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mucho más que un foro

Pregunta velocidad autorizada autocaravanas

Llevas bastante razón Volusia, y por mi parte aquí acaba el debate.

Saludos.

Quiero que sepas, que soy un admirador de tus relatos y paisajes fotográficos.

Como ya he comentado por este foro, soy propietario de una pequeña flota de furgonetas, todas de 3.500 k y marcas varias y todo lo relacionado con seguridad, velocidades, legalidades,..........lo tengo muy claro y los técnicos también..........las denuncias por exceso de velocidad..........pagan Ellos........jejej

Saludos.
 
Al margen de como vaya cada uno con su o sus vehiculos, si la ley esta mal hecha y hay que interpretarla, no veo nada de malo en que haya debate en como debe de producirse esa interpretacion. La opinion es como los culos, no hay dos iguales, sobre todo si el tema es la ausencia de legislacion. Y es muy bonito que la dgt diga x o y, si no se basa en la ley para eso tenemos que estar nosotros, y no sera ni la primera ni la decima que tienen que cambiar una ley para que las sanciones se ajusten a ella. Nos guste o no debemos requerir que la administracion se ajuste a la ley por la que sanciona, ya que los perjudicados seremos nosotros si no sabemos (y no tenemos por que saber) interpretar la ley. La culpa, como casi siempre, es de los politicos y sus copiapegaleyes. Un saludo
 
hay una parte de autocaravanistas que opina que con un solo vehículo de menos de 3500kg, (de multiples ventajas, incluso con suelo radiante) no se puede circular a más de 100km/h

No es una opinión, es la legislación, de hecho en comentarios anteriores he opinado que es una sinrazón obligar a vehiculos de menos de 3.500 kg a circular a 100 km/h.

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Algunos parecen que solo se leen a sí mismos, el enlace está puesto en el mensaje nº 33 y explicado a la vista de ese enlace el porqué algunos pensamos que la velocidad de una Ac. puede ser de 120 km., no hace falta tampoco que pongáis más veces la instrucción de la D.G.T. que ya la conozco y que por el otro lado también se leen informaciones de recursos que han prosperado en contra de lo que dice la DGT, eso no quiere decir que yo vaya a ir a esos 120 km, y estoy seguro que más de uno de los que aquí escriben han pasado en autovía/autopista de esos 100 km. máximo de forma habitual...

AlPairo puso un enlace de autocaravanismo.es en el que venía la instrucción de la DGT, bueno pues en esa misma página esto es lo que piensan al respecto:

http://www.autocaravanismo.es/legislacion/la-velocidad-maxima-de-las-autocaravanas/

http://www.autocaravanismo.es/legislacion/la-velocidad-maxima-de-las-autocaravanas/2/

No se porqué moleste tanto que se exponga un criterio diferente...

Si, pero lo que tu quieres es un enlace al BOE, ¿no? pues nosotros también. ¿Donde está tu enlace al BOE?

Es muy gracioso lo que dices, tal vez a la vista de ello deberías cambiar la firma que tienes abajo porque no casa mucho que digamos una cosa con la otra...

Lo imposible es que yo pueda criticar tu firma, ya que no tienes; en todo caso, yo defiendo mi postura, solo pienso que tu tienes derecho a defender la tuya no que la defenderé yo...



Saludos.
 
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Iniciado por TITO

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Algunos parecen que solo se leen a sí mismos, el enlace está puesto en el mensaje nº 33 y explicado a la vista de ese enlace el porqué algunos pensamos que la velocidad de una Ac. puede ser de 120 km., no hace falta tampoco que pongáis más veces la instrucción de la D.G.T. que ya la conozco y que por el otro lado también se leen informaciones de recursos que han prosperado en contra de lo que dice la DGT, eso no quiere decir que yo vaya a ir a esos 120 km, y estoy seguro que más de uno de los que aquí escriben han pasado en autovía/autopista de esos 100 km. máximo de forma habitual...

AlPairo puso un enlace de autocaravanismo.es en el que venía la instrucción de la DGT, bueno pues en esa misma página esto es lo que piensan al respecto:

http://www.autocaravanismo.es/legisl...autocaravanas/

http://www.autocaravanismo.es/legisl...tocaravanas/2/

No se porqué moleste tanto que se exponga un criterio diferente...




Si, pero lo que tu quieres es un enlace al BOE, ¿no? pues nosotros también. ¿Donde está tu enlace al BOE?



A lo mejor remarcándolo en rojo te enteras donde está...

Saludos
 
Buenos dias a todos.

Se puede?
La respuesta seria; SI Señor, si se puede.

Quiero decir que se puede circular a la velocidad que quiera el conductor del vehiculo o del conjunto que lleve en sus manos, si Señor, esto es así, no le demos mas vueltas.

