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mucho más que un foro

Reclamo a guardia civil Española, seguro que hay algún campista!!!

Alucino. Ensañamos a los guardias civiles para que nos multen cuando nos paran.

Sin ánimo de ofender, me parece una estupidez tu comentario. Reflotar un post hace meses dejado para decir eso. No enseñamos a nadie a denunciar, que si lo tienen que hacer, lo harán de una manera o de otra, si no para aclarar dudas que tengamos entre nosotros. Este es un tema harto tratado y que sigue generando muchisimas dudas a la gente.


Un saludo :blob5:
 
Tal vez sea una estupidez, no lo niego, pero somos tan repetitivos y nos adelantamos a acontecimientos que, a veces, adelantamos o manifestamos aquello que tememos que pase y, finalmente, pasa. Recuerdo hilos hablando del b96, se dijo tantas veces que seria un saca cuartos, antes de serlo, que al final lo fue, se hablo de que pondrían una prueba y al final se puso. Informarnos de nuestras dudas y de los tipos de permisos esta perfecto pero si uno va legal hablar con frases del tipo <todos vamos pasados de peso> u otras determinan una actitud cuando menos imprudente para los intereses de los caravanistas.
Un saludo y disculpa
 
Vas a la itv y lo que uno te echaria para atras el otro te pone leve, vas al mecanico y uno te dice una cosa y otro otra, y si los guardia civiles que os han tocado han tenido dudas o no han sabido lo que es el b96, creo que no es un fallo que achacar, eso deberia valer para cuando termine la jornada pregunten a algun compañero o miren en las normativas y aprendan para que no se equivoquen a la siguiente. Todos nos equivocamos y todos aprendemos todos los dias.

el problema esta en que si hoy se ha equivocado le has explicado y al dia siguiente sigue equivocandose, como en cualquier otro curro. Mientras se rectifique se aprenda o se mejore, pasa el dia dia, asi trabajmos todos seamos guardia civiles medicos o dentistas creo que dia a dia se va aprendiendo algo.
 
Publicado en feb 20, 2013 en El Vehículo, Normativa | 0 Comentarios
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[h=1]Remolques que se Pueden Arrastrar con el Permiso B[/h]
Con el permiso de la clase B puedo conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada (MMA) no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de nueve personas incluido el conductor.Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.Conjunto formado por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado no exceda de 3.500 kg.Ejemplos:Vehículo de MMA 3500 kg + remolque de MMA 750 Kg. Vehiculo de MMA 2200 kg + caravana o remolque de MMA 1300 kg.

Permiso B con el código armonizado B-96. (Se considera una ampliación del permiso B)
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg.
Ejemplos:Vehículo de MMA 2950 kg + remolque de MMA 1300 kg (MMA del conjunto 4250 kg)Vehiculo de MMA 2250 kg + remolque o caravana de MMA 1450 kg (MMA del conjunto 3700 Kg)Para conducir alguno de estos conjuntos de vehículos no se exige la obtención de otro permiso, sí bien es obligatorio demostrar que se posee la capacidad necesaria para hacerlo y, será necesario superar las pruebas de destreza y circulación en vías abiertas al tráfico.

Con el Permiso B+E
El permiso de conducción de la clase B+E autoriza a conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya MMA no exceda de 3500 kg. sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.Ejemplos:
Vehículo de MMA 2.320 kg + remolque de MMA 2.000 kg (conjunto 4.320 kg)
Vehículo de MMA 3.200 kg + remolque de MMA 1.500 kg (conjunto 4.700 kg)

Tabla de Ejemplos
MMA del vehículo tractor:

MMA del remolque:
MMA del conjunto:
Permiso necesario para conducir el conjunto:
Furgoneta de 3.500 Kg750 Kg.4.250 Kg.B
Turismo de 2.100 Kg.1.400 Kg.3.500 Kg.B
Turismo de 2.750 Kg1.500 Kg.4.250 Kg.B96
Turismo de 2.300 Kg.1.400 Kg.3.700 Kg.B96
Turismo de 2.350 Kg.2.000 Kg.4.350 Kg.B+E
Furgoneta de 3.400 Kg1.400 Kg.4.800 Kg.B+E


 
[h=1]El "B96": un código armonizado desconocido[/h]


La Directiva 2006/126/CE, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de diciembre de 2006, señala como uno de sus primordiales objetivos profundizar en su afán armonizador de las normas sobre el permiso de conducción. En aras de una mayor claridad, ha procedido a refundir las distintas modificaciones de la Directiva 91/439/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el Permiso de Conducción, que a su vez fue incorporada a nuestro derecho interno a través del vigente Reglamento General de Conductores.


El Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, por un lado desarrolla algunos artículos de la Ley de Tráfico 339/1990 y por otro transpone a la normativa española la Directiva 2006/126/CE, de 20 de diciembre, en una manifiesta voluntad de asumir con celeridad los principios que la inspiran.


Entre otras novedades de la citada Directiva y, por lo tanto, del Reglamento de Conductores está la posibilidad de autorizar con el permiso de la clase B la conducción de conjuntos de vehículos que excedan de 3500 kg, sin rebasar los 4250 kg, tras la superación de una prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser sustituida por la superación de una formación específica, en los términos que se fijen por Orden del Ministro del Interior.
(Anexo V de la Directiva 2006/126/CE).


Lo anterior a la entrada en vigor del nuevo reglamento


Hasta ahora, el permiso de la clase B permitía conducir dos tipos de conjuntos de vehículos en los que el tractor es un automóvil de Masa Máxima Admisible (MMA) igual e inferior a 3500 kg. y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no excediera de nueve:


* Los que llevan acoplado un remolque de MMA no superior a 750 kg, con lo que la MMA del conjunto podía llegar a alcanzar los 4250 kg. (automóvil con MMA de 3500 kg + remolque de 750 kg. de MMA).
* Los que llevan acoplado un remolque de más de 750 kg de MMA siempre que:


- la MMA del conjunto no exceda de 3500 kg. y
- la MMA del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.


Así, se producía la paradoja de que uno de estos conjuntos de vehículos cuya MMA fuese superior a 3500 kg. pero no excediese de 4250 kg pudiese conducirse solo con el B si el remolque era ligero pero no fuera necesario obtener un nuevo permiso, el B+E, si el remolque acoplado no era ligero.


Lo nuevo que actualmente está vigente


Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Conductores, el 8 de diciembre de 2009, se viene a solucionar, en parte, este problema, puesto que uno de los principales cambios en el permiso B es que autoriza a conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya MMA exceda de 750 kg., siempre que la MMA del conjunto no exceda de 4250 kg.


Voy a poner unos casos prácticos a modo de resumen:


Con el Permiso de conducción B


¿Qué tipo de remolque puedo conducir con el permiso de conducción de la clase B?


Con el permiso de la clase B puedo conducir los siguientes vehículos:


Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.


Conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado NO exceda de 3.500 kg

Ejemplos

Furgoneta de MMA 3500 kg + remolque de MMA 750 Kg. = B




Coche de MMA 2200 kg + caravana o remolque de MMA 1300 kg. (Conjunto MMA 3500 kg) = B



Con el Código armonizado B-96


¿Cuando será necesario realizar las pruebas de aptitud para obtener el código armonizado B-96?


Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg,


Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar una prueba de control de aptitudes y comportamientos.


Ejemplos


Vehículo todo-terreno de MMA 2950 kg + remolque de MMA 1300 kgs
(MMA del conjunto 4250 kg) = B-96


Coche de MMA 2250 kg + remolque o caravana de MMA 1450 kgs
(MMA del conjunto 3700 Kg) = B-96



​

Con el Permiso B+E

El permiso de conducción de la clase B+E autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya MMA no exceda de 3500 kg. sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos


Los titulares de permisos de conducción de la clase B+E, obtenidos con anterioridad, a la entrada en vigor del RD 818/2009, y que después de esta fecha pretendan arrastrar remolques de más de 3500 kg de MMA (autorizados conforme al Reglamento anterior), deberán obtener el permiso que corresponda siempre que la MMA del remolque supere los 3500 kg.


Ejemplos


Vehículo de MMA 2.320 kgs + remolque de MMA 2.000 kgs (conjunto 4.320 kgs.) =B+E


Vehículo de MMA 3.200 kgs + remolque de MMA 1.500 kgs (conjunto 4.700 kgs.) =B+E






Con el permiso C1+E

Conjunto de vehículos compuesto por un vehículo que autoriza el "B" y un remolque o semirremolque cuya MMA exceda de 3500 kg., siempre que la MMA del conjunto no exceda de 12000 kg.

