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mucho más que un foro

Pasado de KG.

La solución al balanceo es acelerar todo lo posible para que el conjunto se estire.
Eso si tú conjunto es de goma, si es de hierro como la mayoría pues eso no sirve porque el hierro no es un material flexible.
Lo de "estirarse" es en sentido figurado porque así aparece dibujado cuando transformas el juego de fuerzas en vectores.
 
No estoy de acuerdo con acelerar. Tampoco frenar de golpe, pero acelerar no.

Lo explica muy bien un vídeo que ya se puso en otro hilo. Si estuviera en el PC lo pondría.
 
Os daré la solución que yo apliqué.
Iba en una cuesta de bajada en caravana (no la que llevo) sino esas maravillosas situaciones que ocurren en la carretera cuando un montón de gente salen todos a la misma hora.
La solución de acelerar, hubiera sido una locura, lo que hice con mucho cuidado y tacto fue frenar el coche con el cambio de marchas muy lentamente, procurando no tocar el volante y seguir en línea recta, y después poco a poco con una delicadeza extrema tocar el freno para que al fina se estabilizara.
Recordaré esos minutos toda mi vida, se me subieron (imaginad el que) por corbata.
Por eso al comprar una nueva caravana no me lo pensé (ATC al canto).
No es barato, pero me da cierta seguridad, y como he dicho en anteriores post espero no tener que utilizarlo NUNCA.

Saludos fraternales
 
compañeros tengo una duda, viendo el boe, que indicas dice:

El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes
vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados
y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor.
Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada
no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que
autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada
exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de
4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo
establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta
los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia
máxima exceda de 15 kW

Pero en el articulo dice:

Gracias a una modificación publicada en el BOE-A-2009-9481. un conductor con el permiso de conducir de clase B puede enganchar a su vehículo un remolque de más de 750kg si cumple todos estos puntos:

Si la suma de la MMA del vehículo más la MMA del remolque es inferior a 3500kg
Si la MMR del vehículo tractor es mayor o igual a la MMA del remolque
Si el MMC es inferior o igual al impuesto por el fabricante o 3500kg



Entonces, perdonar mi ignorancia. Donde indica en ese boe, que con el carnet B, puedo llevar un coche + caravana de mas de 750 kg, y que el conjunto no sobrepase los 3500 con el carnetB?

No tiene que sobrepasar los 3500kg o los 3499kg?
 
Ufff cuántas cosas...

Recopilando:

1- lo que se mira en papeles son la suma de MMA de coche más caravana y esto (con el carnet B1 de coche) no puede exceder de 3500kg.
2- además del punto uno si nos pesan en bascula esos 3500kg no pueden exceder un 6%, es decir 3710kg.

Esto es así o estoy equivocado en algo. Un saludo y gracias ;)
Ahora por Europa estan pesando por rueda y eje... Sobretodo en Alemania.
 
compañeros tengo una duda, viendo el boe, que indicas dice:

El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes
vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados
y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor.
Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada
no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que
autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada
exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de
4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo
establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta
los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia
máxima exceda de 15 kW

Pero en el articulo dice:

Gracias a una modificación publicada en el BOE-A-2009-9481. un conductor con el permiso de conducir de clase B puede enganchar a su vehículo un remolque de más de 750kg si cumple todos estos puntos:

Si la suma de la MMA del vehículo más la MMA del remolque es inferior a 3500kg
Si la MMR del vehículo tractor es mayor o igual a la MMA del remolque
Si el MMC es inferior o igual al impuesto por el fabricante o 3500kg



Entonces, perdonar mi ignorancia. Donde indica en ese boe, que con el carnet B, puedo llevar un coche + caravana de mas de 750 kg, y que el conjunto no sobrepase los 3500 con el carnetB?

No tiene que sobrepasar los 3500kg o los 3499kg?
Segun indica el BOE,
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que
autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada
exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de
4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo
establezcan para estos vehículos.

Entonces se puede llevar legalmente hasta 4250 kg con el carnet B?
 
Segun indica el BOE,
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que
autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada
exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de
4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo
establezcan para estos vehículos.

Entonces se puede llevar legalmente hasta 4250 kg con el carnet B?
Si, como siempre ha sido, un vehículo de 3.500 kg y un remolque de 750 kg= 4.250 kg, si el remolque es de más de 750 kg la regla es hasta 3.500 kg.... Si continúas leyendo el boe, un párrafo más abajo te dice las condiciones de llevar un remolque de más de 750 kg.

