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mucho más que un foro

Timo en venta de caravana.

Es normal que veas fantasmas por todos lados. No hay nada claro.
¿Con quién intentas llegar a un acuerdo?
No ntiendo lo de la denuncia por suplantación de identidad. ¿Quién suplantó a quién?
Vamos a intentar aclarar las cosas:
¿En qué fecha hiciste el contrato de compra-venta? Si no han pasado 3 meses, di que no la quieres y que te devuelvan el dinero ya.
¿Quién es realmente el vendedor? Supongo que el anterior dueño, no el que te la vendió
¿Por qué te liaste a comprarla? ¿Te drogaron para convencerte? ¿Qué precio pagaste por la caravana?
Yo que tú me buscaría un abogado, a ver si desenreda este embrollo y te lo resuelve.
Estoy en ello, esta semana me reuno con el abogado.
La suplantación lo decía porque el que me la vendió me dio un contrato compraventa con nombre y DNI de otra persona que me dijo que era de suegro pero al final resultó que no era conocido ni nada. Y me entrego el contrato firmado y todo.
Yo le hice un contrato compraventa el 5 de junio y se lo envié por correo electrónico para que me lo devolviera firmado y que me enviará también dni.
El contrato lo hice con el DNI que me dio el, acordamos la cantidad, y le hice trasferencia de 1000 euros en función de fianza.
Cuando fui a por ella, si era el del DNI pero el me trajo otro contrato con nombre y DNI de otra persona tal como te he dicho antes.
Me he puesto en contacto con el anterior dueño ya.
Me dice que cuando a mi me garanticen que el primer contrato que le envíe al que me la vendió, alguien me ratifique que es válido el la da de alta otra vez. Ya que la ITV me la dio con ella recién pasada.
Aparte tiene humedades y no esta claro a quien reclamar.
Drogado dices, ahora si que necesito drogarme para
 
Bueno... vaya un tipo con el que topaste.
Vende una caravana que nunca ha sido suya, y el dueño, muy tranquilo; ¿quién le ha de ratificar que el contrato sea válido?
Lo que ha de hacer es darla de alta ya, pues si no lo hace no puede venderla.
Con la de caravanas que hay a la venta y has ido a topar con estos tipejos.
Deseo que te salga todo bien, pero si la caravana tiene humedades, yo se la devolvería y reclamaría la paga y señal.
A ver si tu abogado te lo puede resolver.
 
El comprador tiene un mes para notificar la compra a tráfico. Aunque no sé lo que pasa si no se cumple ¿que vuelve al dueño original? Lo dudo si ya ha recibido el dinero y hay contrato por medio.

Por 8.5 € que cuesta el informe en tráfico, y el abogado casi seguro que tiene firma digital, que lo pida añy te enteras de manera precisa de los movimientos, cambios de nombre e ITVs que ha pasado, también de las no ordinarias. Por ejemplo para poner el ATC, que supongo que no tendrá, pero si lo tuviera, estaría la fecha en la que fue a apuntarlo.
 
El abogado te dará las opciones.
Pídele una hoja de encargo, o te puedes llevar otro disgusto con los honorarios, son libres, y finalizado podría darte un disgusto.
No renuncies a la hoja de encargo.
Entre otras veo:
-la reclamación a quien te la ha vendido , a buenas (humedades, etc) igual consigues algo. Mediante juicios, complicado. No has cumplido con lo que establece la legislación (contrato comprador-vendedor), etc. Tú vendedor según contrato es otra persona por mucho que sea el titular , es ajeno a la transacción. Tú vendedor real no figura en los documentos de comora-venta. ¿De que fecha es el documento de compraventa que hay que presentar en tráfico y requiere de la firma del titular. Y barajo, que aún ganando, mucha gente que actúa así suele ser insolvente, por lo que ganar se convierte en victoria moral, no económica.
-a priori no veo problema en que el titular del vehículo y tú realicéis un contrato de compra-venta por una cantidad simbólica, eso sí, en hacienda pagarás el I.T.P. . En ese documento debería constar que renuncias a cualquier reclamación por vicios, que el vehículo ha sido revisado y probado, etc, y de esta manera tratar de arreglarlo, pero supone un riesgo para el titular (que hacienda lo considere una donación, etc).
Lo de la suplantación de identidad no lo veo, como tal no existe en el código penal, se denomina usurpación de estado civil, y faltan algunos requisitos que establece el código penal.
Existen muchas posibilidades de producirse un archivo penal y que te redirijan a una reclamación de cuantía (procedimiento civil) , requiere abogado, procurador, aunque existe la vía del procedimiento monitorio, que puede tener encaje en tu caso, más rápida, ágil, etc
Todas las cuestiones que te expongo que te las aclare el abogado.
 