Ejemplos

Vehículo de MMA 3500 kg + semirremolque de 4000 kg
( Conjunto 7500 kg) = C1+E





Maniobras a realizar para la obtención del Código Armonizado "96"

Para la obtención del código armonizado B-96 será necesario superar las siguientes pruebas de control de aptitudes y comportamientos:

En circuito cerrado:


* Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar en línea, utilizando las marcas hacia delante y hacia atrás, en llano o en pendiente ascendente o descendente.




* Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque.







 * En circulación en vías abiertas al tráfico en general deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración, marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y desacoplamiento del remolque y estacionamiento.


Es decir, aunque para manejar uno de estos conjuntos de vehículos no se exige la obtención de otro permiso, sí que es obligatorio demostrar que se posee la capacidad necesaria para hacerlo. Hay que tener en cuenta que la conducción de un vehículo que arrastra un remolque puede ser muy distinta dependiendo de si es ligero o tiene más de 750 kg. de MMA. Aparte de que la mayor capacidad de carga de los segundos puede afectar tanto a las reacciones del conjunto como a su estabilidad, no puede obviarse el hecho de que los remolques ligeros no están obligados a llevar freno de servicio, pero los que superan los 750 kg. de MMA sí, y que en la mayor parte de los casos ese freno va a ser de inercia. Esto puede ser suficiente para obligar al aspirante a conducir uno de estos conjuntos de vehículos a superar las pruebas que se establecen reglamentariamente.


Sin embargo, es necesario recalcar que el permiso sigue siendo el da la Clase B, ampliado para la conducción de estos vehículos, eso sí, mediante una anotación en el propio permiso de conducir ( Código comunitario armonizado 96, anexo I del R. G. de Conductores; Directiva Comunitaria 2006/126 Anexo I). No existe el mal llamado permiso de conducir B96.


Otros puntos importantes a tener en cuenta:


Tara: masa del vehículo o remolque en vacío


MMA masa máxima autorizada. Es el peso máximo de un vehículo o remolque incluyendo tara más carga. Ejemplo: Tara 230 kgs, MMA 750 kgs, carga máxima 520 kgs.


En los remolques la homologación es la MMA.


Se puede bajar las MMA tanto del remolque como del vehículo para ajustarse a las MMA del conjunto. Ejemplo: Vehículo de MMA 2.250 kgs y remolque de MMA 1.300 kgs., se puede bajar la MMA del vehículo a 2.200 kgs para que el conjunto vehículo + remolque tenga una MMA de 3.500 kgs. Esto lo hace el interesado en la ITV.


( Haz clic en el enlace )
Masas Máximas Permitidas

MMR s/f c/f 750/1.400 (ejemplo) Es el peso máximo remolcable por un vehículo sin freno (750 kgs s/f) y con freno (1.400 kgs c/f). Estas masas corresponden a la MMA del remolque. Esta indicación aparece en la Tarjeta de Inspección técnica del vehículo.


Remolques hasta 750 kgs de MMA Categoría O1:


-Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.


-Seguro: suplemento en el seguro del vehículo. Se debe notificar a la compañía en la cual tenemos asegurado el coche que, si no está incluido el arrastre del remolque, nos haga una ampliación del mismo, donde también quede asegurado el remolque y el enganche.


-No necesitan pasar la ITV.


-Freno de estacionamiento por palanca manual.


-Enganche secundario tipo "cadena" que impida que la barra toque el suelo.


-Rueda tipo "jockey".


-Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.


* Para arrastrar remolque sin freno (la mitad de la tara del tractor + 75 kg), no excediendo en ningún caso de 750 kg.
Remolques de más de 750 kgs. de MMA Categoría O2:


-Necesitan estar matriculados. Matrícula roja.


-Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.


-Permiso de circulación.


-Seguro independiente del vehículo.


-Necesitan pasar la ITV.


--Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.


* Para arrastrar remolque con freno de inercia: la MMA del vehículo tractor(1,5 veces la MMA si el vehículo a motor es todo terreno), no excediendo en ningún caso de 3500 kg.


