estoy de acuerdo contigo, al igual que con owockadoy, aunque sé por dónde van sus tiros, y al amigo Aunolose, pues explicarle claramente el porque lo tenía claro, cambió de opinión y ahora entendereis mi ejemplo.
El ejemplo tiene "mala leche", ya que es el único caso que confirma lo que puse de la restricción del nuevo B+E, retomemoslo, con explicación:
Camión Iveco (o de los que se puedan conducir de la clase N1, mma menor de 3500), el cual en su tarjeta de inspección técnica, le figura MMC (masa máxima del conjunto), y por otro lado un semirremolque (ojo, semi no remolque) de mma, la que querais, superior a 3500 y que el conjunto no supere la MMC, ya que si no no puede circular.
¿Por dónde van los tiros?, pues por aquí:
Anexo IX, del Reglamento General de Vehículos:
4.1 La masa máxima remolcable, para remolque, de un vehículo de categorías M y N. no podrá superar:
4.1.1 La masa máxima remolcable técnicamente admisible basada en la construcción del vehículo y/o de la resistencia del dispositivo de enganche en su caso.
4.1.2 Según el freno del remolque:
4.1.2,1 Para arrastrar remolques sin freno: la mitad de la tara del vehículo tractor, incrementada en 75 kg., no excediendo en ningún caso de 750 kg.
4.1.2.2 Para arrastrar remolques con solo freno de inercia, la masa máxima autorizada del vehículo tractor (1,5 veces la M.M.A. si el vehículo a motor es todo terreno), no excediendo en ningún caso de 3.500 kg.
4.1.2.3 Para arrastrar remolques con freno continuo:
Si el vehículo a motor es de categoría M, igual que en el apartado 4.1.2.2
Si el vehículo a motor es de categoría N:
Categoría N1: igual que en el apartado 4.1.2.2
Aquí como veis teneis razón, la mma del remolque no puede ser superior a 3500, con lo cual el conjunto no puede sobrepasar los 7000 kilos.
Pero hay más, y es el ejemplo que os he puesto:
4.4 Masas máximas del conjunto tractor más semirremolque:
Las MMA total y por ejes no deben sobrepasar los respectivos valores límites, que vendrán condicionados por la posición de la quinta rueda, así como no se debe sobrepasar la MMC.
La MMC de un vehículo tractor, para formar un conjunto con un semirremolque, podrá estar limitado por los siguientes valores:
Masa máxima del conjunto técnicamente admisible declarado por el fabricante, basada en su construcción.
Masa máxima del conjunto legalmente admisible.
Como veis éste es el caso que he puesto y en ningún momento limita en ningún caso el semirremolque a 3500 kilos, con lo cual es perfectamente legal el ejemplo puesto, (leches, que por eso lo he puesto, para no cagarla,je,je), de ahí que diga que la norma si es restrictiva.
Un saludo a todos