Te pondría el boe, pero ya es cansino hablar una y otra vez de lo mismo.
 
Venga, lo pongo yo por enésima vez....

Categoría B:

automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir al conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque con una masa máxima autorizada de más de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de este conjunto no exceda de 4250 kg.

En caso de que esta combinación excediera de 3 500 kg, los Estados miembros exigirán, conforme a lo dispuesto en el Anexo V, que esta combinación sólo pueda conducirse:

— tras la superación de una formación, o
— habiendo superado una prueba de aptitud y comportamiento

Los Estados miembros podrán exigir también que se hayan superado tanto la formación como la prueba de aptitud y comportamiento

Los Estados miembros indicarán en el permiso de conducción la autorización para conducir esta combinación mediante el código comunitario correspondiente


La edad mínima para la categoría B se establece en 18 años.

 
Si, como siempre ha sido, un vehículo de 3.500 kg y un remolque de 750 kg= 4.250 kg, si el remolque es de más de 750 kg la regla es hasta 3.500 kg.... Si continúas leyendo el boe, un párrafo más abajo te dice las condiciones de llevar un remolque de más de 750 kg.

Te pondría el boe, pero ya es cansino hablar una y otra vez de lo mismo.
Entiendo, y otra duda:

En el articulo del principio del post indica: Si la suma de la MMA del vehículo más la MMA del remolque es inferior a 3500kg

Tiene que ser inferior a 3500 es decir 3499 o inferior o igual a 3500?

Gracias
 
Venga, lo pongo yo por enésima vez....

Categoría B:

automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3 500 kg y hayan sido diseñados y construidos para el transporte de un máximo de ocho pasajeros sin incluir al conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Sin perjuicio de las normas de homologación para los vehículos correspondientes, los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque con una masa máxima autorizada de más de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de este conjunto no exceda de 4250 kg.

En caso de que esta combinación excediera de 3 500 kg, los Estados miembros exigirán, conforme a lo dispuesto en el Anexo V, que esta combinación sólo pueda conducirse:

— tras la superación de una formación, o
— habiendo superado una prueba de aptitud y comportamiento

Los Estados miembros podrán exigir también que se hayan superado tanto la formación como la prueba de aptitud y comportamiento

Los Estados miembros indicarán en el permiso de conducción la autorización para conducir esta combinación mediante el código comunitario correspondiente


La edad mínima para la categoría B se establece en 18 años.

Gracias, por lo que veo ene ste otor boe mas nuevo no indicaba esto en ese parrafo,






El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:

Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Triciclos y cuatriciclos de motor.

La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.


pero lo indica en otro lado al principio del boe si que dice:


Igualmente, se prevé la posibilidad de autorizar con el permiso de clase B la conducción de conjuntos de vehículos que excedan de 3500 kg, sin rebasar los 4250 kg, tras la superación de de una prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser sustituida por la superación de una formación específica, en los términos que se fijen por Orden del Ministro del Interior.

Gracias
 
Gracias, por lo que veo ene ste otor boe mas nuevo no indicaba esto en ese parrafo,






El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:

Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Triciclos y cuatriciclos de motor.

La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.


pero lo indica en otro lado al principio del boe si que dice:


Igualmente, se prevé la posibilidad de autorizar con el permiso de clase B la conducción de conjuntos de vehículos que excedan de 3500 kg, sin rebasar los 4250 kg, tras la superación de de una prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser sustituida por la superación de una formación específica, en los términos que se fijen por Orden del Ministro del Interior.

Gracias
En ese párrafo se refiere a la autorización 96 para el B, que hay que pasar por autoescuela y exámenes en la DGT
 
Si, como siempre ha sido, un vehículo de 3.500 kg y un remolque de 750 kg= 4.250 kg, si el remolque es de más de 750 kg la regla es hasta 3.500 kg.... Si continúas leyendo el boe, un párrafo más abajo te dice las condiciones de llevar un remolque de más de 750 kg.

Te pondría el boe, pero ya es cansino hablar una y otra vez de lo mismo.
¡¡¡¡Qué PACIENCIA infinita tienes, @Jose Luis !!!