El abogado te dará las opciones.
Pídele una hoja de encargo, o te puedes llevar otro disgusto con los honorarios, son libres, y finalizado podría darte un disgusto.
No renuncies a la hoja de encargo.
Entre otras veo:
-la reclamación a quien te la ha vendido , a buenas (humedades, etc) igual consigues algo. Mediante juicios, complicado. No has cumplido con lo que establece la legislación (contrato comprador-vendedor), etc. Tú vendedor según contrato es otra persona por mucho que sea el titular , es ajeno a la transacción. Tú vendedor real no figura en los documentos de comora-venta. ¿De que fecha es el documento de compraventa que hay que presentar en tráfico y requiere de la firma del titular. Y barajo, que aún ganando, mucha gente que actúa así suele ser insolvente, por lo que ganar se convierte en victoria moral, no económica.
-a priori no veo problema en que el titular del vehículo y tú realicéis un contrato de compra-venta por una cantidad simbólica, eso sí, en hacienda pagarás el I.T.P. . En ese documento debería constar que renuncias a cualquier reclamación por vicios, que el vehículo ha sido revisado y probado, etc, y de esta manera tratar de arreglarlo, pero supone un riesgo para el titular (que hacienda lo considere una donación, etc).
Lo de la suplantación de identidad no lo veo, como tal no existe en el código penal, se denomina usurpación de estado civil, y faltan algunos requisitos que establece el código penal.
Existen muchas posibilidades de producirse un archivo penal y que te redirijan a una reclamación de cuantía (procedimiento civil) , requiere abogado, procurador, aunque existe la vía del procedimiento monitorio, que puede tener encaje en tu caso, más rápida, ágil, etc
Todas las cuestiones que te expongo que te las aclare el abogado.
Muchas gracias, veo que estas puesto en el tema.
 
¿Te hizo un recibo por la entrega a cuenta? ¿A nombre de quién?
 
¿Te hizo un recibo por la entrega a cuenta? ¿A nombre de quién?
Tengo la trasferencia por la reserva que le hice a su cuenta y el contrato compraventa que le envíe a través de correo electrónico.
Eso está a nombre del que me la vendió.
Pero en el momento de la venta el me trajo otro contrato con nombre y dni de otra persona, que me dijo que era su suegro. ( Que no lo es..)
 
Tengo la trasferencia por la reserva que le hice a su cuenta y el contrato compraventa que le envíe a través de correo electrónico.
Eso está a nombre del que me la vendió.
Pero en el momento de la venta el me trajo otro contrato con nombre y dni de otra persona, que me dijo que era su suegro. ( Que no lo es..)
Eso es muy importante [emoji123]
 
Preguntastes en la ITV por qué pasaron esa caravana? Y has probado el hacer el cambio de nombre y darla de alta con el contrato y DNI del propietario? Yo he cambiado de nombre motos y coches con fotocopia de DNI del titular.
 
Preguntastes en la ITV por qué pasaron esa caravana? Y has probado el hacer el cambio de nombre y darla de alta con el contrato y DNI del propietario? Yo he cambiado de nombre motos y coches con fotocopia de DNI del titular.
Al estar de baja temporal no se permite

Y sólo el titular puede darles de alta en tráfico
 
Tengo la trasferencia por la reserva que le hice a su cuenta y el contrato compraventa que le envíe a través de correo electrónico.
Eso está a nombre del que me la vendió.
Pero en el momento de la venta el me trajo otro contrato con nombre y dni de otra persona, que me dijo que era su suegro. ( Que no lo es..)


A riesgo de parecer pesado ¿has solicitado un informe a tráfico para saber quién consta allí como dueño?
 
A riesgo de parecer pesado ¿has solicitado un informe a tráfico para saber quién consta allí como dueño?
Y de todas formas cuando fui a tráfico la última vez me dijo la chica que estaba de baja transitoria en el 2000 y me ha reconocido el antiguo dueño que así fue.
Doy por hecho que es él.
 
Si nos ponemos en la posición del primer dueño, que después de 20 años vengan a "tocarle las narices"... entiendo que le moleste. No por ti, por el responsable del tema. Te va a hacer falta mucha mano izquierda.
 
Si nos ponemos en la posición del primer dueño, que después de 20 años vengan a "tocarle las narices"... entiendo que le moleste. No por ti, por el responsable del tema. Te va a hacer falta mucha mano izquierda.
Pues....es que vender un vehículo dado de baja temporal no lo entiendo, va estar eternamente a ru nombre, no se puede transferir ni dar de baja definitiva, y despues le parece mal que le llegue una multa?? Y cuando la multa la DGT o la Local no vieron que estaba de baja y precintar la caravana?? No lo entiendo.