 
Pues por curiosidad y solo por curiosidad, porque soy un tipo curioso y me gusta curiosear, en todos estos meses de aprendizaje caravanistas he preguntado en 5 cuarteles de la gc distintos y con respecto a este tema solo me ha quedado una cosa absolutamente clara......DA MIEDO VER EN MANOS DE QUIEN ESTAMOS...
de los 5, 5 respuestas diferentes, no tenían ni idea en ninguno e incluso uno me dijo que para llevar un turismo y un remolque de más de 750kg necesitaba el C+E. No digo que todos sean iguales, seguro que hay buenos profesionales, pero insisto, 5 de 5, miedito.


A ver, que parece que por el mero hecho de ser GC ya tienen que saber de todo, un GC que este en, por ejemplo, estupefacientes o en desactivacion de explosivos, que leches va a saber de pesos y medidas de vehículos, eso lo saben los de trafico que es su competencia, a los que si les preguntas por el método de ignición de una bomba se va a quedar con cara de bobo.
Si tenemos dudas, preguntemos a los que saben, no al primero que pasa, así nos va y claro con comentarios como este parece que solo los demas tienen la culpa, nosotros somos unos angelitos, venga ya.
 
Buenos días.

Te invito a que leas el hilo completo y no solo la primera página, para que tengas una opinión completa del tema y para que observes que no es uno de mis post más afortunados y que lo reconozco a lo largo del hilo en conversación con el compañero Euma.

Ufff, que pereza...después de casi 1 año ponerme a discutir contigo. Paso, no me gusta tu tono.

Un saludo.
 
Señores se discute por discutir muchas veces estas dudas se resuelven en trafico o en alguna autoescuela que de clases de remolque. En cuanto a la GC yo me he llevado varios años en carretera y te encuentras de todo eso si hay que contar con que la ley abarca muchas cosas ejemplo el seprona sabrá de leyes relacionadas con su campo al igual que los geas o que los de trafico y aun así cada uno tiene que saber muchísimas leyes nacionales autonomicas , que quiero decir con esto no lo pueden saber todo y lo que saben mas afondo son las cosas mas comunes las demás pueden tener sus dudas y por eso cuando denuncian pasa por otras manos que miran que la denuncia sea correcta si no lo es no se mecaniza y aun así como todo el mundo sabe se puede recurrir. Lo GC son humanos y se equivocan pero también hacen grandes cosas pensad en los que murieron ahora poco en el helicóptero en el rescate de montaña con esto solo quiero mostrar mi respeto a ese cuerpo de seguridad que para mi es uno de los mejores que hay y lo han demostrado en mas de una ocasion
 
Todo esto está muy ,pero mucho ojo con las fichas técnicas de los vehículos franceses,en muchas de ellas limitan la MMR con la MMC y dejan margen para poder arrastrar remolques pequeños...

Enviado desde mi HTC One S mediante Tapatalk
 
Todo esto está muy ,pero mucho ojo con las fichas técnicas de los vehículos franceses,en muchas de ellas limitan la MMR con la MMC y dejan margen para poder arrastrar remolques pequeños...

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vamos a ver, el que francia tenga una forma digamos de leyes urbanas y conduccion no quiere decir que nosotros tengamos que acatarnos extritamente a las leyes de ellos. te pongo un caso de ley que nosotros tenemos en españa las caravanas de menos de 750 klg no deben de llevar matricula roja, todas las caravanas que excedan de mas de 750 klg deben de llevar matricula del vehiculo mas la roja. si fuera asi todo extranjero que venga a españa estaria multado o no ?? en portugal si no llevas la tarjeta verde del seguro del vehiculo te tienen unas 4 o 5 horas parado y no les inporta asta que ellos no llamen a la jefatura de trafico de españa y identifique que este vehiculo si esta activo con seguro, por eso es mejor llevar la tarjeta verde por lo menos en portugal.
 
vamos a ver, el que francia tenga una forma digamos de leyes urbanas y conduccion no quiere decir que nosotros tengamos que acatarnos extritamente a las leyes de ellos. te pongo un caso de ley que nosotros tenemos en españa las caravanas de menos de 750 klg no deben de llevar matricula roja, todas las caravanas que excedan de mas de 750 klg deben de llevar matricula del vehiculo mas la roja. si fuera asi todo extranjero que venga a españa estaria multado o no ?? en portugal si no llevas la tarjeta verde del seguro del vehiculo te tienen unas 4 o 5 horas parado y no les inporta asta que ellos no llamen a la jefatura de trafico de españa y identifique que este vehiculo si esta activo con seguro, por eso es mejor llevar la tarjeta verde por lo menos en portugal.

