Pebbles
Participativ@
Ahh pero no son para dejar el coche en doble fila perdón.
Serás malo...
Ahh pero no son para dejar el coche en doble fila perdón.
¡¡Nosotro no somos camiones!! .........y si que hay momentos que circulamos despacio pero nunca tanto como ellos.
Pebbles que no eres tan lentaaaaaa.Apuéstate algo
Austin muchos coches pueden poner los antieblas traseros independiente de las delanteras (al menos el mio se puede hacer.
Respecto a las luces de emergencia esta prohibida su utilización si no es por una razón justificada ¡¡ y lo pone el código de la circulación !! Lo puedes mirar en la pagina de la DGT.
Respecto a los antinieblas también es denunciable pero suelen ser mas permisivos con este hecho ¡¡ pero multarte te pueden multar !!
Muchos camiones utilizan la emergencia cuando suben y bajan puertos fuertes por su lentísima velocidad.
¡¡Nosotro no somos camiones!! .........y si que hay momentos que circulamos despacio pero nunca tanto como ellos.
" RGC. Art. 106. Apt. 2. Opc. 5C
LLevar encendida la luz antiniebla trasera sin existir condiciones meteorológicas o ambientales especialmente desfavorables.
Sanción: 200 €
Reducción: 100€
Puntos: 0 "
No tengo que hacer practicas de nada, estoy seguro por que he buscado ese tipo de infraccion que tu comentas y no existe, al menos en el codificado de infracciones publicado por la DGT.Si tan seguro estas por que no lo practicas delante de la GC ?
En el artículo 49, punto 3 del Reglamento de Circulación del 2009:
"Cuando un vehículo no pueda ¡¡ no que no quiera !! alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance, se deberán utilizar durante la circulación las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia"
Cuando compre mi primera cv el dueño del concesionario me dijo:Muchas gracias, chito, eso es lo que quería oír, que los experimentados también vais despacio cuando es necesario.
Nil, no te enfades, pero no tienes razón, como dije al principio, los camiones las ponen cuando no pueden subir una cuesta porque les pesa el trasero, o cuando no pueden bajar en condiciones normales por lo mismo.
De hecho, te puedes imaginar que en 600 km a la velocidad que voy yo me encontré con más de una pareja de guardias... Ninguno hizo ni caso, de verdad.
Miguel Ángel, ya conté en su día que un día de viento y lluvia horribles, me paré en el arcén y llamé al 112 (vale, ahora vais a pesar, menudo peligro al volante debe ser esta, pero antes de que lo penséis os tengo que decir que aquel día hubo rachas de 200 km y que hubo camiones que volcaron... y era mi tercera salida... y, no, no pude elegir otro día para viajar...). Los del 112 me pusieron con la GC y uno de ellos, muy serio, me dijo: "usted verá, señora, pero como yo vaya hasta allí le pongo una multa, no se puede uno parar en el arcén si no es absolutamente necesario..."
Así que ya veis que todos tenéis razón.
Nil, recuerda que en este foro nunca nos enfadamos, solo nos ayudamos unos a otros y, si podemos echarnos unas risas, mejor
Muchas gracias, chito, eso es lo que quería oír, que los experimentados también vais despacio cuando es necesario.
Nil, no te enfades, pero no tienes razón, como dije al principio, los camiones las ponen cuando no pueden subir una cuesta porque les pesa el trasero, o cuando no pueden bajar en condiciones normales por lo mismo.
De hecho, te puedes imaginar que en 600 km a la velocidad que voy yo me encontré con más de una pareja de guardias... Ninguno hizo ni caso, de verdad.
Miguel Ángel, ya conté en su día que un día de viento y lluvia horribles, me paré en el arcén y llamé al 112 (vale, ahora vais a pesar, menudo peligro al volante debe ser esta, pero antes de que lo penséis os tengo que decir que aquel día hubo rachas de 200 km y que hubo camiones que volcaron... y era mi tercera salida... y, no, no pude elegir otro día para viajar...). Los del 112 me pusieron con la GC y uno de ellos, muy serio, me dijo: "usted verá, señora, pero como yo vaya hasta allí le pongo una multa, no se puede uno parar en el arcén si no es absolutamente necesario..."
Así que ya veis que todos tenéis razón.
Nil, recuerda que en este foro nunca nos enfadamos, solo nos ayudamos unos a otros y, si podemos echarnos unas risas, mejor
No me gusta discutir, me gusta aclarar las cosas, no confundas terminos. Tu tienes tu opinion y yo la mia, la diferencia esta en que yo te doy datos que demuestran lo que digo y tu no.Austín te gusta discutir. A mi no.
Art. 49 RD 1428/2003 de 21 de Noviembre.
Y que pasa con los camiones que, subiendo un puerto, van a velocidad baja con las luces "de averia" (cuatro intermitentes) puestos?
ES OBLIGATORIO para ellos por ser vehículos que circulan a velocidad anormalmente reducida, pero fluida (ya que no entorpecen, si no que dificultan el tráfico).
Bajo mi punto de vista, me la juego a que me paren que ya defenderé mi postura. Y si me calzan una multa será eso mejor que un alcance por falta de visibilidad..... no se, pienso.
Apreciados compañer@s permitirme hacer un apunte respecto a los cuatro intermitentes o "luces de emergencia" no es aconsejable su uso sin una causa justificada además de ser sancionable, la velocidad que circula nuestra compañera Pebbles es lenta pero fluida por ello yo le recomiendo en mi humilde saber que utilice la señalización de las luces de posición y además las antinieblas por que lo importante es hacerse ver. pensad que en el momento que utiliza las luces de emergencia ya no señaliza sus maniobras con el consabido peligro de accidente, por esa razón es por la que la pueden denunciar.
¡¡ cuidado con el uso de la luz de emegencia que puede ser peor el remedio que la enfermedad !!
por supuesto por mi parte respeto todas las opiniones y sugerencias.
No se si va por mi o no, pero me doy por aludido. No se interpreta nada, se exponen los articulos, y repito aun no me lo has puesto.Perfecta explicación Aunolose.
De los que interpretan el código a su gusto y capricho ¡¡paso!!