Ahora al dueño le devería interesar muy mucho darla de alta para transferirla y quitarse futuros problemas de encima, mientras no lo haga seguirá a su nombre con todo lo que conlleva, multas, responsabilidad ante un siniestro, etc
 
Pues....es que vender un vehículo dado de baja temporal no lo entiendo, va estar eternamente a ru nombre, no se puede transferir ni dar de baja definitiva, y despues le parece mal que le llegue una multa?? Y cuando la multa la DGT o la Local no vieron que estaba de baja y precintar la caravana?? No lo entiendo.

Ahora al dueño le devería interesar muy mucho darla de alta para transferirla y quitarse futuros problemas de encima, mientras no lo haga seguirá a su nombre con todo lo que conlleva, multas, responsabilidad ante un siniestro, etc

Esto que decimos nosotros, y que te doy la razón, delante de un juez puede cambiar "un poco". No niego que la caravana se tenía que cambiar de nombre, pero una vez que se paga lo que corresponda, que se hace lo mismo en hacienda ¿de quién es la caravana? Solo falta el paso de cambiarla de nombre.
Si insistimos en el hecho del no-cambio de nombre, diciendo que la caravana es del primer dueño, tampoco sería del compañero, aunque la pagó y hacienda aceptó el impuesto.

Para olvidarse del tema, el primer dueño tendría que involucrarse un poco más, pero pensad que han pasado 20 años. No sé cuando fue la multa, pero si fue al principio, le importará poco. ¿alguien puede asegurarle que una vez que la dé de alta el compañero puede ponerla a su nombre y olvidarse de verdad? parece que sí, pero hay que asegurárselo o no moverá un dedo. Ponemos en su lugar, ¿lo haríais vosotros? Primero me informaría bien.
 
Esto que decimos nosotros, y que te doy la razón, delante de un juez puede cambiar "un poco". No niego que la caravana se tenía que cambiar de nombre, pero una vez que se paga lo que corresponda, que se hace lo mismo en hacienda ¿de quién es la caravana? Solo falta el paso de cambiarla de nombre.
Si insistimos en el hecho del no-cambio de nombre, diciendo que la caravana es del primer dueño, tampoco sería del compañero, aunque la pagó y hacienda aceptó el impuesto.

Para olvidarse del tema, el primer dueño tendría que involucrarse un poco más, pero pensad que han pasado 20 años. No sé cuando fue la multa, pero si fue al principio, le importará poco. ¿alguien puede asegurarle que una vez que la dé de alta el compañero puede ponerla a su nombre y olvidarse de verdad? parece que sí, pero hay que asegurárselo o no moverá un dedo. Ponemos en su lugar, ¿lo haríais vosotros? Primero me informaría bien.
La caravana la ha tenido hasta este año el principal dueño. Antes de la pandemia se la vendió al que me la ha vendido a mi. Y en junio me la ha metido a mí
 
La caravana la ha tenido hasta este año el principal dueño. Antes de la pandemia se la vendió al que me la ha vendido a mi. Y en junio me la ha metido a mí

Pues entendí fatal.

Entonces la ITV podría ser la que se necesita para darla de alta y ponerla a su nombre, y ahí sí que es necesario el dueño, que si solo han sido esos meses, estará al tanto. Mano izquierda y suerte.
 
Pues entendí fatal.

Entonces la ITV podría ser la que se necesita para darla de alta y ponerla a su nombre, y ahí sí que es necesario el dueño, que si solo han sido esos meses, estará al tanto. Mano izquierda y suerte.
No hace falta pasar la ITV para transferir un vehículo dado de baja temporal. Tan sólo hay que darlo de alta.

 
No hace falta pasar la ITV para transferir un vehículo dado de baja temporal. Tan sólo hay que darlo de alta.


Pues más a favor de que se cambie de nombre... pero no sirve de mucho.


  • Dar de alta el vehículo (sin pasar la ITV): Lo primero sería que el titular del vehículo acuda a Tráfico para darlo de Alta abonando las tasas correspondientes (son unos 9€).
    • Al no tener la ITV en vigor quedará dado de Alta pero no emitirán el Permiso de Circulación o si lo hacen será con una anotación que indica que dicho Permiso de Circulación carece de validez mientras no se pase la ITV.
 
Pues entendí fatal.

Entonces la ITV podría ser la que se necesita para darla de alta y ponerla a su nombre, y ahí sí que es necesario el dueño, que si solo han sido esos meses, estará al tanto. Mano izquierda y suerte.
Estoy en ello a ver si consigo convencerle, no se fía, quiere que alguien me diga si el contrato que tengo vía correo es válido ante un juicio.
Para que si pido daños por vicios ocultos noble salpique a el.
Pero si tengo la posibilidad de recuperar mi dinero, devuelvo la puñetera caravana.
 
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