Creo que el compañero hacia mencion al tema tan hablado aqui de la MMC de algunos coches franceses (Renault sobre todo) mas que hacer referencia a leyes concretas del territorio galo.
En mi lodgy por ejemplo (no es frances pero como si lo fuera pues es del grupo) hoy mismo he estado leyendome el manual de usuario y explica (de forma algo liosa) el tema de los pesos remolcables , masas y demas cosas para remolques con freno.
 
Te has liado de pe a pa ,no tengo ni idea de la normativa francesa,me refiero que muchas fichas técnicas de vehículos como Renault,Peugeot o citroen dicen que la MMR/F es de 1600 kg
Empiezas hacer números para comprarte una caravana que entre el peso máximo de la misma y el de el vehículo no superen los 3500 kg y resulta que tienes un apartado en la ficha técnica que te dice que la MMR es de 1000kg con lo cual ya puedes tener los carnets que quieras que ya vas mal..

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[h=1]El "B96": un código armonizado desconocido[/h]


La Directiva 2006/126/CE, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de diciembre de 2006, señala como uno de sus primordiales objetivos profundizar en su afán armonizador de las normas sobre el permiso de conducción. En aras de una mayor claridad, ha procedido a refundir las distintas modificaciones de la Directiva 91/439/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el Permiso de Conducción, que a su vez fue incorporada a nuestro derecho interno a través del vigente Reglamento General de Conductores.


El Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, por un lado desarrolla algunos artículos de la Ley de Tráfico 339/1990 y por otro transpone a la normativa española la Directiva 2006/126/CE, de 20 de diciembre, en una manifiesta voluntad de asumir con celeridad los principios que la inspiran.


Entre otras novedades de la citada Directiva y, por lo tanto, del Reglamento de Conductores está la posibilidad de autorizar con el permiso de la clase B la conducción de conjuntos de vehículos que excedan de 3500 kg, sin rebasar los 4250 kg, tras la superación de una prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser sustituida por la superación de una formación específica, en los términos que se fijen por Orden del Ministro del Interior.
(Anexo V de la Directiva 2006/126/CE).


Lo anterior a la entrada en vigor del nuevo reglamento


Hasta ahora, el permiso de la clase B permitía conducir dos tipos de conjuntos de vehículos en los que el tractor es un automóvil de Masa Máxima Admisible (MMA) igual e inferior a 3500 kg. y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no excediera de nueve:


* Los que llevan acoplado un remolque de MMA no superior a 750 kg, con lo que la MMA del conjunto podía llegar a alcanzar los 4250 kg. (automóvil con MMA de 3500 kg + remolque de 750 kg. de MMA).
* Los que llevan acoplado un remolque de más de 750 kg de MMA siempre que:


- la MMA del conjunto no exceda de 3500 kg. y
- la MMA del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.


Así, se producía la paradoja de que uno de estos conjuntos de vehículos cuya MMA fuese superior a 3500 kg. pero no excediese de 4250 kg pudiese conducirse solo con el B si el remolque era ligero pero no fuera necesario obtener un nuevo permiso, el B+E, si el remolque acoplado no era ligero.


Lo nuevo que actualmente está vigente


Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Conductores, el 8 de diciembre de 2009, se viene a solucionar, en parte, este problema, puesto que uno de los principales cambios en el permiso B es que autoriza a conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya MMA exceda de 750 kg., siempre que la MMA del conjunto no exceda de 4250 kg.


Voy a poner unos casos prácticos a modo de resumen:


Con el Permiso de conducción B


¿Qué tipo de remolque puedo conducir con el permiso de conducción de la clase B?


Con el permiso de la clase B puedo conducir los siguientes vehículos:


Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.


Conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado NO exceda de 3.500 kg

Ejemplos

Furgoneta de MMA 3500 kg + remolque de MMA 750 Kg. = B




Coche de MMA 2200 kg + caravana o remolque de MMA 1300 kg. (Conjunto MMA 3500 kg) = B



Con el Código armonizado B-96


¿Cuando será necesario realizar las pruebas de aptitud para obtener el código armonizado B-96?


Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg,


Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar una prueba de control de aptitudes y comportamientos.