PERO, que siempre hay uno,;

- si te pillan - MALO o muy Malo depende de lo que se trate.
- si te ocurre un imprevisto - MALO o muy Malo depende de lo que se trate.

Enfin, las imprudencias siempre se pagan o mejor dicho tarde o temprano siempre se pagan y a veces, muy caro, si se trata de una vida humana o de un ser que se como racional pero que se comporta como que no.

Mi forma de ser o actuar será siempre pensando en los demas y si la persona que tengo enfrente se encuentra agusto, yo tambien lo estaré y así no tendremos un conficto.

Que filosofo estoy hoy!

Un saludo a todos y pensemos lo que llevamos entremanos.
 
A lo mejor remarcándolo en rojo te enteras donde está...

Saludos
No, mejor me lo repites, no voy a contar los mensajes hasta llegar al 33

Saludos.
 
Buenos dias a todos.

Se puede?
La respuesta seria; SI Señor, si se puede.

Quiero decir que se puede circular a la velocidad que quiera el conductor del vehiculo o del conjunto que lleve en sus manos, si Señor, esto es así, no le demos mas vueltas.

PERO, que siempre hay uno,;

- si te pillan - MALO o muy Malo depende de lo que se trate.
- si te ocurre un imprevisto - MALO o muy Malo depende de lo que se trate.

Enfin, las imprudencias siempre se pagan o mejor dicho tarde o temprano siempre se pagan y a veces, muy caro, si se trata de una vida humana o de un ser que se como racional pero que se comporta como que no.

Mi forma de ser o actuar será siempre pensando en los demas y si la persona que tengo enfrente se encuentra agusto, yo tambien lo estaré y así no tendremos un conficto.

Que filosofo estoy hoy!

Un saludo a todos y pensemos lo que llevamos entremanos.


:ovacion::ovacion::ovacion::ovacion::ovacion:


Saludos.
 
No, mejor me lo repites, no voy a contar los mensajes hasta llegar al 33

Saludos.

Mira, cada mensaje está numerado en la parte superior derecha, no tienes que contar nada, si quieres lo miras y si no ahi se queda, tu mismo...
 
Te has buscado un BOE un poco antiguo, de 2003, cuando la legislación de la que hablamos es de 2007.

Saludos.
 
Te has buscado un BOE un poco antiguo, de 2003, cuando la legislación de la que hablamos es de 2007.

Saludos.

No, no es la ley del 2003 (en la que las autocaravanas venían limitadas a 90 Km), el enlace es la modificación que se hizo en el 2006 a ese reglamento del 2003, y que en cuanto a velocidades sigue en vigor a esta fecha, (algunas otras cosas sí se han modificado) en el cual por una chapuza legal de las gordas omiten de la normativa a las autocaravanas, es decir las Ac. desaparecen en cuanto a velocidades del articulado legal, cuando según decían el cambio era precisamente para converger con Europa donde las mayoría de los países tienen el límite de 120 para estos vehículos de menos de 3.500 kg.

Luego viene la DGT y en lugar de tomar el supuesto más favorable de 120 (o velocidad límite de la vía), como habría sido lo normal ante el vacío legal que claramente presenta la modificación, lo que hace es coger el supuesto más restrictivo metiéndonos con calzador en la clasificación de Vehículos especiales de la Categoría M1 para que el tema les cuadre, y en base a eso decir que la velocidad que a ellos les parece justificada (date cuenta que ni siquiera lo afirman, sino que les "parece") es la de 100, como ellos son los que tienen la porra (lease, multa y tentetieso pues a la fuerza ahorcan)

Imagino que convendrás conmigo que lo mejor viene ahora cuando la propia DGT en el borrador que remite al gobierno para aprobar la modificación del Reglamento de Circulación, algo que se aprobará como y cuando tenga que aprobarse, pero que de momento ya es notorio que sea la propia DGT quien incluye directamente en ese borrador a las ac. de menos de 3.500 kg. en la clasificación de turismos, motocicletas, etc. con límite de velocidad a 120 km., páginas 22 y 23 del siguiente enlace de la DGT, que donde dijo 'digo' dice ahora 'Diego':

http://www.dgt.es/Galerias/home/2014/PROY-RG-Circ-CONSEJO-Y-T-AUDIENCIA.pdf

Por lo que te estoy leyendo deduzco que desconocías algunas de estas cuestiones que se están tratando, no?..., bueno lo importante es que disfrutes de tu merchi que con ese pepino de motor de 190 CV. que he leído que lleva andarás con el control de velocidad puesto a todas horas o haciendo ejercicio levantado el pie del acelerador para que no se pase mucho la aguja del marcador, me pasa a mi en la mía con 130 CV. así que no te digo con 190 CV.

Saludos.
 
Mira, es verdad, tienes razón, ¿lo dejamos?

Saludos.
 
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