:blob5::blob5::blob5:
Siempre me alucina el sincronismo de estos tres.

Saludos.
 
Si alguien está pensando que por tener más o menos carnets se va a librar de una multa si le pesan, está equivocado.

Esto también se ha dicho. Da igual que tengas el D de autobuses. Como lleves a 4 personas en un Smart de 2 plazas, te van a multar. Del mismo modo que si te pasas del peso de los papeles, te pueden multar. Está por ver que te multen, y respecto a qué, pero no te salva el carnet.
 
Consulta por curiosidad. Si voy pasado de kg en el conjunto? Por ejemplo 3700 kg que multa me puede caer.

saludos
Una por exceso de peso.
Otra por no llevar permiso de conducir adecuado al conjunto.
Creo que es lo que preguntas.
Feliz año compañero
 
Una por exceso de peso.
Otra por no llevar permiso de conducir adecuado al conjunto.
Creo que es lo que preguntas.
Feliz año compañero

Si en los papeles pone que el conjunto es de 3500 kg y tienes el B, no te van a multar por no tener el permiso, te van a multar por exceso de peso.
Lo mismo que si llevas un Renault 6 con 7 personas, puedes llevar el coche, lo que no puedes llevar es 7 personas en un coche de 5 plazas.

Preguntad a los profesionales del foro, camioneros. Ellos tienen el CE, es decir, cualquier peso máximo. Preguntadle lo que pasa si les pillan con un camión de 10 000kg que pesa en báscula 15 000 kg. Ya veréis para lo que sirve tener el CE...
 
Lo que yo tengo claro es que no es lo mismo que vayas pasado del peso que puede llevar la caravana, a que arrastres una caravana con una MMA superior a la MMR del tractor... ahí estás conduciendo un conjunto que no puedes conducir legalmente...

Igual que si llevas un conjunto de MMA total de 4000kg sin el B+E, estás haciendo un "Farruquito", ya que no tienes carnet para conducirlo...
Hola, aunque es algo antiguo refloto este tema.. Así como hay un margen del 6% al sobrepasar la MMA de la caravana, hay algún margen al sobrepasar la MMR del vehículo tractor?
 
Hola, aunque es algo antiguo refloto este tema.. Así como hay un margen del 6% al sobrepasar la MMA de la caravana, hay algún margen al sobrepasar la MMR del vehículo tractor?
No hay ningún margen en ninguno de los dos casos, lo del 6% es para vehículos de transporte de mercancías.
 
No hay ningún margen en ninguno de los dos casos, lo del 6% es para vehículos de transporte de mercancías.
Pues vaya, quizás sería conveniente modificar los primeros post del hilo donde ambos hacen referencia a documentación errónea para que no se caiga en confusiones.

Gracias por la rápida respuesta.
 
La tabla del #6 está mal.

La válida es la que puso @Aunolose en la #9 por lo que se sanciona (leve) desde el 2,5%.

La eterna incógnita del foro de si se aplica a remolques-vivienda, ni idea porque jamás he oído o visto un caso más allá de la advertencia en la ITV.
 
Pues vaya, quizás sería conveniente modificar los primeros post del hilo donde ambos hacen referencia a documentación errónea para que no se caiga en confusiones.

Gracias por la rápida respuesta.
No veo el error por ninguna parte.

En el caso que citas no cabe tolerancia "subjetiva" de báscula alguna.

Si en papeles la MMR del tractor es de x, la MMA del remolque tiene que ser menor o clavada a x.
 
Todos los apratos de medida tienen un margen de error que siempre se respeta, y que acostumbra a cifrarse en el 5%.
Los radares tienen este margen de tolerancia, no porque la autoridad competente se lo de, sino porque es algo inherente al aparato.
Ejemplo. En una via limitatda a 100 Km/h vas a 120 Km/h. El radar te detecta e indica que vas a 120-8=112 Km/h, y te pone la multa por ir a 112 Km/h.
La tolerancia de error del radar es del 7%, que sobre 120 es 8, por lo que el radar solo puede garantizar que ibas entre 128 y 112 que es 120+-8. En los mas modernos, que seguramente son mas precisos, la tolerancia puede ser menor.
Los que hemos trasteado con aparatos de medida muy precisos, como pueden ser los de labortorio, sabemos que en dichos aparatos siempre se indica la tolerancia de error que hay que tener en cuenta.

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