Ejemplos


Vehículo todo-terreno de MMA 2950 kg + remolque de MMA 1300 kgs
(MMA del conjunto 4250 kg) = B-96


Coche de MMA 2250 kg + remolque o caravana de MMA 1450 kgs
(MMA del conjunto 3700 Kg) = B-96



​

Con el Permiso B+E

El permiso de conducción de la clase B+E autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya MMA no exceda de 3500 kg. sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos


Los titulares de permisos de conducción de la clase B+E, obtenidos con anterioridad, a la entrada en vigor del RD 818/2009, y que después de esta fecha pretendan arrastrar remolques de más de 3500 kg de MMA (autorizados conforme al Reglamento anterior), deberán obtener el permiso que corresponda siempre que la MMA del remolque supere los 3500 kg.


Ejemplos


Vehículo de MMA 2.320 kgs + remolque de MMA 2.000 kgs (conjunto 4.320 kgs.) =B+E


Vehículo de MMA 3.200 kgs + remolque de MMA 1.500 kgs (conjunto 4.700 kgs.) =B+E






Con el permiso C1+E

Conjunto de vehículos compuesto por un vehículo que autoriza el "B" y un remolque o semirremolque cuya MMA exceda de 3500 kg., siempre que la MMA del conjunto no exceda de 12000 kg.

Ejemplos

Vehículo de MMA 3500 kg + semirremolque de 4000 kg
( Conjunto 7500 kg) = C1+E





Maniobras a realizar para la obtención del Código Armonizado "96"

Para la obtención del código armonizado B-96 será necesario superar las siguientes pruebas de control de aptitudes y comportamientos:

En circuito cerrado:


* Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar en línea, utilizando las marcas hacia delante y hacia atrás, en llano o en pendiente ascendente o descendente.




* Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque.







 * En circulación en vías abiertas al tráfico en general deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración, marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y desacoplamiento del remolque y estacionamiento.


Es decir, aunque para manejar uno de estos conjuntos de vehículos no se exige la obtención de otro permiso, sí que es obligatorio demostrar que se posee la capacidad necesaria para hacerlo. Hay que tener en cuenta que la conducción de un vehículo que arrastra un remolque puede ser muy distinta dependiendo de si es ligero o tiene más de 750 kg. de MMA. Aparte de que la mayor capacidad de carga de los segundos puede afectar tanto a las reacciones del conjunto como a su estabilidad, no puede obviarse el hecho de que los remolques ligeros no están obligados a llevar freno de servicio, pero los que superan los 750 kg. de MMA sí, y que en la mayor parte de los casos ese freno va a ser de inercia. Esto puede ser suficiente para obligar al aspirante a conducir uno de estos conjuntos de vehículos a superar las pruebas que se establecen reglamentariamente.


Sin embargo, es necesario recalcar que el permiso sigue siendo el da la Clase B, ampliado para la conducción de estos vehículos, eso sí, mediante una anotación en el propio permiso de conducir ( Código comunitario armonizado 96, anexo I del R. G. de Conductores; Directiva Comunitaria 2006/126 Anexo I). No existe el mal llamado permiso de conducir B96.


Otros puntos importantes a tener en cuenta:


Tara: masa del vehículo o remolque en vacío


MMA masa máxima autorizada. Es el peso máximo de un vehículo o remolque incluyendo tara más carga. Ejemplo: Tara 230 kgs, MMA 750 kgs, carga máxima 520 kgs.


En los remolques la homologación es la MMA.


Se puede bajar las MMA tanto del remolque como del vehículo para ajustarse a las MMA del conjunto. Ejemplo: Vehículo de MMA 2.250 kgs y remolque de MMA 1.300 kgs., se puede bajar la MMA del vehículo a 2.200 kgs para que el conjunto vehículo + remolque tenga una MMA de 3.500 kgs. Esto lo hace el interesado en la ITV.


( Haz clic en el enlace )
Masas Máximas Permitidas

MMR s/f c/f 750/1.400 (ejemplo) Es el peso máximo remolcable por un vehículo sin freno (750 kgs s/f) y con freno (1.400 kgs c/f). Estas masas corresponden a la MMA del remolque. Esta indicación aparece en la Tarjeta de Inspección técnica del vehículo.


Remolques hasta 750 kgs de MMA Categoría O1:


-Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.


-Seguro: suplemento en el seguro del vehículo. Se debe notificar a la compañía en la cual tenemos asegurado el coche que, si no está incluido el arrastre del remolque, nos haga una ampliación del mismo, donde también quede asegurado el remolque y el enganche.


-No necesitan pasar la ITV.


-Freno de estacionamiento por palanca manual.


-Enganche secundario tipo "cadena" que impida que la barra toque el suelo.


-Rueda tipo "jockey".


-Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.


* Para arrastrar remolque sin freno (la mitad de la tara del tractor + 75 kg), no excediendo en ningún caso de 750 kg.
Remolques de más de 750 kgs. de MMA Categoría O2:


-Necesitan estar matriculados. Matrícula roja.


-Tarjeta de Inspección técnica. Igual a la de los coches.


-Permiso de circulación.


-Seguro independiente del vehículo.


-Necesitan pasar la ITV.


--Masa Máxima Remolcable (MMR): será variable en función del vehículo tractor, cuanto más grande sea el vehículo tractor y más masa tenga, más masa podrá remolcar, por regla general los vehículos turismos o 4x4 no podrán remolcar más de 3500 kg.


* Para arrastrar remolque con freno de inercia: la MMA del vehículo tractor(1,5 veces la MMA si el vehículo a motor es todo terreno), no excediendo en ningún caso de 3500 kg.


Gracias por el mensaje, ahora si que lo tengo claro.
 
Buenos días.

Te invito a que leas el hilo completo y no solo la primera página, para que tengas una opinión completa del tema y para que observes que no es uno de mis post más afortunados y que lo reconozco a lo largo del hilo en conversación con el compañero Euma.

Ufff, que pereza...después de casi 1 año ponerme a discutir contigo. Paso, no me gusta tu tono.

Un saludo.

Hombre, siento que te hayas molestado por mi comentario, ha sido solo por esta frase "DA MIEDO VER EN MANOS DE QUIEN ESTAMOS..." y no por otra cosa, pero tienes razón, paso de discutir.
 
Ya sabemos que todo el mundo no es igual, pero un 'motorista' en un intento por ayudarme confundió el compresor del AA con la bomba de agua ... no se si hay que tener nociones de mecánica o hasta donde llegan.
Tambien tengo una multa recurrida y con silencio administrativo de un compañero con una 3.70 de 850Kgr con matricula etc por no poder llevar esta 'caracolita' con su toyota monovolumen familiar, el disgusto se lo llevaron de vacaciones y la duda aun mas tiempo !!!
Hize una consulta sobre la MMC a los mossos de transist y el experto en circulación me mando un sms 'diferido' sin aclarar nada.
Soy de los que piensan que en este aspecto MUY BASICO el panorama es patético, al fin y al cabo es el reglamento de circulación y ellos, los que están en la carretera no son botijeros.

Por cierto MMC = Peso total del coche + peso real total del remolque. (Ambos en el momento de circulación) o sea que no son masas máximas del papel. Una limitación importante en algunas marcas como renault que demasiada gente no entiende.
 
Ya sabemos que todo el mundo no es igual, pero un 'motorista' en un intento por ayudarme confundió el compresor del AA con la bomba de agua ... no se si hay que tener nociones de mecánica o hasta donde llegan.
Tambien tengo una multa recurrida y con silencio administrativo de un compañero con una 3.70 de 850Kgr con matricula etc por no poder llevar esta 'caracolita' con su toyota monovolumen familiar, el disgusto se lo llevaron de vacaciones y la duda aun mas tiempo !!!
Hize una consulta sobre la MMC a los mossos de transist y el experto en circulación me mando un sms 'diferido' sin aclarar nada.
Soy de los que piensan que en este aspecto MUY BASICO el panorama es patético, al fin y al cabo es el reglamento de circulación y ellos, los que están en la carretera no son botijeros.

Por cierto MMC = Peso total del coche + peso real total del remolque. (Ambos en el momento de circulación) o sea que no son masas máximas del papel. Una limitación importante en algunas marcas como renault que demasiada gente no entiende.


Los tiros no van por ahí, el tema es que se menciona Guardias Civiles, en general, no a los de trafico explicitamente, por eso de los comentarios, claro que se pueden confundir y mas con leyes que están cambiando cada 15 días, si al botijero le cambias el botijo cada dos por tres, al final no sabrá si tiene un botijo o una barra de pan húmeda.

Yo debo ser un bicho raro, todavía confió en la profesionalidad, sea de un GC o del mecánico que me mira el coche, generalizar siempre ha sido el deporte nacional, y la lacra de los buenos profesionales.
 
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